Cálculo del % de retención

Las empresas realizan el cálculo de la retención aplicable a cada trabajador en función de la situación personal del trabajador manifestada a través del modelo 145.

En la realidad, los programas de gestión de personal hacen este cálculo automáticamente. Sin embargo, nosotros podemos realizar el cálculo de la retención que nos corresponda para solicitar una retención voluntaria a la empresa.

Una empresa sólo tiene los datos económicos del trabajador durante el tiempo que ha trabajado con la misma. Es decir, en el caso que un empleado haya tenido 2 o más pagadores, la empresa desconoce el dato de los anteriores y, como consecuencia de ello, la retención que aplicará será limitada a los rendimientos de la misma (ello desembocará en una retención inferior a la correspondiente). En estos casos, el trabajador puede hacer su propio cálculo y comunicar a la empresa la retención que desea que le apliquen.

Las empresas realizan este cálculo, al menos, una vez al año y deben realizar un recálculo cada vez que las circunstancias del trabajador cambien y ello pueda influir en la retención de IRPF aplicable.

En el siguiente vídeo podemos ver cómo se realiza el cálculo en la web de la AEAT para el año 2020, pero la dinámica es la misma para ejercicios posteriores.

La web de cálculo de las retenciones para el ejercicio 2021 es esta.

En caso de cambio de la situación familiar del trabajador, tendremos que hacer una regularización del % de IRPF aplicable. Los conceptos más importantes podemos verlos en la siguiente imagen:

 

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