{"id":1454,"date":"2020-12-25T12:22:00","date_gmt":"2020-12-25T11:22:00","guid":{"rendered":"https:\/\/jmoragahc.wordpress.com\/?p=1454"},"modified":"2020-12-25T12:22:00","modified_gmt":"2020-12-25T11:22:00","slug":"la-desamortizacion-espanola","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogsaverroes.juntadeandalucia.es\/aldeacordoba\/?p=1454","title":{"rendered":"La desamortizaci\u00f3n espa\u00f1ola"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-large is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/media\/nuevatribuna\/images\/2020\/12\/16\/2020121618175560513.jpg\" alt=\"\" width=\"837\" height=\"475\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>Autor<\/strong>: <a href=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/author\/edmundo-fayanas-escuer\">EDMUNDO FAYANAS ESCUER<\/a><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Fuente<\/strong>:<em><a rel=\"noreferrer noopener\" href=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/articulo\/cultura---ocio\/historia-desamortizacion-espanola\/20201216174521182380.html\" target=\"_blank\"> Nueva Tribuna<\/a><\/em> 18\/12\/2020<\/p>\n\n\n\n<p>La Real Academia de la Lengua defines el t\u00e9rmino desamortizaci\u00f3n como&nbsp;<em>\u201c<\/em><em>Proceso por el cual se liberalizan los bienes que estaban en las llamadas manos muertas, por lo que no pod\u00edan ser enajenados, bien por estar vinculados a un linaje (mayorazgo) o a instituciones (Iglesia, ayuntamientos, Estado, hospitales, etc.).<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>La desamortizaci\u00f3n fue un largo proceso hist\u00f3rico, econ\u00f3mico y social iniciado a finales del siglo XVIII con la denominada&nbsp;<em>\u201cdesamortizaci\u00f3n de Godoy\u201d<\/em>&nbsp;en el a\u00f1o 1798, aunque ya hubo un antecedente en el reinado de Carlos III.<\/p>\n\n\n\n<p>Consisti\u00f3 en poner en el mercado, previa expropiaci\u00f3n forzosa y mediante una subasta p\u00fablica, las tierras y bienes que hasta entonces no se pod\u00edan vender, hipotecar o ceder y se encontraban en poder de las llamadas&nbsp;<em>\u201cmanos muertas\u201d,<\/em>&nbsp;es decir, la iglesia cat\u00f3lica y las \u00f3rdenes religiosas que los hab\u00edan acumulado como habituales beneficiarias de donaciones, testamentos y abintestatos (1) y los llamados bald\u00edos (2) y las tierras comunales de los municipios, que serv\u00edan de complemento para la precaria econom\u00eda de los campesinos.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/media\/nuevatribuna\/images\/2020\/12\/16\/2020121618110182450.jpg\" alt=\"desamortizacion 1\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>Como dice Francisco Tom\u00e1s y Valiente, la desamortizaci\u00f3n espa\u00f1ola present\u00f3 las caracter\u00edsticas siguientes: apropiaci\u00f3n por parte del Estado y por decisi\u00f3n unilateral suya de bienes inmuebles pertenecientes a&nbsp;<em>\u201cmanos muertas<\/em>,&nbsp;<em>venta de los mismos y asignaci\u00f3n del importe obtenido con las ventas a la amortizaci\u00f3n de los t\u00edtulos de la deuda\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Sucedi\u00f3 un fen\u00f3meno de caracter\u00edsticas m\u00e1s o menos parecidas en otros pa\u00edses. La finalidad prioritaria de las desamortizaciones realizadas en Espa\u00f1a fue conseguir unos ingresos extraordinarios para amortizar los t\u00edtulos de Deuda P\u00fablica fundamentalmente los vales reales (3)&nbsp;que exped\u00eda el Estado para financiarse o extinguirlos, porque en alguna ocasi\u00f3n tambi\u00e9n se admitieron como pago en las subastas.<\/p>\n\n\n\n<p>Persigui\u00f3 acrecentar la riqueza nacional y crear una burgues\u00eda y clase media de labradores que fuesen propietarios de las parcelas, para que cultivaran y crearan las condiciones capitalistas y de esta forma el Estado pudiera recaudar m\u00e1s y mejores impuestos.<\/p>\n\n\n\n<p>La desamortizaci\u00f3n fue una de las armas pol\u00edticas con la que los liberales intentaron modificar el sistema de la propiedad del Antiguo R\u00e9gimen con la finalidad de implantar el nuevo&nbsp;<em>\u201cestado liberal\u201d<\/em>&nbsp;durante la primera mitad del siglo XIX.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/media\/nuevatribuna\/images\/2020\/12\/16\/2020121618151348922.jpg\" alt=\"desamortizacion 2\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>LAS PRIMERAS DESAMORTIZACIONES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los ilustrados mostraron una gran preocupaci\u00f3n por el atraso de la agricultura espa\u00f1ola. Todos coincid\u00edan en que una de las causas principales del problema agrario del pa\u00eds era la enorme extensi\u00f3n que alcanzaba en Espa\u00f1a la propiedad amortizada en poder de la Iglesia y de los municipios.<\/p>\n\n\n\n<p>Las tierras que detentaban estaban en general mal cultivadas, adem\u00e1s de que quedaban al margen del mercado, pues no se pod\u00edan enajenar, ni vender, ni hipotecar, ni ceder, con el consiguiente aumento del precio de la tierra libre, y adem\u00e1s no tributaban a la Hacienda Real por los privilegios de sus propietarios. Se calcula que un tercio de las tierras agr\u00edcolas pertenec\u00edan a la Iglesia.<\/p>\n\n\n\n<p>El conde de Floridablanca, que era ministro de Carlos III, en su famoso \u201c<em>Informe reservado\u201d<\/em>&nbsp;del a\u00f1o 1787 se quejaba de los perjuicios principales que provoca la propiedad de la tierra de la iglesia. As\u00ed dice:<\/p>\n\n\n\n<p><em>\u201cEl principal problema es que estos bienes de la iglesia no pagan impuestos. Pero tambi\u00e9n hay otros dos problemas como es la recarga que sufren los dem\u00e1s vasallos y quedar estos bienes expuestos a deteriorarse y perderse luego que los poseedores no puedan cultivarlos o sean desaplicados o pobres, como se experimenta y ve con dolor en todas partes, pues no hay tierras, casas ni bienes ra\u00edces m\u00e1s abandonados y destruidos que los de capellan\u00edas(4)&nbsp;<\/em><em>y otras fundaciones perpetuas, con perjuicio imponderable del Estado\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Una de las propuestas que hicieron los ilustrados, especialmente Pablo de Olavide y Gaspar Melchor de Jovellanos, fue poner en venta los bienes llamados bald\u00edos. Se trataba de tierras incultas y despobladas que pertenec\u00edan a los Ayuntamientos y que se sol\u00edan destinar a pastos para el ganado.