COMPOSICIÓN DE LAS COMISIONES DEL CONSEJO ESCOLARCurso: 2024-2026ACTUALMENTE NOS ENCONTRAMOS EN PROCESO SELECTIVO PARA LA RENOVACIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR, DISCULPEN LAS MOLESTIAS.
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COMPONENTES DE LAS COMISIONES |
COMISIÓN DE CONVIVENCIA |
COMISIÓN PERMANENTE |
EQUIPO DE EVALUACIÓN |
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DIRECTOR |
FRANCISCO GONZÁLEZ
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FRANCISCO GONZÁLEZ |
FRANCISCO GONZÁLEZ |
JEFA DE ESTUDIOS |
MARÍA ESPINA
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MARÍA ESPINA |
MARÍA ESPINA |
SECRETARIA |
MONTSERRAT AGUILERA | ||
MAESTRO/A |
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MAESTRO/A |
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PADRE/MADRE
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PADRE/MADRE
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PADRE/MADRE |
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PADRE/MADRE (A.M.P.A.) |
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P.A.S. |
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AYUNTAMIENTO |
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ATENCIÓN EDUCATIVA |
COMISIONES DEL CONSEJO ESCOLAR
Una vez constituido el Consejo Escolar, éste designará una persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.
LA COMISIÓN PERMANENTE
Elegidos por los representantes de cada uno de los sectores en el Consejo Escolar, estará integrada por
- El director o directora
- El jefe o jefa de estudios
- Un maestro o maestra
- Un padre, madre o representante legal del alumnado
La comisión permanente llevará a cabo todas las actuaciones que le encomiende el Consejo Escolar e informará al mismo del trabajo desarrollado.
LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA
Elegidos por los representantes de cada uno de los sectores en el Consejo Escolar, estará integrada por
- El director o directora, que ejercerá la presidencia
- El jefe o jefa de estudios
- Dos maestros o maestras.
- Cuatro padres, madres o representantes legales del alumnado. Si en el Consejo Escolar hay un miembro designado por la asociación de madres y padres del alumnado con mayor número de personas asociadas, éste será uno de los representantes de los padres y madres en la comisión de convivencia.
La comisión de convivencia tendrá las siguientes funciones:
a) Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar la convivencia, el respeto mutuo, así como promover la cultura de paz y la resolución pacífica de los conflictos.
b) Adoptar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de las normas de convivencia del centro.
c) Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación del alumnado, estableciendo planes de acción positiva que posibiliten la integración de todos los alumnos y alumnas.
d) Mediar en los conflictos planteados.
e) Conocer y valorar el cumplimiento efectivo de las correcciones y medidas disciplinarias en los términos que hayan sido impuestas.
f) Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el centro.
g) Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del curso, de las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas.
h) Realizar el seguimiento de los compromisos de convivencia suscritos en el centro.
i) Cualesquiera otras que puedan serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas a las normas de convivencia en el centro.
EL EQUIPO DE EVALUACIÓN
Para la realización de la memoria de autoevaluación se creará un equipo de Evaluación, elegido por el Consejo Escolar de entre sus miembros, de acuerdo con el procedimiento que se establezca en el reglamento de organización y funcionamiento del centro, que estará integrado, al menos, por:
- El equipo directivo
- Un maestro o maestra
- Un padre, madre o representante legal del alumnado
- La persona representante del PAS
- La concejalía o persona representante del Ayuntamiento del municipio en cuyo término se halle radicado el centro.
Sin perjuicio del desarrollo de los planes de evaluación de los centros que lleve a cabo la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa, los colegios de educación infantil y primaria realizarán una autoevaluación de su propio funcionamiento, de los programas que desarrollan, de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de los resultados de su alumnado, así como de las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje, que será supervisada por la inspección educativa.
La Agencia Andaluza de Evaluación Educativa establecerá indicadores de que faciliten a los centros la realización de su autoevaluación de forma objetiva y homologada en toda la Comunidad Autónoma, sin menoscabo de la consideración de los indicadores de calidad que establezca el equipo técnico de coordinación pedagógica.
Dicha evaluación tendrá como referentes los objetivos recogidos en el Plan de Centro e incluirá una medición de los distintos indicadores establecidos que permita valorar el grado del cumplimiento de dichos objetivos, el funcionamiento global del centro, de sus órganos de gobierno y de coordinación docente y del grado de utilización de los distintos servicios de apoyo a la educación y de las actuaciones de dichos servicios en el centro.
Corresponde al equipo técnico de coordinación pedagógica la medición de los indicadores establecidos.
El resultado de este proceso se plasmará, al finalizar cada curso escolar, en una memoria de autoevaluación que aprobará el Consejo Escolar, contando para ello con las aportaciones que realice el Claustro de Profesorado, y que incluirá:
a) Una valoración de logros y dificultades a partir de la información facilitada por los indicadores.
b) Propuestas de mejora para su inclusión en el Plan de Centro.