8. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DEL ALUMNADO
El presente documento tiene como objetivo dar cumplimiento a la legislación vigente en materia de evaluación. Sin embargo, no se trata de elaborar un documento meramente burocrático, sino de proporcionar una herramienta útil para evaluar a cualquier alumno o alumna del Centro. De este modo, se busca que la evaluación refleje con la mayor fidelidad posible la evolución del alumnado en su proceso de enseñanza y aprendizaje.
Por otra parte, este documento deberá contar con un carácter flexible, permitiendo la incorporación o supresión de aspectos que, cada curso escolar, el Equipo Docente considere oportunos para mejorar los procedimientos y criterios de evaluación en el Centro.
8.1 Evaluación Del Alumnado De Segundo Ciclo De Educación Infantil
Normativa.
⁃ Ley Orgánica 3/2020 de 29 de diciembre que modifica la Ley 2/2006 de 3 mayo. ⁃ Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Infantil.
⁃ Decreto 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento ⁃ Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria, y de los centros públicos específicos de educación especial.
⁃ Decreto 100/2023, de 9 de mayo, establece la ordenación y el currículo de la Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
⁃ Orden de 30 de mayo de 2023, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la etapa de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y a las diferencias individuales, se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y se determinan los procesos de tránsito entre ciclos y con Educación Primaria.
Carácter Y Referentes De La Evaluación.
⁃ La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado en la etapa de Educación Infantil será global, continua y formativa. La observación directa y sistemática constituirá la técnica principal del proceso de evaluación.
⁃ En toda la etapa, la evaluación debe servir para detectar, analizar y valorar los procesos de desarrollo de los niños y niñas, así como sus aprendizajes, siempre en función de sus características personales.
⁃ La evaluación tomará como referentes los criterios de evaluación establecidos para cada ciclo en las diferentes áreas curriculares, a través de los cuales se medirá el grado de consecución de las competencias específicas. Servirán también de orientación los perfiles competenciales, tanto del primer como del segundo ciclo, recogidos en el Anexo del Decreto 100/2023, así como los Objetivos de la etapa.
⁃ Asimismo, la evaluación deberá contribuir a mejorar el proceso de enseñanza mediante la valoración de la pertinencia de las estrategias metodológicas y de los recursos utilizados, por lo que las personas encargadas de la tutoría, tendrán que evaluar tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y su propia práctica educativa, y recogerán, además, los oportunos procedimientos en la programación docente.
Desarrollo de los procesos de evaluación:
Evaluación inicial:
Por un lado, permite conocer al alumnado cuando se incorpora por primera vez al centro. Las primeras entrevistas con las familias, junto con la observación directa del maestro o maestra durante los primeros días de adaptación al entorno escolar, son recursos fundamentales para realizar esta evaluación inicial.
En estos primeros contactos con las familias se pueden recabar datos personales, información psicoevolutiva, aspectos relacionados con la sociabilidad, el lenguaje, entre otros. Por tanto, esta evaluación inicial se convierte en un pilar esencial del proceso educativo. Asimismo, la observación realizada por el docente durante los primeros días aporta información valiosísima sobre el grado de sociabilidad, la adaptación al entorno y el uso del lenguaje como herramienta de comunicación.
Evaluación continua:
La evaluación es una parte esencial del proceso de enseñanza-aprendizaje, en la que se analizan tanto los progresos como las dificultades de los niños y niñas en todas las situaciones educativas. El maestro o maestra debe reajustar continuamente las experiencias y actividades propuestas, así como los recursos metodológicos empleados. Por tanto, la evaluación debe concebirse con un enfoque formativo, regulador, orientador y autocorrector del proceso educativo.
Una evaluación formativa debe ser cualitativa, permitiendo identificar cada situación, las mejoras alcanzadas, las dificultades encontradas, las causas de estas y las propuestas para superarlas. Para ello, el profesorado debe partir de la observación directa e individualizada del alumnado en su experiencia diaria en el aula, utilizando notas, registros y una interpretación continua de los datos recogidos.
La familia será informada coincidiendo con la finalización del primer y segundo trimestre, así como al cierre del curso. Además, se llevarán a cabo dos sesiones de seguimiento establecidas en el Proyecto Educativo del Centro.
Es fundamental que los padres, madres o tutores legales participen y apoyen el desarrollo educativo de sus hijos o hijas. Esto incluye conocer las decisiones relacionadas con la evaluación y colaborar con las medidas adoptadas por el centro para favorecer el progreso educativo del alumnado.
Evaluación final:
La evaluación formativa o continua no se contrapone a una evaluación final del proceso de enseñanza-aprendizaje, sea cual sea su alcance (situación de aprendizaje, ciclo, etc.). Su finalidad es valorar el grado de consecución alcanzado por cada alumno o alumna, basándose en los datos obtenidos durante el proceso de evaluación continua y tomando como referencia el perfil competencial correspondiente, las competencias específicas y los criterios de evaluación establecidos en el Proyecto Educativo.
La valoración del proceso de aprendizaje se realizará en términos cualitativos, empleando la siguiente escala de calificación: no adecuado, adecuado, bueno y excelente.
Además, esta evaluación sumativa o final constituye, al mismo tiempo, la evaluación inicial de la siguiente situación didáctica, nivel, ciclo o etapa. Por ello, resulta fundamental elaborar informes dirigidos a las familias que reflejen el desarrollo individualizado de cada alumno o alumna en el proceso de enseñanza-aprendizaje, destacando los logros alcanzados y señalando las dificultades detectadas.
Procedimientos E Instrumentos De Evaluación.
⁃ La evaluación del aprendizaje del alumnado corresponderá a la persona que ejerza su tutoría, que recogerá, en su caso, la información proporcionada por otros profesionales educadores que puedan incidir en el grupo o atiendan a algún alumno o alumna en particular. La observación directa y sistemática constituirá la técnica principal del proceso de evaluación.
⁃ Para la evaluación del alumnado se utilizarán diferentes instrumentos como escalas de observación, anecdotarios o listas de control, entre otros, coherentes con los criterios de evaluación y las características específicas del alumnado, garantizando así que la evaluación responde al principio de atención a la diversidad y a las diferencias individuales del mismo.
- Para la evaluación de los procesos de desarrollo de la actividad docente y de los procesos de aprendizaje se utilizarán distintas estrategias y técnicas. Se concederá especial importancia a la elaboración de documentación sobre la práctica docente y las experiencias de aula.