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/media\/nuevatribuna\/images\/2020\/12\/16\/2020121618163921689.jpg\" alt=\"desamortizacion 3\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>Para Olavide la protecci\u00f3n que se hab\u00eda dado hasta entonces a la ganader\u00eda era una de las causas del atraso agrario, por lo que propugnaba que todas las tierras deben producir y por eso los bald\u00edos deb\u00edan venderse en primer lugar a los ricos, porque disponen de medios para cultivarlas, aunque una parte deb\u00eda reservarse a los campesinos que tuvieran dos pares de bueyes.<\/p>\n\n\n\n<p>Se constituir\u00eda con el dinero obtenido una Caja provincial que servir\u00eda para la construcci\u00f3n de obras p\u00fablicas. De esta forma se conseguir\u00edan&nbsp;<em>\u201cvecinos \u00fatiles, arraigados y contribuyentes, logrando al mismo tiempo la extensi\u00f3n de la labranza, el aumento de la poblaci\u00f3n y la abundancia de los frutos\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>La propuesta de Jovellanos respecto de los bienes de los municipios era mucho m\u00e1s radical, ya que a diferencia de Olavide, que solo propon\u00eda la venta de los bald\u00edos respetando con ello la parte m\u00e1s importante de los recursos de los Ayuntamientos, tambi\u00e9n inclu\u00eda en la privatizaci\u00f3n las tierras concejiles, por lo que se inclu\u00eda los bienes propios, que eran las tierras que procuraban m\u00e1s rentas a las arcas municipales.<\/p>\n\n\n\n<p>Jovellanos era partidario ferviente del liberalismo econ\u00f3mico y dec\u00eda:&nbsp;<em>\u201cel oficio de las leyes&#8230; no debe ser excitar ni dirigir, sino solamente proteger el inter\u00e9s de sus agentes, naturalmente activo y bien dirigido a su objeto\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/media\/nuevatribuna\/images\/2020\/12\/16\/2020121618175560513.jpg\" alt=\"desamortizacion 4\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>Defendi\u00f3 la venta libre y absoluta de estos bienes, sin hacer distinciones entre los posibles compradores, porque para Jovellanos:&nbsp;<em>\u201cla liberaci\u00f3n de bald\u00edos y tierras concejiles es un bien en s\u00ed mismo, pues al dejar de estar tales tierras amortizadas, pasan a depender del inter\u00e9s individual y pueden ser inmediatamente puestas en cultivo\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Los ilustrados no defendieron la desamortizaci\u00f3n de las tierras de la iglesia, sino que propugnaron que se limitara la adquisici\u00f3n de m\u00e1s tierras por parte de las instituciones eclesi\u00e1sticas, aunque esta propuesta tan moderada fue rechazada por la Iglesia y tambi\u00e9n por la mayor\u00eda de los miembros del Consejo Real cuando se someti\u00f3 a votaci\u00f3n en junio del a\u00f1o 1766.<\/p>\n\n\n\n<p>Los dos folletos donde se argumentaba la propuesta fueron incluidos en el \u00cdndice de libros prohibidos de la Inquisici\u00f3n:<\/p>\n\n\n\n<ul><li>\u201cEl&nbsp;<em>Tratado de la regal\u00eda de Amortizaci\u00f3n\u201d&nbsp;<\/em>de Pedro de Campomanes, que fue publicado en el a\u00f1o 1765.<\/li><li>&nbsp;\u201cEl&nbsp;<em>Informe sobre la ley agraria\u201d<\/em>&nbsp;de Jovellanos, publicado en el a\u00f1o 1795.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>La moderaci\u00f3n del reformismo ilustrado se pone muy claramente de manifiesto cuando solo defiendan la limitaci\u00f3n o paralizaci\u00f3n en el futuro de la amortizaci\u00f3n eclesi\u00e1stica y la resistencia de la Iglesia a hacer concesiones en el terreno econ\u00f3mico.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Carlos III<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Las t\u00edmidas medidas desamortizadoras acordadas durante el reinado de Carlos III hay que situarlas en el contexto de los motines que tuvieron lugar en la primavera del a\u00f1o 1766 y que son conocidos con el nombre del mot\u00edn de Esquilache.<\/p>\n\n\n\n<p>La medida m\u00e1s importante fue una iniciativa del corregidor intendente de Badajoz que para aplacar la revuelta orden\u00f3 entregar en arrendamiento las tierras municipales a los&nbsp;<em>\u201cvecinos<\/em>&nbsp;<em>m\u00e1s necesitados, atendiendo en primer lugar a los senareros(5)<\/em><em>&nbsp;y braceros que por s\u00ed o a jornal puedan labrarlas, y despu\u00e9s de ellos a los que tengan una canga de burros, y labradores de una yunta, y por este orden a los de dos yuntas(6)&nbsp;<\/em><em>con preferencia a los de tres, y as\u00ed respectivamente\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>El conde de Aranda, reci\u00e9n nombrado ministro por Carlos III, extendi\u00f3 la medida a toda Extremadura mediante la Real Provisi\u00f3n del dos de mayo del a\u00f1o 1766. A partir del a\u00f1o 1767 se extendi\u00f3 a todo el Reino. Esta medida fue desarrollada por una Orden Real a lo largo del a\u00f1o 1768, donde se explicaba que la medida estaba destinada a atender a los jornaleros y campesinos m\u00e1s pobres, pues buscaba el com\u00fan beneficio.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/media\/nuevatribuna\/images\/2020\/12\/16\/2020121618203038151.jpg\" alt=\"desamortizacion 5\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>Sin embargo, esta medida que no era una desamortizaci\u00f3n, porque las tierras eran arrendadas y segu\u00edan siendo propiedad de los municipios, estuvo vigente apenas tres a\u00f1os, pues fue derogada el veintis\u00e9is de mayo del a\u00f1o 1770.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"alignright size-large\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/media\/nuevatribuna\/images\/2020\/12\/16\/2020121618231079422.jpg\" alt=\"\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>Se justifica diciendo: \u201c<em>los inconvenientes que se han seguido en la pr\u00e1ctica de las diferentes provisiones expedidas anteriormente sobre repartimiento de tierras\u201d<\/em>. Se dice esto como consecuencia de que muchos jornaleros y campesinos pobres que hab\u00edan recibido lotes de tierras, no las hab\u00edan podido cultivar adecuadamente, dejando de pagar los censos, porque carec\u00edan de los medios necesarios para ello, ya que las concesiones no fueron acompa\u00f1adas de cr\u00e9ditos que les permitieran adquirirlos.<\/p>\n\n\n\n<p>Las tierras de los municipios pasaron a manos de las oligarqu\u00edas de los municipios. Eran los mismos que hab\u00edan criticado abiertamente las primeras medidas, porque estimaban que los braceros carec\u00edan de medios para poner en plena explotaci\u00f3n las tierras que se les entregasen.