Programa de refuerzo de materias instrumentales
Programa de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos
Planes específicos personalizados para el alumnado que no promociones de curso
Programas de adaptación curricular
Programas de Diversificación curricular
ACTUACIONES PARA LA ATENCION A LA DIVERSIDAD
Medidas de atención a la diversidad de carácter general
- AGRUPAMIENTOS FLEXIBLES PARA LA ATENCIÓN AL ALUMNADO EN UN GRUPO ESPECÍFICO: medida de carácter temporal y abierto que deberá facilitar la integración del alumnado en su grupo abierto.
- DESDOBLAMIENTOS DE GRUPOS EN LAS AREAS Y MATERIAS INSTRUMENTALES, con la finalidad de reforzar su enseñanza
- APOYO EN GRUPOS ORDINARIOS MEDIANTE UN SEGUNDO PROFESOR/ A DENTRO DEL AULA, preferentemente para reforzar los aprendizajes instrumentales básicos en los casos del alumnado que presente un importante desfase en su nivel de aprendizaje en las áreas o materias de Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas.
- MODELO FLEXIBLE DE HORARIO LECTIVO SEMANAL, que se seguirá para responder a las necesidades educativas concretas del alumnado.
Para ello:
- Se favorecerá una organización flexible, variada e individualizada de la ordenación de los contenidos y de su enseñanza.
- Las medidas de atención a la diversidad que se apliquen estarán orientadas a responder a las necesidades educativas concretas del alumnado, a conseguir que alcance el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y a la adquisición de las competencias básicas y de los objetivos del currículo.
- Se establecerán los mecanismos adecuados y las medidas de apoyo y refuerzo precisas que permitan detectar las dificultades de aprendizaje tan pronto como se produzcan y superar el retraso escolar que pudiera presentar el alumnado, así como el desarrollo intelectual del alumnado con altas capacidades intelectuales.
- Se contemplará las acciones necesarias para que la medidas tomadas favorezcan la inclusión escolar y social, y no podrán, en ningún caso, suponer una discriminación.
- Se asegurará un enfoque multidisciplinar, asegurándose la coordinación de todos los miembros del equipo docente que atienda al alumnado.
De conformidad con el Sistema Educativo, entendemos como alumnado con necesidades educativas especiales, a aquel que se incorpore de forma tardía al sistema educativo, el que precise de acciones de carácter compensatorio y el que presente altas capacidades intelectuales.
El centro establecerá las medidas de detección y atención temprana durante todo el proceso de escolarización, con el objeto de que el alumnado que la requiera alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional.
- Objetivos generales del plan de atención a la diversidad
- Potenciar la autoestima del alumnado con dificultades de aprendizaje, valorando y haciendo valorar los pequeños logros que van consiguiendo, aceptando sus límites y posibilidades.
- Despertar el interés por aprender y premiar el esfuerzo personal como base del aprendizaje activo.
- Aplicar procedimientos, materiales y metodologías diferentes individualizados adaptados a las necesidades de los alumnos.
- Seleccionar y preparar los materiales apropiados a cada grupo de alumno.
- Mantener con los tutores/as de estos alumnos contactos habituales para organizar el tratamiento y el material de trabajo de este tipo de alumnado.
- Medidas de atención a la diversidad
Con carácter general, los centros docentes harán una propuesta de organización académica para la atención a la diversidad que podrá comprender las siguientes medidas:
- a) Agrupamientos flexibles para la atención al alumnado en un grupo específico. Esta medida, que tendrá un carácter temporal y abierto, deberá facilitar la integración del alumnado en su grupo ordinario y, en ningún caso, supondrá discriminación para el alumnado más necesitado de apoyo.
- b) Desdoblamientos de grupos en las áreas y materias instrumentales, con la finalidad de reforzar su enseñanza.
- c) Apoyo en grupos ordinarios mediante un segundo profesor o profesora dentro o fuera del aula, preferentemente para reforzar los aprendizajes instrumentales básicos en los casos del alumnado que presente un importante desfase en su nivel de aprendizaje en las áreas o materias de Lengua castellana y literatura y de Matemáticas.
- d) Modelo flexible de horario lectivo semanal, que se seguirá para responder a las necesidades educativas concretas del alumnado.
Programas de atención a la diversidad
- Programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas.
Dirigidos al alumnado que:
-No promociona de curso.
-Aun promocionando de curso, no ha superado alguna de las áreas o materias instrumentales del curso anterior.
-Se detecte, en cualquier momento, dificultades en las áreas de Lengua y literatura, Matemáticas y Primera lengua extranjera
El número no podrá ser superior a quince.
El profesorado realizara el seguimiento de la evolución de su alumnado e informará periódicamente de dicha evolución a las familias
Los programas de refuerzo de materias instrumentales básicas no contemplarán una calificación final ni constarán en las actas de evaluación ni en el historial académico del alumnado.
- Programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos.
Dirigidos al alumnado que promocione sin haber superado todas las áreas o materias
Estos programas incluirán el conjunto de actividades proyectadas para realizar el seguimiento, el asesoramiento y la atención personalizada al alumnado con áreas o materias pendientes de cursos anteriores, así como las estrategias y criterios de evaluación.