Técnicas e instrumentos de evaluación.
Criterios de evaluación en Educación Infantil.
De acuerdo con la Orden de 30 de mayo de 2023, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la etapa de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en nuestras programaciones se incluyen los criterios de evaluación organizados por cursos y áreas, así como la distribución trimestral que hemos establecido. Esta información está recogida en el punto 6 de este Proyecto Educativo.
Evaluación del alumnado NEAE
La evaluación del alumnado con NEAE que curse las enseñanzas de Educación Infantil se regirá por los principios de normalización e inclusión, garantizando su no discriminación y promoviendo la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el Sistema Educativo.
En relación con los documentos de evaluación, cuando a un alumno o alumna se le hayan identificado necesidades específicas de apoyo educativo (NEAE), las medidas de atención a la diversidad y las adaptaciones realizadas se reflejarán en su expediente personal, en la evaluación psicopedagógica (si procede) y en el informe final de ciclo y etapa, según corresponda.
De manera excepcional, el alumnado con NEE podrá permanecer un año más en la etapa de Educación Infantil. Esta permanencia será autorizada por las Delegaciones Territoriales, siempre que se considere que contribuirá a alcanzar los objetivos de la etapa o resultará beneficiosa para su socialización. La solicitud será gestionada por la dirección del centro en el que esté escolarizado, a propuesta del tutor o tutora, fundamentada en el informe del EOE y previa aceptación de la familia. La Inspección Educativa emitirá un informe para determinar la viabilidad de dicha autorización.
Documentos De Evaluación.
Los documentos de evaluación serán el Informe anual de evaluación, el Informe final de ciclo, el Informe final de etapa y el Expediente personal.
Las familias tienen derecho a conocer el informe final de etapa, en cualquier momento, previa solicitud por escrito dirigido a la secretaría del centro conforme al modelo establecido.
Promoción Alumnado Educación Infantil
La evaluación en la etapa de Educación Infantil tiene una función formativa, no tiene, por tanto, carácter de promoción ni de calificación del alumnado. El alumnado promociona automáticamente de un curso al siguiente, y del segundo ciclo a la etapa de Primaria. No obstante la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales en la etapa de Educación Infantil en centros ordinarios podrá prolongarse un año más, siempre que ello favorezca el desarrollo de las competencias clave, la consecución de los objetivos de la etapa y, en su caso, el tránsito a la etapa educativa siguiente, o bien favorezca su integración socioeducativa.
8.2 Evaluación Del Alumnado De Segundo Ciclo De Educación Primaria
Normativa.
⁃ Ley Orgánica 3/2020 de 29 de diciembre que modifica la Ley 2/2006 de 3 mayo. ⁃ Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria.
⁃ Decreto 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria, y de los centros públicos específicos de educación especial.
⁃ Orden de 30 de mayo de 2023, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la etapa de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y a las diferencias individuales, se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y se determina el proceso de tránsito entre las diferentes etapas educativas.
⁃ Decreto 101/2023, de 9 de mayo, establece la ordenación y el currículo de la Educación Primaria en Andalucía.
⁃ Instrucciones de 21 de junio de 2023, de la Viceconsejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, sobre el tratamiento de la lectura para el despliegue de la competencia en comunicación lingüística en Educación Primaria.
⁃ Orden de 15 de enero de 2021, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la etapa de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad, se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y se determina el proceso de tránsito entre distintas etapas.
⁃ Instrucciones de 16 de diciembre de 2022 de la Secretaría General de Educación por la que se establecen directrices sobre determinados aspectos de la evaluación y la promoción en la Educación Primaria.
Carácter Y Referencia De La Evaluación.
– La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado será continua, global, competencial, formativa, integradora, diferenciada y objetiva según las distintas áreas del currículo y será un instrumento para la mejora tanto de los procesos de enseñanza como de los procesos de aprendizaje.
– Tomará como referentes los criterios de evaluación de las diferentes áreas curriculares, a través de los cuales se medirá el grado de consecución de las competencias específicas. Los referentes para la evaluación del alumnado con necesidades educativas especiales, serán los incluidos en las correspondientes adaptaciones del currículo, sin que este hecho pueda impedirles la promoción.
– La evaluación será integradora por tener en consideración la totalidad de los elementos que constituyen el currículo. En la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado deberá tenerse en cuenta el grado de consecución de las competencias específicas a través de la superación de los criterios de evaluación que tienen asociados.
– El carácter integrador de la evaluación no impedirá al profesorado realizar la evaluación de cada área de manera diferenciada en función de los criterios de evaluación que, relacionados de manera directa con las competencias específicas, indicarán el grado de desarrollo de las mismas.
– La evaluación será continua y global por estar inmersa en el proceso de enseñanza y aprendizaje y por tener en cuenta el progreso del alumnado, con el fin de detectar las dificultades en el momento en que se produzcan, averiguar sus causas y, adoptar las medidas necesarias dirigidas a garantizar la adquisición de las competencias clave, que le permita continuar adecuadamente su proceso de aprendizaje.
– El carácter formativo de la evaluación propiciará la mejora constante del proceso de enseñanza y aprendizaje. La evaluación formativa proporcionará la información que permita mejorar tanto los procesos como los resultados de la intervención educativa.
– El alumnado tiene derecho a ser evaluado conforme a criterios de plena objetividad, a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos de manera objetiva. Asimismo, el alumnado tiene derecho a conocer los resultados de sus evaluaciones para que la información que se obtenga a través de estas tenga valor formativo y lo comprometa en la mejora de su educación.
– Asimismo, para la evaluación del alumnado se tendrán en consideración los criterios y procedimientos de evaluación, calificación y promoción incluidos en el Proyecto Educativo del centro.
– Los Proyectos educativos de los centros docentes establecerán el sistema de participación del alumnado y de los padres, madres o personas que ejerzan su tutela legal, en el desarrollo del proceso de evaluación.
– Los centros docentes establecerán en sus Proyectos educativos los procesos mediante los cuales se harán públicos los criterios y procedimientos de evaluación y promoción, que se ajustarán a la normativa vigente, así como los instrumentos que se aplicarán para la evaluación de los aprendizajes de cada área.
Referentes de la evaluación.
1. La evaluación será competencial por tomar como referentes los criterios de evaluación de las diferentes áreas curriculares, a través de los cuales se medirá el grado de consecución de las competencias específicas, y de los descriptores operativos del perfil competencial al finalizar cada ciclo.