<\/p>\n\n\n\n<p>Para Francisco Tom\u00e1s y Valiente, los pol\u00edticos de Carlos III&nbsp;<em>\u201cactuaron movidos m\u00e1s por razones econ\u00f3micas que por otras de \u00edndole social, que o no aparecen en sus planes y en los preceptos legales, o cuando surgieron en \u00e9stos se vieron sofocadas en primer lugar por la falta de medios adecuados para su aplicaci\u00f3n real, y en segundo t\u00e9rmino, por la resistencia que la plutocracia provinciana opuso a cualquier reforma social&#8230; con todo&#8230; las medidas desamortizadoras de Carlos III e incluso los correlativos planes de quienes entonces se ocuparon de esta cuesti\u00f3n poseen en com\u00fan una caracter\u00edstica importante y positiva: su conexi\u00f3n con un m\u00e1s amplio plan de reforma o regulaci\u00f3n de la econom\u00eda agraria\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><strong>La desamortizaci\u00f3n de Godoy<\/strong><\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"alignleft size-large\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/media\/nuevatribuna\/images\/2020\/12\/18\/2020121808523535485.jpg\" alt=\"\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>Carlos IV obtuvo permiso de la Santa Sede, en el a\u00f1o 1798, para expropiar los bienes de los jesuitas y de obras p\u00edas\u00a0<em>(7)<\/em>\u00a0que, en conjunto, ven\u00edan a ser una sexta parte de los bienes eclesi\u00e1sticos. Se desamortizaron bienes de los jesuitas, sus hospitales, hospicios, Casas de Misericordia y de Colegios mayores universitarios e inclu\u00eda tambi\u00e9n bienes no explotados de particulares.<\/p>\n\n\n\n<p>Tom\u00e1s y Valiente dice que con la desamortizaci\u00f3n de Godoy se da un giro decisivo al vincular la desamortizaci\u00f3n a los problemas de la Deuda P\u00fablica, a diferencia de lo ocurrido con las medidas desamortizadoras de Carlos III que buscaban, aunque de forma muy limitada, la reforma de la econom\u00eda agraria.<\/p>\n\n\n\n<p>Las desamortizaciones liberales del siglo XIX seguir\u00e1n el planteamiento de la desamortizaci\u00f3n de Godoy y no el de las medidas de Carlos III.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>LAS DESAMORTIZACIONES LIBERALES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Jos\u00e9 Bonaparte decret\u00f3, el dieciocho de agosto del a\u00f1o 1809, la supresi\u00f3n de todas las \u00d3rdenes regulares, monacales, mendicantes y clericales. Sus bienes pasar\u00edan autom\u00e1ticamente a propiedad de la naci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Muchas instituciones religiosas quedaron de esta forma disueltas de hecho. La guerra de la Independencia produjo con frecuencia id\u00e9nticos efectos en muchos conventos y monasterios.<\/p>\n\n\n\n<p>Jos\u00e9 Bonaparte realiz\u00f3 tambi\u00e9n una peque\u00f1a desamortizaci\u00f3n que no implic\u00f3 la supresi\u00f3n de la propiedad, sino la confiscaci\u00f3n de sus rentas para el avituallamiento y gastos de guerra de las tropas francesas, de forma que se devolvieron en el a\u00f1o 1814.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Las Cortes de C\u00e1diz<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los diputados de las Cortes de C\u00e1diz reconocieron despu\u00e9s de un intenso debate que tuvo lugar&nbsp;en marzo del a\u00f1o 1811, la enorme deuda acumulada en forma de Vales Reales producido durante el reinado de Carlos IV y que el Secretario de Hacienda interino, Jos\u00e9 Canga Arg\u00fcelles calcul\u00f3 en unos 7.000 millones de reales.<\/p>\n\n\n\n<p>Tras rechazar que los vales reales solo fueran reconocidos por su valor en el mercado, muy por debajo de su valor nominal, lo que significaba la ruina de sus detentadores y la imposibilidad de obtener nuevos cr\u00e9ditos.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/media\/nuevatribuna\/images\/2020\/12\/18\/2020121808540424908.jpg\" alt=\"desamortizacion 7\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>Jos\u00e9 Arg\u00fcelles present\u00f3 una Memoria Econ\u00f3mica que propon\u00eda desamortizar determinados bienes que estuviesen en las llamadas manos muertas para que se pusiesen a la venta, siendo esta propuesta aprobada.<\/p>\n\n\n\n<p>Se realizaron las subastas por el importe de los dos tercios del precio que hab\u00eda de pagarse mediante&nbsp;<em>\u201ct\u00edtulos de la deuda nacional\u201d<\/em>, lo que inclu\u00eda los vales reales de Carlos IV y los nuevos&nbsp;<em>\u201cbilletes de cr\u00e9dito liquidados\u201d<\/em>&nbsp;que se hab\u00edan emitido desde el a\u00f1o 1808 para sufragar los gastos de la guerra de la Independencia.<\/p>\n\n\n\n<p>El dinero en efectivo obtenido en las subastas tambi\u00e9n se dedicar\u00eda al pago de los intereses y de los capitales de la Deuda del Estado.<\/p>\n\n\n\n<p>La propuesta de Arg\u00fcelles qued\u00f3 realizada en el Decreto, de trece de septiembre, y por la cual se consideraban bienes nacionales a las propiedades que iban a ser incautadas por el Estado para venderlas en p\u00fablica subasta.<\/p>\n\n\n\n<p>Se trataba de los bienes confiscados o por confiscar a Manuel Godoy, a sus partidarios y a los denominados afrancesados. Adem\u00e1s, los bienes de las Ordenes militares de San Juan de Jerusal\u00e9n, Santiago, Alc\u00e1ntara, Calatrava y Montesa. Fueron vendidos los conventos y monasterios suprimidos o destruidos durante la guerra, las fincas de la Corona, salvo los Reales Sitios destinados a servicio y recreo del rey y la mitad de los bald\u00edos y realengos&nbsp;<em>(8)<\/em>&nbsp;de los municipios.<\/p>\n\n\n\n<p>Tom\u00e1s y Valiente valora que\u00a0<em>\u201ceste decreto de 13 de septiembre de 1813, que en cierto modo constituye la primera norma legal general desamortizadora del siglo XIX, apenas pudo aplicarse debido al inmediato retorno de Fernando VII y del Estado absolutista. Pero junto con la Memoria de Canga Arg\u00fcelles encierra todos los principios y mecanismos jur\u00eddicos de la posterior legislaci\u00f3n desamortizadora\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"alignright size-large\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/media\/nuevatribuna\/images\/2020\/12\/18\/2020121808552899338.jpg\" alt=\"\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>Para alcanzar estos tres fines a la vez se dividir\u00edan los bienes a desamortizar en dos mitades. La primera estar\u00eda vinculada al pago de la Deuda Nacional, por lo que ser\u00edan vendidas en p\u00fablica subasta, admiti\u00e9ndose el pago por todo su valor en t\u00edtulos de cr\u00e9ditos pendientes desde el a\u00f1o 1808 o subsidiariamente en vales reales.<\/p>\n\n\n\n<p>La segunda mitad se repartir\u00eda en lotes de tierras gratuitas en favor de los que hubiesen prestado servicios en la guerra y a los vecinos sin tierras, aunque estos \u00faltimos deb\u00edan pagar un canon y si dejaban de hacerlo, perd\u00edan el lote asignado definitivamente, lo que invalidaba en gran parte la finalidad social proclamada en el Decreto.