INDICE

1.- CONSIDERACIONES PREVIAS

  1. DEFINICIÓN DE CONDUCTAS DISRUPTIVAS
  2. CATEGORÍAS
  3. CONDUCTAS QUE CONDUCEN A LA PUESTA EN MARCHA DEL PROTOCOLO

2.- PROCEDIMIENTOS DE INTERVENCIÓN. PAUTAS DE ACTUACIÓN EN CONDUCTAS DISRUPTIVAS GRAVES O MUY GRAVES

3.- COMUNICACIÓN DE LA SITUACIÓN

 

1.- CONSIDERACIONES PREVIAS

1.1.- DEFINICIÓN DE CONDUCTAS DISRUPTIVAS

Las conductas disruptivas son comportamientos no normalizados desde el punto de vista socio-cultural, de una intensidad, frecuencia o duración tales que conllevan una alta probabilidad de poner en compromiso la integridad del individuo o de los demás, o que conllevan una limitación clara de las actividades de la persona y una restricción importante de su participación en la comunidad.

Para que una conducta sea considerada problemática dependerá de varios factores:

  • Su intensidad, frecuencia y consecuencias para la persona y para los demás.
  • El entorno donde se dé.
  • La edad de la persona.
  • La capacidad del entorno para manejar la disrupción ocasionada por el problema conductual.

1.2.- CATEGORÍAS

  • Comportamientos autolesivos o daño a sí mismo.
  • Heteroagresividad o daño a otros.
  • Destrucción de objetos/enseres. Vandalismo.
  • Hábitos atípicos y repetitivos.
  • Conducta social ofensiva. Acoso sexual.
  • Conducta amenazadora o intimidatoria.
  • Agresividad verbal.
  • Conductas no colaboradoras. Conducta oposicional.
  • Robos, extorsiones, acoso…

1.3.- CONDUCTAS QUE CONDUCEN A LA PUESTA EN MARCHA DEL PROTOCOLO

*Las conductas disruptivas leves serán solventadas y gestionadas por el tutor o tutora junto con el asesoramiento del Servicio de Orientación y de la Jefatura de estudios en su caso.

* En el centro se entenderá como conducta disruptiva grave y muy grave la susceptible de poner en marcha el presente Protocolo:

  • Todas aquellas conductas que impliquen agresiones físicas (autoagresiones, agresiones al alumnado y agresiones al personal).
  • Conductas destructivas, sobre todo cuando se trate de situaciones que puedan poner en peligro la integridad física de personas.
  • Conductas que conlleven escape o huída del centro.
  • Conductas negativistas y oposicionistas que interfieran significativamente la marcha del centro, aula, comedor escolar, etc.
  • Agresividad verbal intencionada y conductas amenazadoras.
  • Conducta social ofensiva con intencionalidad.
  • Otros comportamientos que conlleven la alteración y modificación significativa del funcionamiento de la vida escolar.

 

2.- PROCEDIMIENTOS DE INTERVENCIÓN. PAUTAS DE ACTUACIÓN EN CONDUCTAS DISRUPTIVAS GRAVES O MUY GRAVES

Las situaciones de conductas disruptivas pueden darse dentro del aula, en espacios abiertos o fuera del centro escolar. Cada situación requerirá unas medidas específicas adecuadas al espacio físico donde se produzca.

*Siempre se intentará frenar la situación de crisis al principio de su aparición, mediante las estrategias que el profesional considere adecuadas, tales como: distracción cognitiva, cambio de espacio físico, ignorando la conducta si es posible, relajación, etc.

Cuando la conducta aparezca de forma brusca e inesperada o no se pueda frenar y se desarrolle una situación de crisis grave o muy grave, se actuará acorde con las siguientes pautas:

1.- Si el profesional no está acompañado de otro adulto, solicitará ayuda a un compañero o compañera (a ser posible educador/monitor) para controlar la situación y/o a aislar al otro alumnado si procede.

Si se trata de una agresión puntual (un bocado, un golpe, arañazos, tirón de pelos…) y el alumno o alumna no continúa agrediendo o excitado, se informará al Servicio de orientación y a la jefatura de estudios.

Si se ha producido algún tipo de lesión a un compañero, se llevará a este al Servicio médico para ser curado y se informará a la familia vía telefónica.

2.- Si se trata de una situación mantenida de excitabilidad y agresión, se aislará al alumno o alumna desafiante respecto del resto de alumnado y profesionales. Se puede plantear el desalojo del aula o dependencia o sacar al alumno o alumna a un espacio más seguro, según proceda.

Se informará de forma inmediata al servicio de Orientación y la Dirección y en su caso al tutor o tutora.

Se intentará calmar a la persona o dirigirla hacia un contexto más tranquilo, hablarle pausadamente, reducir el nivel de actividad en la sala, procurando que no haya más personas de las necesarias.

En la medida de lo posible se deben retirar los objetos que puedan producirle lesiones voluntaria o involuntariamente.

Se actuará siempre con estrategias que, de entre todas las posibles, sean las menos restrictivas.

3.- Si pese a estas medidas el nivel de agitación es insostenible, se avisará al servicio médico del centro, o bien se llamará a Emergencias 112 y se comunicará con la familia para su posible retirada del centro.

*Solamente intervendrán en estas situaciones el personal directamente implicado en el incidente, y siempre siguiendo las instrucciones del servicio de Orientación. El personal ajeno a la situación se abstendrá de intervenir.

3.- COMUNICACIÓN DE LA SITUACIÓN

Siempre que se produzca una situación considerada grave o muy grave, la persona que esté al cargo del alumno o alumna en ese momento o cualquier otro profesional, informará al Servicio de orientación y a la Dirección el centro.

Si se considera necesario se avisará al Servicio médico para que valore la posibilidad de intervenir con el alumno o alumna, así como si se produce una agresión física para su valoración y cura.

En caso de agresión a un alumno o alumna se avisará a su familia mediante llamada telefónica de la tutora o tutor o de la persona que ha presenciado el hecho. Si no es posible, será la dirección quien se ponga en contacto telefónico con la familia.

Así mismo, se avisará a la familia del alumno o alumna que presenta la crisis de conducta, si se considera necesario que retire al alumno o a la alumna del centro.

Se elaborará un Parte de incidencias que recoja el detalle de la incidencia y será entregado en Jefatura de estudios para su posterior grabación en el programa informático Séneca. Si se estima necesario aplicar el Plan de convivencia en su punto referido a sanciones, dicho parte de incidencias se entregará el mismo día que se produzca el incidente.

 

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