2. Asimismo, para la evaluación del alumnado se tendrán en consideración los criterios y procedimientos de evaluación y promoción incluidos en el proyecto educativo del centro, así como los criterios de calificación incluidos en las programaciones didácticas de las áreas curriculares.
3. Para la evaluación del alumnado con adaptaciones curriculares significativas en algún área, se tomarán como referente los elementos curriculares establecidos en dichas adaptaciones. En estos casos, se especificará en los documentos oficiales de evaluación que la calificación en las áreas adaptadas hace referencia a los criterios de evaluación recogidos en dicha adaptación y no a los específicos del curso en el que esté escolarizado el alumnado.
En resumen, los referentes de la evaluación son:
● Criterios de evaluación de las áreas curriculares.
● Competencias específicas de las áreas.
● Descriptores operativos del Perfil competencial al finalizar cada ciclo.
- Elementos curriculares establecidos en adaptaciones curriculares significativas, en caso de que existan.
Procedimientos E Instrumentos De Evaluación.
⁃ El profesorado llevará a cabo la evaluación, preferentemente, a través de la observación continuada de la evolución del proceso de aprendizaje en relación con los criterios de evaluación y el grado de desarrollo de las competencias específicas de cada área.
⁃ Los criterios de evaluación han de ser medibles, por lo que se han de establecer mecanismos objetivos de observación de las acciones que describen.
⁃ Los mecanismos que garanticen la objetividad de la evaluación deberán ser concretados en las programaciones didácticas y ajustados de acuerdo con la evaluación inicial del alumnado y de su contexto.
⁃ Para la evaluación del alumnado se utilizarán diferentes instrumentos tales como cuestionarios, formularios, presentaciones, exposiciones orales, edición de documentos, pruebas, escalas de observación, rúbricas o porfolios, entre otros, coherentes con los criterios de evaluación y con las características específicas del alumnado, garantizando así que la evaluación responde al principio de atención a la diversidad y a las diferencias individuales. Se fomentarán los procesos de coevaluación, evaluación entre iguales, así como la autoevaluación del alumnado, potenciando la capacidad del mismo para juzgar sus logros respecto a una tarea determinada.
⁃ Los criterios de evaluación contribuyen, en la misma medida, al grado de desarrollo de la competencia específica, por lo que tendrán el mismo valor a la hora de determinar su grado de desarrollo.
⁃ Los criterios de promoción, recogidos en el Proyecto educativo, tendrán que ir referidos al grado de desarrollo de los descriptores operativos del Perfil competencial al finalizar cada ciclo, así como a la superación de las competencias específicas de las diferentes áreas.
⁃ Los docentes evaluarán tanto el proceso de aprendizaje del alumnado como su propia práctica docente, para lo que concretarán los oportunos procedimientos en las programaciones didácticas.
Desarrollo de los procesos de evaluación.
Regulación:
Los centros de nuestra zona Educativa en cumplimiento con la normativa vigente establece que:
⁃ El alumnado tiene derecho a ser evaluado conforme a criterios de plena objetividad.
⁃ El centro hará público los criterios de evaluación y promoción que se aplicarán para la evaluación de los aprendizajes y la superación de las áreas y materias.
⁃ Los padres, madres o tutores legales podrán solicitar al maestro/a tutor/a aclaraciones acerca de las evaluaciones que se realicen sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos/as.
⁃ Durante el mes de septiembre-Octubre los tutores y tutoras realizarán una evaluación inicial del alumnado. Dicha evaluación será el punto de referencia para la toma de decisiones relativas al desarrollo del currículo.
⁃ El equipo docente como consecuencia del resultado de la evaluación inicial, adoptará las medidas educativas ordinarias pertinentes, inclusive de apoyo, refuerzo y recuperación del alumnado que lo precise.
⁃ En el proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno/a no sea el adecuado, se adoptarán las medidas de atención a la diversidad que procedan.
⁃ Al menos tres veces a lo largo del curso, las personas que ejerzan la tutoría informarán por escrito a los padres, madres o personas que ejerzan la tutela del alumnado sobre el aprovechamiento académico de éste y la evolución de su proceso educativo.
⁃ Al finalizar el curso, se informará por escrito a los padres, madres o quién ejerza la tutela legal del alumnado acerca de los resultados de la evaluación final.
⁃ Dicha información incluirá, al menos, las calificaciones obtenidas en las distintas áreas cursadas y el nivel competencial alcanzado cuando corresponda al final de un ciclo.
– Asimismo, se informará sobre la decisión acerca de su promoción al curso siguiente en los niveles de 5 años en Educación Infantil, segundo, cuarto y sexto en E. Primaria.
Procedimiento para la Información sobre los Criterios de Evaluación y Promoción.
El centro garantizará la difusión y comprensión de los criterios de evaluación y promoción que se aplicarán para la valoración de los aprendizajes y la superación de las áreas y materias.
Para ello, en las tutorías conjuntas que se celebran al inicio del curso y al finalizar cada trimestre, se informará a las familias de estos criterios. Además, en dichas reuniones se explicará el enfoque de la evaluación competencial, destacando cómo esta se centra en valorar la aplicación práctica de los aprendizajes adquiridos por el alumnado.
La exposición de los criterios de evaluación, promoción y las características de la evaluación competencial formará parte del orden del día de todas las tutorías conjuntas, con el objetivo de asegurar que las familias comprendan el proceso evaluativo y puedan participar activamente en el acompañamiento del progreso educativo de sus hijos o hijas.
Perfil de Área/Materia: Métodos de Calificación
El método de calificación de las áreas o materias será determinado por el profesorado responsable, atendiendo a su criterio profesional y a las necesidades específicas del grupo de alumnado. Se podrán aplicar diferentes métodos de calificación, ya sea aritmético o continuo, en función de lo que se considere más adecuado para evaluar cada criterio de evaluación.
En el caso de optar por el método de calificación continua, el profesorado tendrá la autonomía para decidir el modo de cálculo que se utilizará, pudiendo elegir entre valorar la última calificación obtenida o la calificación más alta. Esta decisión también estará sujeta al criterio del docente y a lo que se estime más beneficioso para reflejar el progreso del alumnado.
Esta flexibilidad permite adaptar la evaluación al enfoque competencial del aprendizaje, respetando las características individuales del alumnado y garantizando una valoración justa y equitativa de su proceso educativo.