<\/p>\n\n\n\n<p>Esto daba la raz\u00f3n a aquellos diputados como Jos\u00e9 Mar\u00eda Calatrava y Vicente Terrero que se hab\u00edan opuesto al Decreto, especialmente a la venta de los bienes de propios, patrimonio sobre el que descansa el gobierno econ\u00f3mico y la pol\u00edtica rural de los pueblos.<\/p>\n\n\n\n<p>Terrero afirm\u00f3 durante uno de los debates:<\/p>\n\n\n\n<p><em>\u201cMe opongo a la venta de propios y bald\u00edos\u2026\u00bfpara qui\u00e9n ser\u00e1 el fruto de semejantes ventas? Acabo de o\u00edrlo: para tres o cuatro poderosos, que con harto poco estipendio engrasar\u00edan con perjuicio com\u00fan sus propios intereses\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><strong>El Trienio Liberal<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los gobiernos liberales del Trienio tuvieron que hacer frente de nuevo al problema de la deuda que durante el sexenio absolutista, entre los a\u00f1os 1814 y 1820 no se hab\u00eda resuelto.<\/p>\n\n\n\n<p>Las nuevas Cortes revalidaron el Decreto de las Cortes de C\u00e1diz, del trece de septiembre del a\u00f1o 1813, mediante un nuevo Decreto del nueve de agosto del a\u00f1o 1820 que a\u00f1adi\u00f3 a los bienes a desamortizar las propiedades de la Inquisici\u00f3n reci\u00e9n extinguida.<\/p>\n\n\n\n<p>La diferencia del Decreto del a\u00f1o 1820 sobre el del a\u00f1o 1813 era, que en el pago de los remates de las subastas no se admitir\u00eda dinero en efectivo sino solo por medio de vales reales y otros t\u00edtulos de cr\u00e9dito p\u00fablico, y por su valor nominal a pesar de que su valor en el mercado era muy inferior. Tom\u00e1s y Valiente lo consider\u00f3 como el Decreto m\u00e1s radical de los que vinculaban desamortizaci\u00f3n con Deuda P\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p>A causa del baj\u00edsimo valor de mercado de los t\u00edtulos de la deuda respecto de su valor nominal, el desembolso efectivo realizado por los compradores fue muy inferior al importe del precio de tasaci\u00f3n. Sirva como ejemplo, que en alguna ocasi\u00f3n no pas\u00f3 del 15 % de este valor. Ante tales ventas escandalosas, hubo diputados, en el a\u00f1o 1823, que propusieron su suspensi\u00f3n y la entrega de los bienes en propiedad a los arrendatarios de los mismos.<\/p>\n\n\n\n<p>Uno de estos diputados declar\u00f3:&nbsp;<em>\u201cque por defecto de la enajenaci\u00f3n, las fincas han pasado a manos de ricos capitalistas, y \u00e9stos, inmediatamente que han tomado posesi\u00f3n de ellas, han hecho un nuevo arriendo, generalmente aumentando la renta al pobre labrador, amenaz\u00e1ndole con el despojo en el caso de que no la pague puntualmente\u201d.<\/em>&nbsp;No obstante de aquellos resultados y estas cr\u00edticas, el proceso desamortizador sigui\u00f3 adelante, sin modificar su planteamiento.<\/p>\n\n\n\n<p>Por una Orden, de ocho de noviembre del a\u00f1o 1820, que ser\u00eda sustituida por un Decreto de veintinueve de junio del a\u00f1o 1822, las Cortes del Trienio tambi\u00e9n restablecieron el Decreto, del cuatro de enero del a\u00f1o 1813 de las Cortes de C\u00e1diz, sobre la venta de bald\u00edos y bienes de propios de los municipios.<\/p>\n\n\n\n<p>La desamortizaci\u00f3n eclesi\u00e1stica, a diferencia de las Cortes de C\u00e1diz que no legisl\u00f3 nada al respecto, s\u00ed fue abordada por las Cortes del Trienio en relaci\u00f3n con los bienes del clero regular.<\/p>\n\n\n\n<p>El Decreto, del uno de octubre del a\u00f1o 1820. suprimi\u00f3:&nbsp;<em>\u201ctodos los monasterios de las \u00d3rdenes Monacales, los can\u00f3nigos regulares de San Benito, de la congregaci\u00f3n claustral tarraconense y cesaraugustana, los de San Agust\u00edn y los premonstratenses, los conventos y colegios de las \u00d3rdenes Militares de Santiago, Calatrava, Montesa y Alc\u00e1ntara, de la Orden de San Juan de Jerusal\u00e9n, los de la de San Juan de Dios y los betlemitas, y todos los dem\u00e1s hospitales de cualquier clase\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Sus bienes muebles e inmuebles quedaron sujetos al cr\u00e9dito p\u00fablico, por lo que fueron declarados bienes nacionales sujetos a su inmediata desamortizaci\u00f3n. Unos d\u00edas despu\u00e9s, por la Ley del once de octubre del a\u00f1o 1820, se prohib\u00eda adquirir bienes inmuebles a todo tipo de las denominadas&nbsp;<em>\u201cmanos muertas\u201d<\/em>&nbsp;con lo que se hac\u00eda realidad la medida propugnada por los ilustrados del siglo XVIII, como Campomanes o Jovellanos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Desamortizaci\u00f3n de Mendiz\u00e1bal<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Durante la primera guerra carlista, que enfrent\u00f3 a los partidarios de la reina Isabel II con los defensores de Carlos Mar\u00eda Isidro como aspirante al trono espa\u00f1ol, Mendiz\u00e1bal deb\u00eda encontrar recursos financieros para hacer frente a los gastos de la contienda.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"alignleft size-large\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/media\/nuevatribuna\/images\/2020\/12\/18\/2020121808565764299.jpg\" alt=\"\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>El ministro decide aplicar y desarrollar un plan que hab\u00eda sido dise\u00f1ado con anterioridad por el conde de Toreno: expropiar y vender los bienes eclesi\u00e1sticos, tanto de \u00f3rdenes regulares como seculares.<\/p>\n\n\n\n<p>El gobierno presidido por el conde de Toreno aprob\u00f3 la Real Orden de Exclaustraci\u00f3n Eclesi\u00e1stica, del veinticinco de julio del a\u00f1o 1835 por la que se suprim\u00edan todos los conventos en los que no hubiera al menos doce religiosos profesos. Tras la dimisi\u00f3n del conde de Toreno, Mendiz\u00e1bal pas\u00f3 a ser presidente del Consejo de Ministros. Inmediatamente decret\u00f3, el once septiembre del a\u00f1o 1835, la supresi\u00f3n de todos los monasterios de \u00f3rdenes monacales y militares. Los siguientes Decretos ser\u00edan:<\/p>\n\n\n\n<ul><li>Desarrollo del Decreto del once de octubre del a\u00f1o 1835.<\/li><li>El diecinueve de febrero del a\u00f1o 1836 se decret\u00f3 la venta de los bienes inmuebles de esos monasterios.<\/li><li>Se ampli\u00f3, el ocho de marzo del a\u00f1o 1836, la supresi\u00f3n a todos los monasterios y congregaciones de varones.<\/li><li>El Reglamento, del veinticuatro de marzo del a\u00f1o 1836, especificaba todos los cometidos de las juntas diocesanas encargadas de cerrar los conventos y monasterios y, en general, de todo lo necesario para la aplicaci\u00f3n del Decreto del ocho de marzo.