Contabilización de una factura con retención de IRPF
Las facturas de profesionales autónom@s deben incluir a sus facturas a otras empresas o autónom@s (nunca a particulares) la retención de IRPF. Este importe se deducirá del total de la factura.
El porcentaje de IRPF será del 15% con carácter general y, del 7% en el año que inician su actividad y los dos siguientes.
Asimismo, los alquileres a empresas y empresari@s también deben retener el IRPF correspondiente: un 19%.
Un ejemplo de factura con retención de IRPF sería:
EMPRESA EMISORA | EMPRESA COMPRADORA | ||
Concepto | Cantidad | Precio | Total |
Alquiler mes de septiembre | 1 | 550,00 € | 550,00 € |
BASE IMPONIBLE | 550,00€ | ||
IVA (21%) | 115,50 € | ||
TOTAL | 665,50 € | ||
BASE RETENCIÓN | 550,00 € | % Retención (19%) | – 104,50 € |
TOTAL A PAGAR | 561,00 € |
En el siguiente vídeo podéis ver cómo se contabilizaría esta factura:
Respecto al alquiler, en ocasiones hay dudas sobre cuándo practicar la retención y si es a cuenta del IRPF o IS. En JRA Economistas tienen un cuadro resumen de este concepto que puede aclararnos esto:
En el caso de la retención de IRPF por obtención de rendimientos de capital inmobiliario será del 19%, si fuese una actividad económica (ver requisitos) sería del 15% (salvo que sea en el año de inicio y los dos siguientes).
Las retenciones a cuenta del Impuesto de Sociedades será del 19% con carácter general.
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