Registro y seguimiento de la evaluación.
Con el objetivo de garantizar el cumplimiento de la normativa que regula la evaluación competencial y continua en la etapa de Educación Primaria, se establece el uso obligatorio del Cuaderno de Séneca como herramienta principal para el registro y seguimiento de la evaluación del alumnado.
La normativa establece que la evaluación debe ser competencial, tomando como referencia los criterios de evaluación y las competencias específicas de las diferentes áreas. Además, dicha evaluación debe ser continua, considerando el progreso del alumnado para detectar dificultades, analizar sus causas y aplicar las medidas necesarias que aseguren la adquisición de las competencias clave.
El sistema Séneca, a través de su módulo de calificación, permite registrar de manera progresiva las valoraciones de los criterios de evaluación. Esto resulta imprescindible para fundamentar las decisiones de promoción y la elaboración del Perfil competencial del alumnado al final de cada curso.
A partir de esta normativa, el Plan de Centro establece:
Obligatoriedad de consignar en el Cuaderno de Séneca las valoraciones de los criterios de evaluación a lo largo del curso, de forma continua y actualizada.
Registro trimestral de las valoraciones para cada sesión de evaluación (intermedia y final), garantizando que toda la información necesaria esté reflejada en Séneca.
Utilización del módulo de Séneca para fundamentar, al final del curso, las decisiones de promoción, ya que el sistema proporciona el Perfil competencial del alumnado basado en las evaluaciones registradas.
El uso del Cuaderno de Séneca por parte de todo el profesorado es imprescindible para garantizar la coherencia y fiabilidad de la evaluación competencial. Si esta herramienta es utilizada de manera desigual, es decir, si unos docentes registran las valoraciones de los criterios de evaluación y otros no, el Perfil competencial del alumnado generado por el sistema quedaría sesgado, lo que comprometería la exactitud de la información.
Un perfil incompleto o parcial perdería su validez como referencia objetiva para fundamentar las decisiones de promoción, dificultando la coordinación del equipo docente y el cumplimiento de las exigencias normativas. Por tanto, es imprescindible que el registro en Séneca sea una práctica común y sistemática entre todos los maestros del centro.
De este modo, el uso del Cuaderno de Séneca se convierte en una herramienta esencial para garantizar la coherencia, fiabilidad y rigor en la evaluación del alumnado, cumpliendo con las exigencias normativas y facilitando el trabajo del equipo docente.
Sesiones de Evaluación
La sesión de evaluación es la reunión del equipo docente, coordinada por el maestro tutor o maestra tutora, donde se valora y se pone de manifiesto el rendimiento del alumnado y se adoptan decisiones sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje, las medidas de atención a la diversidad y la propia práctica docente, orientadas a su mejora.
A lo largo de cada uno de los cursos, dentro del período lectivo, se realizarán ocho sesiones de evaluación, cuatro oficiales (inicial, primera, segunda y final) y cuatro definidas por el centro (previa, seguimiento 1, seguimiento 2 y seguimiento 3). El tutor o tutora de cada grupo levantará acta del desarrollo de las sesiones, en la que se harán constar los acuerdos y decisiones adoptados, según modelo del acta del centro. Estas actas deberán contener información relevante, que pueda testimoniar acuerdos y decisiones sobre alumnos y alumnas concretos, estrategias, medidas, metodologías u orientaciones de las programaciones o proyectos diseñados al principio de cada curso. Las actas serán firmadas por todos los miembros del E. Docente, registradas en Séneca y entregadas puntualmente en la Jefatura de Estudios.
La valoración de los resultados derivados de estos acuerdos y decisiones, constituirán el punto de partida de la siguiente evaluación. En las sesiones de evaluación se acordará también la información que, sobre el proceso personal de aprendizaje, se transmitirá a cada alumno o alumna y a su padre/madre o tutores legales.
Las sesiones de evaluación configuradas por el centro como Seguimiento 1, 2 y 3 se realizarán a mitad de cada trimestre, con el objetivo de valorar la marcha general del grupo. En estas reuniones se prestará especial atención al alumnado que requiera medidas de atención a la diversidad y a aquellos con dificultades de aprendizaje, permitiendo así un seguimiento más cercano de su evolución y la adopción de estrategias específicas para favorecer su progreso educativo.
La sesión de evaluación previa, que se realiza al principio de curso, complementa la evaluación inicial. En esta reunión se recopila información, con el fin de conocer la evolución educativa del alumnado y, en su caso, las medidas educativas adoptadas, lo que permite al equipo docente disponer de un punto de partida sólido para planificar las estrategias educativas y atender las necesidades específicas de cada estudiante. La persona que ejerza la tutoría y el equipo docente de cada grupo analizarán los informes del curso anterior, a fin de conocer aspectos relevantes de los procesos educativos previos (tal y como se explica a continuación).
Evaluación inicial.
⁃ La evaluación inicial del alumnado ha de ser competencial y ha de tener como referente las competencias específicas de las áreas que servirán de punto de partida para la toma de decisiones. Para ello, se tendrá en cuenta principalmente la observación diaria, así como otras herramientas. La evaluación inicial del alumnado en ningún caso consistirá exclusivamente en una prueba objetiva.
⁃ Los resultados de esta evaluación no figurarán en los documentos oficiales de evaluación.
– El equipo docente realizará una evaluación inicial, para valorar la situación inicial de sus alumnos y alumnas en cuanto al nivel de desarrollo de las competencias específicas de las áreas de la etapa que en cada caso corresponda. Este proceso implicará la especificación detallada de todas las acciones realizadas para llevarla a cabo. Esto incluye:
· Sesión de evaluación previa: Complementaria a la evaluación inicial, para recabar información del curso anterior.
· Reuniones de equipo docente: Traspaso de información sobre el alumnado entre los profesionales implicados.
· Lectura de expedientes y actas: Revisión de los registros del curso anterior para identificar logros, dificultades y aspectos relevantes de cada alumno o alumna.
· Actividades de evaluación inicial: Dinámicas diseñadas para valorar las competencias específicas, incluyendo actividades individuales y grupales que permitan identificar el nivel de desarrollo en distintas áreas.
· Instrumentos de evaluación: Observaciones directas, rúbricas, cuestionarios, pruebas diagnósticas, diarios del docente, entre otros.