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"alignright size-large\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/media\/nuevatribuna\/images\/2020\/12\/18\/2020121808582770645.jpg\" alt=\"\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>Los peque\u00f1os labradores no pudieron entrar en las pujas y las tierras fueron compradas por nobles y burgueses urbanos adinerados, de forma que no pudo crearse una verdadera burgues\u00eda o clase media en Espa\u00f1a que sacase al pa\u00eds de su marasmo.<\/p>\n\n\n\n<p>Los terrenos desamortizados por el gobierno fueron \u00fanicamente los pertenecientes al clero regular. Por esto, la Iglesia tom\u00f3 la decisi\u00f3n de excomulgar tanto a los expropiadores como a los compradores de las tierras, lo que hizo que muchos no se decidieran a comprar directamente las tierras y lo hicieron a trav\u00e9s de intermediarios o testaferros.<\/p>\n\n\n\n<p>No podemos entender este proceso sin la Real Orden, de diecinueve de octubre de 1836, que dice:<\/p>\n\n\n\n<p><em>\u201c<\/em><em>Conform\u00e1ndose S.M&#8230;. se ha servido resolver, que el t\u00e9rmino para los plazos de pago de las cuatro quintas partes del importe en subasta de las fincas Nacionales que se enajenan, principie a contarse desde el d\u00eda en que satisfecha la primera quinta parte, se le de posesi\u00f3n de ellas, extendi\u00e9ndose con la misma fecha las obligaciones que deben firmar los compradores, a fin de evitar que \u00e9stos hagan suyos simult\u00e1neamente en el intermedio desde la toma de posesi\u00f3n hasta el d\u00eda de la fecha de las obligaciones, los rendimientos de las fincas y los intereses del papel&#8230; y que sirva de rectificaci\u00f3n a lo dispuesto por el art\u00edculo 14 de&#8230;\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"alignright\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/media\/nuevatribuna\/images\/2020\/12\/18\/2020121809001450783.jpg\" alt=\"desamortizacion 11\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>La desamortizaci\u00f3n tuvo tres objetivos:<\/p>\n\n\n\n<ul><li>El objetivo principal fue financiero. Buscar ingresos para pagar la Deuda P\u00fablica del Estado, adem\u00e1s de conseguir fondos para financiar la guerra carlista.<\/li><li>Hab\u00eda tambi\u00e9n un objetivo pol\u00edtico: ampliar la base social del liberalismo con los compradores de bienes desamortizados. Adem\u00e1s, buena parte del clero regular apoyaba a los carlistas.<\/li><li>Finalmente, se plante\u00f3 de forma muy t\u00edmida un objetivo social: crear una clase media agraria de campesinos propietarios.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Los resultados no fueron todo lo positivos que se podr\u00eda haber esperado:<\/p>\n\n\n\n<ul><li>No solucion\u00f3 el grave problema de la Deuda P\u00fablica.<\/li><li>En el terreno pol\u00edtico, el liberalismo gan\u00f3 adeptos, pero tambi\u00e9n se cre\u00f3 una serie de enemigos que perdur\u00f3 largo tiempo entre el liberalismo y el cristianismo cat\u00f3lico.<\/li><li>En el terreno social, la mayor parte de los bienes desamortizados fueron comprados por nobles y burgueses urbanos adinerados. Los campesinos pobres no pudieron pujar en las subastas.<\/li><li>La desamortizaci\u00f3n no sirvi\u00f3 para mitigar la desigualdad social, de hecho, muchos campesinos pobres vieron como los nuevos propietarios burgueses subieron los alquileres.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Los resultados de la desamortizaci\u00f3n explican por qu\u00e9 la nobleza, en general, apoy\u00f3 al liberalismo, y por qu\u00e9 muchos campesinos se hicieron antiliberales (carlistas) al verse perjudicados por las reformas.<\/p>\n\n\n\n<p>La Iglesia vio desmanteladas las bases econ\u00f3micas de su poder. A cambio de la expropiaci\u00f3n, el Estado se comprometi\u00f3 a subvencionar econ\u00f3micamente al clero. El primer ejemplo presupuestario fue la Dotaci\u00f3n de Culto y Clero del a\u00f1o 1841.<\/p>\n\n\n\n<p>Mendiz\u00e1bal expres\u00f3 con toda claridad que su objetivo primordial estribaba en extinguir el mayor n\u00famero posible de t\u00edtulos de la deuda y en ello puso todo su af\u00e1n. No creemos que sea correcto calificar de fracaso el planteamiento de Mendiz\u00e1bal que era restablecer el cr\u00e9dito p\u00fablico, porque no persigui\u00f3 otros fines o porque la deuda no s\u00f3lo no se redujo sino que fue aumentando en a\u00f1os posteriores como resultado de la gesti\u00f3n de los gobiernos que le sucedieron.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/media\/nuevatribuna\/images\/2020\/12\/18\/2020121809013535881.jpg\" alt=\"desamortizacion 12\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>No se puede atribuir a Mendiz\u00e1bal esa responsabilidad, ni mucho menos considerarle el responsable material del estado de bancarrota en que se encontraba la Bolsa de Madrid a fines del a\u00f1o 1836.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La Desamortizaci\u00f3n de Espartero<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El dos de septiembre del a\u00f1o 1841 el reci\u00e9n nombrado Regente del Reino, Baldomero Espartero, impuso la desamortizaci\u00f3n de bienes del clero secular, proyecto que elabor\u00f3 Pedro Surra Rull. Esta ley durar\u00e1 escasamente tres a\u00f1os y al hundirse el partido progresista, la ley fue derogada.<\/p>\n\n\n\n<p>En el a\u00f1o 1845, bajo la llamada D\u00e9cada Moderada, el Gobierno intent\u00f3 restablecer las relaciones con la Iglesia, lo que lleva a la firma del Concordato del a\u00f1o 1851.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La Desamortizaci\u00f3n de Madoz<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Durante el bienio progresista que coincidi\u00f3 con el gobierno de los generales Espartero y O\u2019Donnell, el ministro de Hacienda, Pascual Madoz realiza una nueva desamortizaci\u00f3n en el a\u00f1o 1855 que fue ejecutada con mayor control que la realizada por Mendiz\u00e1bal.<\/p>\n\n\n\n<p>Se publicaba en La Gaceta de Madrid, el tres de mayo del a\u00f1o 1855 y el tres de junio la Instrucci\u00f3n para desarrollarla y llevarla a la pr\u00e1ctica.