Estos programas estarán sujetos a evaluación por parte del alumnado.
En el caso de áreas y materias no superadas que tengan continuidad en el curso siguiente, el profesorado responsable de estos programas será su tutor o tutora, o los maestros y maestras especialistas, en la etapa de educación primaria y el profesorado de la materia correspondiente en educación secundaria obligatoria.
- Programas de adaptación curricular
Dirigidos al alumnado:
Con necesidades educativas especiales.
Que se incorpora tardíamente al sistema educativo.
Con dificultades graves de aprendizaje.
Con necesidades de compensación educativa.
Con altas capacidades intelectuales.
Se regirán por los principios de normalización, inclusión escolar y social, flexibilización y personalización de la enseñanza
Podrán contar con apoyo educativo, preferentemente dentro del grupo de clase y, en aquellos casos en que se requiera, fuera del mismo, de acuerdo con los recursos humanos asignados al centro. La organización de estos apoyos quedará reflejada en el proyecto educativo del centro.
Quienes presenten un desfase en su nivel de competencia curricular de más de un ciclo en educación primaria o de dos o más años en educación secundaria obligatoria, podrán ser escolarizados, respectivamente, en un curso inferior o en uno o dos cursos inferiores al que les correspondería por edad, en los términos recogidos en el artículo 16.2 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, y en el 20.2 del Decreto 231/2007, de 31 de julio.
- Tipos de adaptaciones curriculares.
- a) Adaptaciones curriculares no significativas
Cuando el desfase curricular con respecto al grupo de edad del alumnado es poco importante. Afectará a los elementos del currículo que se consideren necesarios, metodología y contenidos, pero sin modificar los objetivos de la etapa educativa ni los criterios de evaluación.
Podrán ser grupales, pero en ningún caso podrán suponer agrupamientos discriminatorios para el alumnado
Propuestas y elaboradas por el equipo docente, o por el profesor/a del área o materia en el que el alumnado tenga el desfase curricular, bajo la coordinación del profesor o profesora tutor y con el asesoramiento del equipo o departamento de orientación.
En dichas adaptaciones constarán las áreas o materias en las que se va a aplicar, la metodología, la organización de los contenidos, los criterios de evaluación y la organización de tiempos y espacios.
- b) Adaptaciones curriculares significativas
Cuando el desfase curricular con respecto al grupo de edad del alumnado haga necesaria la modificación de los elementos del currículo, incluidos los objetivos de la etapa y los criterios de evaluación.
Las adaptaciones curriculares significativas requerirán una evaluación psicopedagógica previa, realizada por los equipos o departamentos de orientación, con la colaboración del profesorado que atiende al alumnado.
De dicha evaluación se emitirá un informe de evaluación psicopedagógica que incluirá, al menos, los siguientes apartados:
-Datos personales y escolares.
-Diagnóstico de la discapacidad o trastorno grave de conducta.
-Entorno familiar y social del alumnado.
-Determinación, en su caso, de las necesidades educativas especiales.
-Valoración del nivel de competencia curricular.
-Orientaciones al profesorado y a los representantes legales del alumnado.
El responsable de la elaboración de las adaptaciones curriculares significativas será el profesorado especialista en educación especial, con la colaboración del profesorado del área o materia encargado de impartirla y contará con el asesoramiento de los equipos o departamentos de orientación.
La aplicación de las adaptaciones curriculares significativas será responsabilidad del profesor o profesora del área o materia correspondiente, con la colaboración del profesorado de educación especial y el asesoramiento del equipo o departamento de orientación.
La evaluación de las áreas o materias será responsabilidad compartida del profesorado que las imparte y, en su caso, del profesorado de apoyo.
Las decisiones sobre la evaluación de las adaptaciones curriculares y la promoción y titulación del alumnado se realizarán de acuerdo a los objetivos fijados en la adaptación curricular significativa y será realizada por el equipo docente, oído el equipo o departamento de orientación.
Las adaptaciones curriculares significativas quedarán recogidas en un documento, que estará disponible en la aplicación informática «Séneca», y que contendrá, al menos, los siguientes apartados:
1) Informe de evaluación psicopedagógica al que se refiere el apartado 3 de este artículo.
2) Propuesta curricular por áreas o materias, en la que se recoja la modificación de los objetivos, metodología, contenidos, criterios de evaluación y organización del espacio y del tiempo.
3) Adaptación de los criterios de promoción y titulación, de acuerdo con los objetivos de la propuesta curricular.
4) Organización de los apoyos educativos.
5) Seguimiento y valoración de los progresos realizados por el alumnado, con información al mismo y a la familia.
- c) Adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales.
Destinadas a promover el desarrollo pleno y equilibrado de los objetivos generales de las etapas educativas, contemplando medidas extraordinarias orientadas a ampliar y enriquecer los contenidos del currículo ordinario y medidas excepcionales de flexibilización del período de escolarización.
Requieren una evaluación psicopedagógica previa, realizada por los equipos o departamentos de orientación, en la que se determine la conveniencia o no de la aplicación las mismas.