– Antes del día 15 octubre se convocará una sesión de coordinación docente con objeto de analizar y compartir las conclusiones de esta evaluación inicial, que tendrá carácter orientador y será el punto de referencia para la toma de decisiones relativas a la elaboración de las programaciones didácticas y al desarrollo del currículo que se adecuará a las características y al grado de desarrollo de las competencias específicas del alumnado.
– En este proceso se recogerán los resultados obtenidos a nivel cualitativo, identificando tanto los logros del alumnado como las dificultades detectadas.
– El equipo docente, con el asesoramiento del equipo de orientación educativa, realizará la propuesta y adoptará las medidas educativas de atención a la diversidad y a las diferencias individuales para el alumnado que las precise.
Evaluación continua
¿Qué entendemos por evaluar? Basándonos en Neus Sanmartí (2019) “Evaluar y aprender: un único proceso” afirma: “por mucho que cambien los métodos, si no se lleva a la práctica una evaluación que tenga un objetivo distinto de “poner notas”, no cambiará nada en el fondo”.
Sin una evaluación que facilite reconocer las dificultades y encontrar caminos para superarlas, no hay aprendizaje.
Evaluar, es un proceso que conlleva:
Recoger datos a partir a partir de trabajos, preguntas, vídeos y fotos, collages, mapas de pensamiento, observaciones…
Analizarlos: Buscando entender las razones de las dificultades que se detectan, utilizando tablas de criterios, rúbricas.
La evaluación permite tomar decisiones que regulen el proceso de enseñanza y aprendizaje. Cuando estas decisiones las toma el docente, se trata de una evaluación formativa, mientras que, cuando es el aprendiz quien toma decisiones sobre su propio aprendizaje, hablamos de evaluación formadora. Por otro lado, la evaluación también cumple una función de tipo social, ya que se utiliza para clasificar, seleccionar y orientar al alumnado, lo que se refleja en las calificaciones.
Agentes de la evaluación:
Heteroevaluación: Realizada por el docente, quien registra y valora el progreso y los logros del alumnado en relación con los criterios de evaluación.
Coevaluación: Valoración entre iguales, utilizando instrumentos adaptados como rúbricas o dianas de evaluación.
Autoevaluación: Reflexión individual del alumnado sobre su propio proceso de aprendizaje, fomentando la autonomía.
Cómo evaluamos:
Es necesario aplicar técnicas o procedimientos que permitan realizar una evaluación a lo largo de todo el proceso de enseñanza-aprendizaje y que no atienda exclusivamente a los resultados finales, sino que también vaya proporcionando información sobre el desarrollo de construcción de los aprendizajes por parte del alumnado.
Entre otras técnicas se encuentran:
1. La observación libre, que todo maestro/a utilizará como parte de su labor de seguimiento atento del proceso educativo, en cuanto que proporciona un feed-back inmediato y le permite tomar decisiones e intervenir en el momento y en el sentido que la situación aconseja.
2. La observación sistemática. Requiere del maestro/a la elección previa de las categorías a observar, así como la preparación de instrumentos de recogida de datos de la observación.
3. Las entrevistas personales con el alumnado, que facilitan información sobre la situación individual de cada uno de ellos en lo que se refiere a actitud ante la asignatura, grado de confianza en sí mismo, dificultades personales, intereses etc., y favorecen la interacción alumnado-profesorado incrementando el grado de confianza entre ambos.
4. El análisis de los trabajos realizados, incluidos los trabajos realizados en el cuaderno de clase, los informes o trabajos, los portfolios, los proyectos, monografías, mapas conceptuales y mentales, el diario de aprendizaje, que dan información muy valiosa al maestro no solo sobre el grado de adquisición de los aprendizajes y su aplicación efectiva, sino también del proceso seguido en su construcción, del nivel de generalización de sus conclusiones y del empleo eficaz de estrategias propias. Asimismo, en ellos quedan reflejadas actitudes como las de orden, limpieza, perseverancia, recogida de aportaciones hechas por los compañeros, corrección de errores, etc.
5. La autoevaluación del propio alumnado y la coevaluación: grado de satisfacción personal, lo que cree que ha aprendido o lo que no, la valoración personal de su esfuerzo, atención, interés, respeto a sus compañeros, participación, cuidado del material, etc.
6. La reflexión que el propio maestro efectúa de su práctica docente.
Las técnicas utilizan los instrumentos y se adecuan al procedimiento. Los instrumentos de evaluación se utilizan para la recogida de información y datos. Como consecuencia de lo expuesto anteriormente, en el desarrollo de las programaciones didácticas, se asociarán los instrumentos de evaluación a los criterios de evaluación a través de las actividades.
La evaluación debe ir enfocada a mejorar el aprendizaje del alumnado; para ello es necesario diversificar las herramientas de evaluación y programar tiempos y espacios en el aula a fin efectuar la evaluación de los procesos de aprendizaje. Proponemos aquí algunas herramientas para la evaluación de desempeños competenciales, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje.
Herramientas comunes de evaluación competencial:
- Pruebas escritas. Evaluamos algunos criterios de evaluación. Es conveniente recordar la Taxonomía de Bloom (figura2) y el Cono de aprendizaje (figura3). El buen examen lo dividimos en tres partes (figura1).
- Rúbrica. Se utiliza para establecer criterios claros y específicos a la hora de valorar el desempeño de los estudiantes en una tarea, actividad o proyecto. Se trata de una tabla o matriz en la que se definen los aspectos que se van a evaluar (criterios) y los niveles de calidad o logro para cada uno de esos aspectos.
- Dianas. Es una representación gráfica y sencilla de diferentes aspectos del aprendizaje, que nos permite comparar los resultados de 2 momentos diferentes del aprendizaje de manera visual y clara. Siempre hay poner preguntas para reflexionar sobre que aspectos se pueden mejorar.
- Líneas de evolución.
- Registro de errores y correcciones / ej. en dictados).
- Escala de Observación.
- Semáforos de autoevaluación.
- Guion para la recogida de evidencias sobre los estándares de aprendizaje en el porfolio.
- Registro cuadernos.
- Check list.
- Diario reflexivo sobre el aprendizaje.