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/media\/nuevatribuna\/images\/2020\/12\/18\/2020121809024039195.jpg\" alt=\"desamortizacion 13\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>Se declaraban en venta todas las propiedades principalmente comunales del ayuntamiento, del Estado, del clero, de las cinco \u00d3rdenes Militares, cofrad\u00edas, obras p\u00edas, santuarios, del ex infante Don Carlos, de los propios y comunes de los pueblos, de la beneficencia y de la instrucci\u00f3n p\u00fablica, con las excepciones de las Escuelas P\u00edas y los hospitalarios de San Juan de Dios, dedicados a la ense\u00f1anza y atenci\u00f3n m\u00e9dica respectivamente, puesto que con estas actividades se reduc\u00edan el gasto del Estado en estos \u00e1mbitos. Igualmente se permit\u00eda la desamortizaci\u00f3n de los censos pertenecientes a las mismas organizaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>Fue \u00e9sta la desamortizaci\u00f3n que alcanz\u00f3 un mayor volumen de ventas y tuvo una importancia superior a todas las anteriores. Sin embargo, los historiadores se han ocupado tradicionalmente mucho m\u00e1s de la de Mendiz\u00e1bal, cuya importancia reside en su duraci\u00f3n, el gran volumen de bienes movilizados y las grandes repercusiones que tuvo en la sociedad espa\u00f1ola.<\/p>\n\n\n\n<p>Tras haber sido motivo de enfrentamiento entre conservadores y liberales, lleg\u00f3 un momento en que todos los partidos pol\u00edticos reconocieron la necesidad de rescatar aquellos bienes inactivos, a fin de incorporarlos al mayor desarrollo econ\u00f3mico del pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"alignright size-large\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/media\/nuevatribuna\/images\/2020\/12\/18\/2020121809040499684.jpg\" alt=\"\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>Se hab\u00edan vendido en total 198.523 fincas r\u00fasticas y 27.442 urbanas en el a\u00f1o 1867. El Estado ingres\u00f3 7.856.000.000 de reales entre los a\u00f1os 1855 y 1895, casi el doble de lo obtenido con la desamortizaci\u00f3n de Mendiz\u00e1bal.<\/p>\n\n\n\n<p>Este dinero se dedic\u00f3 fundamentalmente a cubrir el d\u00e9ficit del presupuesto del Estado, amortizaci\u00f3n de deuda p\u00fablica y obras p\u00fablicas, reserv\u00e1ndose treinta millones de reales anuales para la reedificaci\u00f3n y reparaci\u00f3n de las iglesias de Espa\u00f1a.<\/p>\n\n\n\n<p>La ley Madoz del a\u00f1o 1855 supone la fusi\u00f3n de las normas desvinculadoras, tanto en el campo de la desamortizaci\u00f3n civil como en el religioso y representa la \u00faltima disposici\u00f3n que va a regir y mantener en vigor, a lo largo del siglo XIX, estas pol\u00edticas expropiadoras.<\/p>\n\n\n\n<p>Se calcula que de todo lo desamortizado en su conjunto, el 35% pertenec\u00eda a la iglesia, el 15% a beneficencia y un 50% a las propiedades municipales, fundamentalmente de los pueblos.<\/p>\n\n\n\n<p>Afect\u00f3 esencialmente a las tierras de los municipios y supuso la liquidaci\u00f3n definitiva de la propiedad amortizada en Espa\u00f1a.<\/p>\n\n\n\n<p>Sus resultados tampoco fueron muy positivos:<\/p>\n\n\n\n<ul><li>Empobreci\u00f3 a los Ayuntamientos, que, entre otras cosas, estaban al cargo de la instrucci\u00f3n p\u00fablica.<\/li><li>No solucion\u00f3 el sempiterno problema de la Deuda P\u00fablica.<\/li><li>Perjudic\u00f3 a los vecinos m\u00e1s pobres&nbsp;que se vieron privados del aprovechamiento libre de las tierras comunales.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>El Estatuto Municipal de Jos\u00e9 Calvo Sotelo del a\u00f1o 1924, bajo la dictadura del general Primo de Rivera derog\u00f3 definitivamente las leyes sobre desamortizaci\u00f3n de los bienes de los pueblos y con ello la desamortizaci\u00f3n de Madoz.<\/p>\n\n\n\n<p>La ley General de Desamortizaci\u00f3n del uno de mayo de 1855, conocida como la Ley Madoz, dec\u00eda:<\/p>\n\n\n\n<p><em>\u201cSe declaran en estado de venta, con arreglo a las prescripciones de la presente ley, y sin perjuicio de cargas y servidumbres a que leg\u00edtimamente est\u00e9n sujetos, todos los predios r\u00fasticos y urbanos, censos y foros pertenecientes al Estado, al clero, a las \u00f3rdenes militares de Santiago, Alc\u00e1ntara, Montesa y San Juan de Jerusal\u00e9n, a cofrad\u00edas, obras p\u00edas y santuarios, al secuestro del ex infante Don Carlos, a los propios y comunes de los pueblos, a la beneficencia, a la instrucci\u00f3n p\u00fablica. Y cualesquiera otros pertenecientes a manos muertas, ya est\u00e9n o no mandados vender por leyes anteriores\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Consecuencias sociales de la desamortizaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Pese a sus insuficiencias y errores, las desamortizaciones de Mendiz\u00e1bal y Madoz cambiaron de forma radical la situaci\u00f3n del campo espa\u00f1ol. Baste con se\u00f1alar que afectaron a una&nbsp;quinta parte del conjunto del suelo. Lamentablemente, el atraso t\u00e9cnico y el desigual reparto de la propiedad de la tierra siguieron siendo problemas clave de la sociedad y de la econom\u00eda espa\u00f1ola.<\/p>\n\n\n\n<p>Tom\u00e1s y Valiente considera: \u201c<em>Personalmente, creo que la desamortizaci\u00f3n eclesi\u00e1stica era necesaria por razones econ\u00f3micas y sociales, y, por lo tanto, justa\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Si seguimos los trabajos de Richard Herr, veremos como si dividimos Espa\u00f1a en una zona sur con predominio del latifundismo y una franja norte en la cual existe una mayor\u00eda de explotaciones medias y peque\u00f1as, podemos extraer, que el resultado de la desamortizaci\u00f3n fue concentrar la propiedad en cada regi\u00f3n en proporci\u00f3n al tama\u00f1o existente previamente, por lo que no se produjo un cambio radical en la estructura de la propiedad.<\/p>\n\n\n\n<p>Las parcelas peque\u00f1as que se subastaron fueron compradas por los habitantes de localidades pr\u00f3ximas, mientras que las de mayor tama\u00f1o las adquirieron personas m\u00e1s ricas que viv\u00edan generalmente en ciudades a mayor distancia de la propiedad.<\/p>\n\n\n\n<p>En la zona sur del pa\u00eds, de predominio latifundista, no exist\u00edan peque\u00f1os agricultores que tuvieran recursos econ\u00f3micos suficientes para pujar en las subastas de grandes propiedades, con lo cual se reforz\u00f3 el latifundismo. Sin embargo, esto no ocurri\u00f3 en t\u00e9rminos generales en la franja norte del pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p>Otra cuesti\u00f3n diferente es la privatizaci\u00f3n de los bienes comunales que pertenec\u00edan a los municipios. Muchos campesinos se vieron afectados al verse privados de unos recursos que contribu\u00edan a su subsistencia pues empleaban los terrenos comunales para la obtenci\u00f3n de la le\u00f1a para calentar sus casas y el uso de los pastos comunales para sus ganados, etc. por lo cual se acentu\u00f3 la tendencia emigratoria de la poblaci\u00f3n rural, que se dirigi\u00f3 a zonas industrializadas del pa\u00eds o a Am\u00e9rica. Este fen\u00f3meno migratorio alcanz\u00f3 niveles muy altos a finales del siglo XIX y principios del XX.