Nivel | Acciones | Ejemplos de verbos |
1. Conocimiento | Recordar hechos, términos, y conceptos | Definir, recordar, identificar, listar, reconocer, describir |
2. Comprensión | Entender el significado de la información | Explicar, parafrasear, resumir, clasificar, interpretar |
3. Aplicación | Usar la información en nuevas situaciones | Aplicar, resolver, ilustrar, ejecutar, utilizar, demostrar |
4. Análisis | Descomponer la información en partes más pequeñas | Analizar, comparar, contrastar, categorizar, investigar, clasificar |
5. Síntesis | Combinar información para crear algo nuevo | Crear, diseñar, planificar, construir, formular, proponer |
6. Evaluación | Juzgar el valor de la información o las ideas | Evaluar, juzgar, criticar, justificar, valorar, recomendar |
Esta taxonomía ayuda a estructurar las actividades de aprendizaje, desde lo más básico (recordar) hasta lo más complejo (evaluar).
Herramientas específicas de áreas:
En la SDA de cada área se especificará las herramientas que se van a utilizar:
Ej; Lengua en 2º de Primaria:
1. Diana de coevaluación de la lectura en grupo.
2. Rúbrica de lectura en voz alta.
3. Líneas de evolución de la caligrafía y limpieza en los escritos.
4. Registro de errores y correcciones en dictados.
5. Escala de evaluación sobre el texto libre.
6. Rúbrica para la exposición oral en clase.
7. Diana de coevaluación de la lectura cooperativa.
8. Registro sobre la riqueza y amplitud de vocabulario.
9. Escala de evaluación de la iniciativa e intervención en conversaciones.
10. Rúbrica para la expresión escrita.
Los instrumentos lo usamos en función del agente de la evaluación.
Evaluación A La Finalización Del Curso.
– Al término de cada curso de la etapa, se valorará el progreso del alumnado en las diferentes áreas por parte del equipo docente en una única sesión de evaluación ordinaria.
– Son sesiones de evaluación ordinaria las reuniones del equipo docente de cada grupo coordinadas por la persona que ejerza la tutoría y, en ausencia de esta, por la persona que designe la dirección del centro, donde se decidirá sobre la evaluación final del alumnado. En esta sesión se adoptarán decisiones de manera consensuada y colegiada, orientadas a la mejora de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de la propia práctica docente. En caso de que no exista consenso, las decisiones se tomarán por mayoría cualificada de dos tercios de los integrantes del equipo docente. Para el desarrollo de estas sesiones, el equipo docente podrá recabar el asesoramiento del equipo de orientación educativa del centro. Esta sesión tendrá lugar una vez finalizado el período lectivo y antes de que finalice el mes de junio.
– En las sesiones de evaluación ordinaria, el profesor o profesora responsable de cada área decidirá la calificación de la misma. Esta calificación ha de ser establecida tomando como referencia la superación de las competencias específicas del área. Para ello, se tendrán como referentes los criterios de evaluación, a través de los cuales se valorará el grado de consecución de las competencias específicas.
– En el caso de los ámbitos que integren distintas áreas, el resultado de la evaluación se expresará mediante una única calificación, sin perjuicio de los procedimientos que puedan establecerse para mantener informados de su evolución en las diferentes áreas al alumnado y a sus padres, madres o personas que ejerzan su tutela legal.
– En la sesión de evaluación ordinaria, se acordará la información que, sobre el proceso personal de aprendizaje seguido, se transmitirá al alumnado y a las familias, de acuerdo con lo recogido en el Proyecto educativo del centro y en la normativa que resulte de aplicación. Esta información deberá indicar las posibles causas que inciden en el proceso de aprendizaje y en el progreso educativo del alumnado, así como, en su caso, las recomendaciones u – Como resultado de las sesiones de evaluación ordinaria se entregará a los padres, madres o personas que ejerzan la tutela legal del alumnado un boletín de calificaciones con carácter informativo, que contendrá tanto calificaciones cualitativas (IN, SU, BI, NT, SB) como cuantitativas (1 a10).
– La persona que ejerza la tutoría de cada grupo levantará acta del desarrollo de las sesiones en la que se harán constar las calificaciones, expresadas en términos cualitativos (IN, SU, BI, NT, SB), las decisiones y los acuerdos adoptados, así como las medidas de atención a la diversidad y a las diferencias individuales aplicadas a cada alumno o alumna.
– Los resultados de las áreas no superadas de cursos anteriores se consignarán, igualmente, en las actas de evaluación, en el expediente y en el historial académico del alumnado.
– Al finalizar la etapa, a juicio del equipo docente, cuando un alumno o alumna demuestre que ha alcanzado un desarrollo académico excelente, se le otorgará Mención Honorífica por área. Los centros docentes establecerán en su Proyecto educativo el procedimiento de concesión de la Mención Honorífica.
Evaluación De Diagnóstico.
– En 4º de Educación Primaria, todos los centros realizarán una Evaluación de diagnóstico de las competencias adquiridas por el alumnado. Esta evaluación no tendrá efectos académicos y tendrá carácter informativo, formativo y orientador para los centros, para el profesorado, para el alumnado y sus familias o personas que ejerzan su tutela legal y para el conjunto de la comunidad educativa.
– El Claustro de profesorado realizará un análisis tanto del proceso llevado a cabo como del nivel competencial del alumnado. Dicho análisis será elevado al Consejo escolar para su conocimiento.
– Los centros docentes utilizarán los resultados de estas evaluaciones para, entre otros fines, organizar, en el tercer ciclo de la etapa, las medidas de atención a la diversidad y a las diferencias individuales para el alumnado que las requiera, dirigidas a garantizar que todos alcancen las correspondientes competencias clave. Asimismo, estos resultados permitirán, junto con la evaluación de los procesos de enseñanza y la práctica docente, analizar, valorar y reorientar, si procede, las actuaciones desarrolladas en los dos primeros ciclos de la etapa.
Evaluación Del Alumnado NEAE.
⁃ La evaluación del alumnado NEAE se regirá por el principio de normalización e inclusión, y asegurará su no discriminación, y la igualdad efectiva en el acceso y permanencia en el Sistema Educativo, para lo cual se tendrán en cuenta las medidas de atención a la diversidad y a las diferencias individuales.
⁃ Se establecerán las medidas más adecuadas, tanto de acceso como de adaptación de las condiciones de realización de las evaluaciones, para que las mismas se apliquen al alumnado NEAE conforme a lo recogido en su correspondiente Informe de evaluación psicopedagógica. Entre estas medidas se destaca la adaptación del formato de las pruebas de evaluación y la ampliación del tiempo para la ejecución de las mismas o la utilización de diferentes procedimientos de evaluación que tengan en cuenta la variedad de formas de registrar las competencias adquiridas. Estas adaptaciones en ningún caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.