<\/p>\n\n\n\n<p>Otra de las consecuencias sociales fue la exclaustraci\u00f3n de miles de religiosos que fue iniciada por el gobierno del conde de Toreno que aprob\u00f3 la Real Orden de Exclaustraci\u00f3n Eclesi\u00e1stica, del veinticinco de julio del a\u00f1o 1835, por la que se suprim\u00edan todos los conventos en los que no hubiera al menos doce religiosos profesos. Bajo el gobierno presidido por Mendiz\u00e1bal se precis\u00f3 por Real Orden del once de octubre de 1835 que s\u00f3lo subsistir\u00edan ocho monasterios en toda Espa\u00f1a.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/media\/nuevatribuna\/images\/2020\/12\/18\/2020121809052519272.jpg\" alt=\"desamortizacion 15\" width=\"842\" height=\"614\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>Finalmente, el ocho de marzo del a\u00f1o 1836, se publica el Decreto que suprim\u00eda todos los conventos de religiosos con las excepciones de las \u00f3rdenes de los escolapios y los hospitalarios. Se publica, el veintinueve de julio del a\u00f1o 1837, un nuevo Decreto que suprime los conventos femeninos con la excepci\u00f3n de las Hermanas de la Caridad.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed relat\u00f3 A. Fern\u00e1ndez de los R\u00edos veinte a\u00f1os despu\u00e9s la exclaustraci\u00f3n, que fue dirigida en Madrid por Salustiano de Ol\u00f3zaga:<\/p>\n\n\n\n<p><em>\u201cLa operaci\u00f3n se hizo con suma facilidad: la mayor parte de los frailes estaban provistos de vestidos profanos, y pocos pidieron compa\u00f1\u00eda para salir de los conventos, de los cuales se marcharon con la presteza de quien anticipadamente tuviera dispuesta y organizada la mudanza. A las once de la ma\u00f1ana, todos los alcaldes hab\u00edan dado parte de haber cumplido el primer extremo de su misi\u00f3n, el de desocupar los conventos: Don Manuel Cantero, que ejerc\u00eda las funciones de alcalde, era el \u00fanico de quien nada se sab\u00eda.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>&nbsp;Ol\u00f3zaga le escribi\u00f3 estas l\u00edneas:\u201dTodos han dado ya parte de haber despachado menos usted\u201d. Cantero contesto: \u201cLos dem\u00e1s solo han tenido que vestirlos; yo tengo que afeitarlos\u201d. Cantero ten\u00eda raz\u00f3n: en su distrito hab\u00eda ciento y tantos capuchinos de la Paciencia\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Julio Caro Baroja se fija en la figura del viejo fraile exclaustrado pues, a diferencia del joven que trabaj\u00f3 donde pudo o se sum\u00f3 a las filas carlistas o la de los milicianos nacionales, pero estos frailes vivieron&nbsp;<em>\u201csoportando su miseria, escu\u00e1lido, enlevitado, dando clases de lat\u00edn en los colegios, o realizando otros trabajillos mal pagados\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/media\/nuevatribuna\/images\/2020\/12\/18\/2020121809144061204.jpg\" alt=\"desamortizacion 16\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>Como nos indica Caro Baroja, adem\u00e1s de las econ\u00f3micas, la supresi\u00f3n de las \u00f3rdenes religiosas, tuvo unas&nbsp;<em>\u201cconsecuencias enormes en la historia social de Espa\u00f1a\u201d.<\/em>&nbsp;Caro Baroja cita al liberal progresista Ferm\u00edn Caballero quien en el a\u00f1o 1837, poco despu\u00e9s de la exclaustraci\u00f3n, escribi\u00f3 lo siguiente:<\/p>\n\n\n\n<p><em>\u201cLa extinci\u00f3n total de las \u00f3rdenes religiosas es el paso m\u00e1s gigantesco que hemos dado en la \u00e9poca presente; es el verdadero acto de reforma y de revoluci\u00f3n. A la generaci\u00f3n actual le sorprende no hallar por parte alguna las capillas y h\u00e1bitos que viera desde la ni\u00f1ez, de tan variadas formas y matices como eran multiplicados los nombres de benitos, ger\u00f3nimos, mostenses, basilios, franciscos, capuchinos, gilitos, etc., \u00a1pero no admirar\u00e1n menos nuestros sucesores la transformaci\u00f3n, cuando tradicionalmente solo por los libros sepan lo que eran los frailes y c\u00f3mo acabaron, y cuando para enterarse de sus trajes tengan que acudir a las estampas o a los museos! \u00a1Entonces s\u00ed que ofrecer\u00e1n novedad e inter\u00e9s en las tablas El diablo predicador, La fuerza del sino y otras composiciones dram\u00e1ticas en que median frailes!\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Estos cambios sociales debidos a la desamortizaci\u00f3n se dejan notar en el cambio del aspecto exterior de las ciudades. Por ejemplo, Madrid gracias a Salustiano de Ol\u00f3zaga, que era el gobernador de la capital, mand\u00f3 derribar diecisiete conventos, dejando de estar&nbsp;<em>\u201cahogada por una cadena de conventos\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><strong>LA ECONOM\u00cdA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Las principales consecuencias econ\u00f3micas fueron:<\/p>\n\n\n\n<ul><li>Saneamiento de la Hacienda P\u00fablica, que ingres\u00f3 m\u00e1s de 14.&nbsp;000 millones de reales procedentes de las subastas.<\/li><li>Se produjo un aumento de la superficie cultivada y de la productividad agr\u00edcola; asimismo se mejoraron y especializaron los cultivos gracias a nuevas inversiones de los propietarios.<\/li><li>Se extendi\u00f3 considerablemente el olivar y la vid en Andaluc\u00eda. Todo ello sin embargo influy\u00f3 negativamente en el aumento de la deforestaci\u00f3n.<\/li><li>La mayor\u00eda de los pueblos sufrieron un rev\u00e9s econ\u00f3mico que afect\u00f3 negativamente a la econom\u00eda de subsistencia, pues las tierras comunales que eran utilizadas fundamentalmente para pastos pasaron a manos privadas.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/media\/nuevatribuna\/images\/2020\/12\/18\/2020121809171794642.jpg\" alt=\"desamortizacion 17\" width=\"795\" height=\"488\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>DESASTRE CULTURAL<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Muchos cuadros y libros de monasterios fueron vendidos a precios bajos y acabaron en otros pa\u00edses, aunque gran parte de los libros fueron a engrosar los fondos de las bibliotecas p\u00fablicas o universidades.<\/p>\n\n\n\n<p>Muchos fueron a parar a manos de particulares, que sin tener noci\u00f3n del valor real de los mismos, se perdieron para siempre.