⁃ La decisión sobre la evaluación y la promoción del alumnado NEAE será competencia del equipo docente, asesorado por el EOE y teniendo en cuenta la tutoría compartida, en su caso, a la que se refiere la normativa reguladora de la organización y el funcionamiento de los centros docentes. Asimismo, se atenderá a lo recogido con carácter general sobre la adopción de decisiones por el equipo docente.
⁃ La evaluación del alumnado con adaptaciones curriculares significativas en algún área se realizará tomando como referente los elementos curriculares establecidos en dichas adaptaciones. En estos casos, en los documentos oficiales de evaluación se especificará que la calificación en las áreas adaptadas hace referencia a los criterios de evaluación recogidos en dicha adaptación y no a los específicos del curso en el que esté escolarizado el alumnado.
⁃ En la evaluación del alumnado que se incorpore tardíamente al Sistema Educativo y que, por presentar graves carencias en la comunicación lingüística en lengua española, reciba una atención específica en este ámbito, se tendrá en cuenta los informes que, a tales efectos, elabore el profesorado responsable de dicha atención.
- El alumnado escolarizado en el curso inmediatamente inferior al que le correspondería por edad se podrá incorporar al grupo correspondiente a su edad, cuando a juicio de la persona que ejerza la tutoría, con el acuerdo del equipo docente y asesorado por el EOE, haya superado el desfase curricular que presentaba. En caso de desacuerdo del equipo docente, la decisión se tomará por mayoría simple de votos.
Criterios Promoción Del Alumnado.
– Al finalizar cada uno de los ciclos de la etapa y como consecuencia del proceso de evaluación, el equipo docente, de manera colegiada, adoptará las decisiones correspondientes sobre la promoción del alumnado, tomando especialmente en consideración la información y el criterio de la persona que ejerza la tutoría y con el asesoramiento del EOE. En caso de que no exista consenso, las decisiones se tomarán por mayoría cualificada de dos tercios de los integrantes del equipo docente. Para la toma de decisiones se tendrán en cuenta los criterios de promoción que deberán ir referidos al grado de desarrollo de los descriptores operativos del perfil competencial de cada ciclo establecidos en el Proyecto educativo del centro. Para ello se tendrán como referentes los criterios de evaluación, a través de los cuales se medirá el grado de consecución de las competencias específicas.
– Para orientar la toma de decisiones de los equipos docentes, se tendrán en consideración los siguientes criterios de manera conjunta:
a) La evolución positiva del alumnado en todas las actividades de evaluación propuestas.
b) Que tras la aplicación de medidas de atención a la diversidad y a las diferencias individuales el alumnado haya participado activamente con implicación, atención y esfuerzo.
⁃ Quienes promocionen sin haber superado todas las áreas seguirán un programa de refuerzo del aprendizaje que se podrá elaborar de manera individual para cada una de las áreas no superadas, o se podrá integrar en un único programa, si el equipo docente lo considera necesario y así se recoge en el Proyecto educativo del centro. El equipo docente revisará periódicamente la aplicación personalizada de las medidas propuestas en los mismos, al menos, al finalizar cada trimestre escolar y en todo caso, al finalizar el curso.
⁃ La permanencia de un año más en un mismo curso deberá ir acompañada de un programa de refuerzo del aprendizaje que versará sobre las competencias específicas de las áreas no desarrolladas el curso anterior.
⁃ Estos programas de refuerzo del aprendizaje deberán contener los elementos curriculares necesarios para que puedan ser evaluables.
⁃ La aplicación y evaluación de dichos programas de refuerzo del aprendizaje serán realizadas, preferentemente, por la persona que ejerza la tutoría del curso al que pertenezca el alumnado.
⁃ Se podrá repetir una sola vez durante la etapa. La repetición se considerará una medida de carácter excepcional y se tomará tras haber agotado el resto de medidas de atención a la diversidad y a las diferencias individuales para solventar las dificultades de aprendizaje del alumnado.
⁃ Los centros docentes especificarán en sus Proyectos educativos los criterios y procedimientos de evaluación y promoción, incluyendo la forma en la que los padres, madres o personas que ejerzan la tutela legal del alumnado puedan ser oídos para la adopción de la decisión de promoción.
⁃ La escolarización del alumnado con altas capacidades intelectuales se flexibilizará de conformidad con la normativa vigente, de forma que pueda reducirse la duración de la misma, cuando se prevea que dicha medida es la más adecuada para su desarrollo personal y social.
⁃ Para la adopción de decisiones colegiadas relativas a la promoción del alumnado el Equipo Docente actuará conforme a lo recogido en el ROF, en su apartado 4 (Criterios y procedimientos que garanticen el rigor y la transparencia en la toma de decisiones por los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente, especialmente en los procesos relacionados con la escolarización y la evaluación del alumnado). Dicho epígrafe recoge:
⁃ Los acuerdos tomados en los equipos docentes serán adoptados por consenso, y en el caso de que este no se produjese se realizará por mayoría cualificada de dos tercios del los componentes del Equipo Docente.
⁃ En el caso de que un/a docente imparta más de un área: es un voto por persona, independientemente de las áreas que imparta.
⁃ En el caso de que los 2/3 den como resultado un decimal, se redondeará a la cifra superior.
⁃ Los miembros del Equipo Docente que por motivos justificados deban ausentarse en el momento de la celebración de una sesión del equipo, podrán hacer llegar por escrito dirigido al tutor/a del nivel y debidamente firmado, su opinión, elección de acuerdos y/o información relativa a un/a alumno/a en concreto, de los asuntos recogidos en el orden del día de dicha reunión.
El equipo Docente de nuestro centro educativo tomará en consideración como prioritario los siguientes aspectos identificados en los descriptores operativos para la decisión de la promoción del alumnado:
1. Cumplimiento de objetivos de aprendizaje: Se ha de comprobar si en el proceso de evaluación el alumno/a alcanza los objetivos de aprendizaje necesarios para la adquisición de las competencias específicas de las materias consideradas instrumentales.
2. Competencia en habilidades fundamentales: Se ha de comprobar si en el proceso de evaluación el alumno/a demuestra un dominio adecuado de las habilidades (conocimientos, procedimientos y actitudes) necesarias para dar respuesta a situaciones prácticas y a la resolución efectiva de problemas de la vida cotidiana.