<\/p>\n\n\n\n<p>Quedaron abandonados numerosos edificios de inter\u00e9s art\u00edstico, como iglesias y monasterios, con la subsecuente ruina de los mismos, pero otros en cambio se transformaron en edificios p\u00fablicos y fueron conservados para museos u otras instituciones<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Consecuencias Pol\u00edticas<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Uno de los objetivos de la desamortizaci\u00f3n fue permitir la consolidaci\u00f3n del r\u00e9gimen liberal y que todos aquellos que compraran tierras formaran una nueva clase de peque\u00f1os y medianos propietarios adeptos al r\u00e9gimen.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/media\/nuevatribuna\/images\/2020\/12\/18\/2020121809183720153.jpg\" alt=\"desamortizacion 18\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>Sin embargo, no se consigui\u00f3 este objetivo, al adquirir la mayor parte de las tierras desamortizadas, particularmente en el sur de Espa\u00f1a, los grandes propietarios, como ya se ha comentado.<\/p>\n\n\n\n<p>La mitad de las tierras que se vend\u00edan hab\u00edan formado parte del comunal, las tierras comunes a los campesinos y gente rural. Las zonas rurales a\u00fan hoy suponen el 90&nbsp;% del territorio de Espa\u00f1a. Las tierras comunales completaban la precaria econom\u00eda de los campesinos, ya que supon\u00edan recolecci\u00f3n de frutos o pasto y eran mantenidas y gestionadas por toda la comunidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Su desamortizaci\u00f3n significaba la destrucci\u00f3n de sistemas de vida y organizaciones populares de autogesti\u00f3n centenarias.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>AFECCIONES AL MEDIO AMBIENTE<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La desamortizaci\u00f3n supuso el paso a manos privadas de millones de hect\u00e1reas de montes, que acabaron siendo talados y roturados, causando un inmenso da\u00f1o al patrimonio natural espa\u00f1ol, lo cual a\u00fan hoy es perceptible. En efecto, el coste de las reforestaciones, en curso desde hace setenta a\u00f1os, supera en mucho a lo que entonces se obtuviera de las ventas.<\/p>\n\n\n\n<p>Las desamortizaciones del siglo XIX fueron seguramente la mayor cat\u00e1strofe ecol\u00f3gica sufrida por la Pen\u00ednsula Ib\u00e9rica durante los \u00faltimos siglos, particularmente la llamada desamortizaci\u00f3n de Madoz. Enormes extensiones de bosques de titularidad p\u00fablica fueron privatizadas en esta desamortizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Las clases poderosas compraron las tierras, en su mayor parte, pagaron las tierras haciendo carb\u00f3n vegetal del bosque mediterr\u00e1neo adquirido. As\u00ed esquilmaron todos los recursos de esos montes inmediatamente despu\u00e9s de adquirirlos, y buena parte de la deforestaci\u00f3n ib\u00e9rica se origin\u00f3 en esa \u00e9poca, causando la extinci\u00f3n de gran n\u00famero de especies vegetales y animales en esas regiones.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.nuevatribuna.es\/media\/nuevatribuna\/images\/2020\/12\/18\/2020121809195018858.jpg\" alt=\"desamortizacion 19\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>Las ciudades<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La desamortizaci\u00f3n de los conventos contribuy\u00f3 a la modernizaci\u00f3n de las ciudades en el aspecto urban\u00edstico. Se pas\u00f3 de la ciudad conventual, con grandes edificios religiosos, a la ciudad burguesa, con construcciones de m\u00e1s altura, ensanches y nuevos espacios p\u00fablicos.<\/p>\n\n\n\n<p>Los antiguos conventos se transformaron en edificios p\u00fablicos, museos, hospitales, oficinas, cuarteles, otros se derribaron para ensanches y nuevas calles y plazas, y algunos se convirtieron en parroquias o tras subasta pasaron a manos privadas.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\" \/>\n\n\n\n<p><strong>BIBLIOGRAFIA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Caro Baroja, Julio. \u201c<em>Historia del anticlericalismo espa\u00f1ol\u201d<\/em>. 2008. Caro Raggio. Madrid.<br>Gim\u00e9nez L\u00f3pez, Enrique (1996).&nbsp;\u201c<em>El fin del Antiguo R\u00e9gimen. El reinado de Carlos IV\u201d<\/em>. 1996. Historia 16-Temas de Hoy. Madrid.<br>Tom\u00e1s y Valiente, Francisco. \u201c<em>El marco pol\u00edtico de la desamortizaci\u00f3n en Espa\u00f1a\u201d<\/em>. 1972. Ariel. Barcelona.<br>Mart\u00edn Mart\u00edn, Teodoro. \u201c<em>La desamortizaci\u00f3n Textos pol\u00edtico-jur\u00eddicos<\/em>\u201d. 1973. Editorial Narcea. Madrid.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\" \/>\n\n\n\n<p>NOTAS<\/p>\n\n\n\n<p><em>(1) Es un t\u00e9rmino jur\u00eddico procedente del lat\u00edn ab intestato (sin testamento), que se refiere al procedimiento judicial sobre la herencia y la adjudicaci\u00f3n de los bienes del que muere sin testar o con un testamento nulo, pasando entonces la herencia, por ministerio de la ley, a los parientes m\u00e1s pr\u00f3ximos.<br>(2) Se denomina bien bald\u00edo o terreno bald\u00edo al terreno urbano o rural sin edificar o cultivar que forma parte de los bienes del Estado porque se encuentra dentro de los l\u00edmites territoriales y carece de otro due\u00f1o.<br>(3) El vale real fue un t\u00edtulo de deuda p\u00fablica de la Monarqu\u00eda de Espa\u00f1a creado en el a\u00f1o 1780 bajo el reinado de Carlos III y con valor de papel moneda, aunque no de curso forzoso, para hacer frente al grave d\u00e9ficit de la Real Hacienda provocado por la intervenci\u00f3n de Espa\u00f1a en favor de los colonos rebeldes durante la Guerra de Independencia de Estados Unidos.<br>(4) La capellan\u00eda o beneficio eclesi\u00e1stico es una \u00abinstituci\u00f3n hecha con autoridad de Juez Ordinario y fundaci\u00f3n de rentas competente con obligaci\u00f3n de Misas y algunas con asistencia a la Horas Can\u00f3nicas. Las hay colativas, perpetuas y otras ad nutum amovibles.<br>(5) Senareros son los que cultivaban una \u201csenara\u201d: un pedazo de tierra peque\u00f1o que le ced\u00eda el due\u00f1o de la tierra a su capataz o a sus jornaleros para que la cultivaran en provecho propio. Casi siempre se consideraba como una parte del pago del jornal.<br>(6)&nbsp;Pareja de bueyes, mulas o cualquier otro animal que trabajan unidos, por medio de un yugo, con el fin de realizar labores en el campo.<br>(7) Las obras p\u00edas eran fundaciones que implicaban la donaci\u00f3n de un capital, destinado a apoyar a los sectores desprotegidos de la sociedad, como hu\u00e9rfanos, viudas, doncellas sin dote y pobres.<br>(8) Realengo es la calificaci\u00f3n jurisdiccional que tienen los lugares dependientes directamente del rey, es decir, cuyo se\u00f1or jurisdiccional es el mismo rey. Se utiliza como t\u00e9rmino opuesto a se\u00f1or\u00edo. 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