3. Criterios de desempeño definidos: Se ha de comprobar si en el proceso de evaluación el alumno/a alcanza un nivel adecuado de desarrollo de las competencias específicas de las materias consideradas instrumentales a través de los criterios de desempeño definidos.
4. Participación activa: Se ha de comprobar si en el proceso de evaluación el alumno/a ha mostrado un nivel de participación adecuado en las actividades de aprendizaje.
5. Actitudes esperadas: Se ha de comprobar si en el proceso de evaluación el alumno/a demuestra un grado de actitud positivo en relación a las demandas propuestas por los descriptores operativos de las competencias clave:
– Disposición a aprender.
– Pensamiento crítico.
– Toma de decisiones.
– Creatividad.
– Comunicación efectiva.
– Trabajo en equipo.
– Autocontrol emocional.
– Empatía.
– Uso responsable de las TICs.
– Responsabilidad social.
6. Creatividad e iniciativa: Se ha de comprobar si en el proceso de evaluación el alumno/a muestra iniciativa y creatividad para dar solución a los retos planteados.
7. Autonomía en el trabajo: Se ha de comprobar si en el proceso de evaluación el alumno/a demuestra autonomía y disposición en la realización de las actividades de aprendizaje.
8. Capacidad de investigación: Se ha de comprobar si en el proceso de evaluación el alumno/a muestra capacidad para investigar, plantear preguntas, recopilar información y resolver problemas de manera autónoma.
9. Responsabilidad y normas: Se ha de comprobar si en el proceso de evaluación el alumno/a demuestra responsabilidad en cuanto a la entrega de tareas y el cumplimiento de reglas y normas.
10.Adaptación a la tecnología: Se ha de comprobar si en el proceso de evaluación el alumno/a alcanza un nivel adecuado de competencia digital, incluyendo su capacidad para utilizar herramientas tecnológicas de manera efectiva y responsable.
11.Conciencia medioambiental: Se ha de comprobar si en el proceso de evaluación el alumno/a muestra conocimiento, preocupación por cuestiones medioambientales y compromiso con la sostenibilidad.
En el caso del Equipo Docente decida la no promoción, esta solo debe producirse si durante el curso escolar confluyen los siguientes requisitos:
⁃ El/a alumno/a ha desarrollado algún programa de refuerzo, durante el curso académico.
⁃ Ha recibido apoyo por parte del maestro/a de apoyo a ciclo, AL o PT.
⁃ La familia ha sido informada a través de tutoría de atención a padres/madres/tutores legales al menos en 3 ocasiones durante el curso de las dificultades que presenta el/la alumno.
⁃ Se podrá repetir una sola vez durante la etapa. La repetición se considerará una medida de carácter excepcional y se tomará tras haber agotado el resto de medidas ordinarias de atención a la diversidad para solventar las dificultades de aprendizaje del alumno o la alumna.
La permanencia de un año más en un mismo curso deberá ir acompañada de un Programa de Refuerzo personalizado para el alumnado que no promocione de curso. El alumnado que promocione sin haber superado todas las áreas deberá seguir un Programa de Refuerzo para la recuperación de esos aprendizajes no adquiridos junto con las medidas de refuerzo de la maestra de AD que establezca el Equipo Directivo y Equipo de Orientación del centro.
Nota media de las áreas de la etapa y mención honorífica.
– Al finalizar la etapa, a juicio del equipo docente, cuando un alumno o alumna demuestre que ha alcanzado un desarrollo académico excelente, se le otorgará Mención Honorífica por área.
⁃ Esta circunstancia deberá quedar reflejada en el Informe final de etapa, así como en el Expediente y en el Historial académico del alumnado.
⁃ Procedimiento para la concesión de la Mención Honorífica:
⁃ Nuestro Centro otorgará mención honorífica en un área cuando la media aritmética de todos los cursos sea 9 o superior.
⁃ En el caso del alumnado que haya permanecido más de una vez en un mismo curso a lo largo de la etapa, para el cálculo de la nota media se tomarán como referencia las últimas calificaciones obtenidas.
Documentos Oficiales E Informes De Evaluación.
1. Los documentos oficiales de evaluación son: las actas de evaluación, el expediente académico, el historial académico, el Informe final de etapa y, en su caso, el informe personal por traslado, de conformidad con el artículo 14 del Decreto 101/2023, de 9 de mayo.
2. El historial académico y, en su caso, el informe personal por traslado se consideran documentos básicos para garantizar la movilidad del alumnado por todo el territorio nacional. tratamiento, seguridad y confidencialidad de los datos personales del alumnado y a la cesión de los mismos de unos centros docentes a otros se estará a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal y, en todo caso, a lo establecido en la disposición adicional vigesimotercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
3. La custodia y archivo de los documentos oficiales de evaluación corresponde a la secretaría del centro docente. Los documentos oficiales de evaluación serán visados por la persona que ejerza la dirección del centro y en ellos se consignarán las firmas de las personas que correspondan en cada caso, junto a las que constará el nombre y los apellidos de la persona firmante, así como el cargo o atribución docente, todo ello teniendo en cuenta lo dispuesto sobre gestión documental en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía. Estos documentos oficiales serán supervisados por la Inspección educativa.
Actas De Evaluación.
1.- Las actas de evaluación, reguladas en el artículo 26 del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, se ajustarán a los modelos que se incluyen como Anexo VI.a, se extenderán para cada uno de los cursos y se cerrarán al término del período lectivo ordinario.
2.- Las actas de evaluación comprenderán la relación nominal del alumnado que compone cada grupo junto con los resultados de la evaluación de las áreas o ámbitos del curso y las decisiones adoptadas sobre promoción y permanencia.
3.- Los resultados de la evaluación de cada área se expresarán como Insuficiente (IN), para las calificaciones negativas y Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT) o Sobresaliente (SB), para las calificaciones positivas, tal y como se recoge en el artículo 26 del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo.
4.- En el caso de los ámbitos que integren distintas áreas el resultado de la evaluación se expresará mediante una única calificación, sin perjuicio de los procedimientos que puedan establecerse para mantener informados de su evolución en las diferentes áreas al alumnado y a sus padres, madres, o personas que ejerzan su tutela legal.
5.- Cuando el alumnado recupere un área no superada de los cursos anteriores, la calificación obtenida se hará constar en el acta de evaluación del curso en el que supere dicha área.
6.- Las actas de evaluación serán firmadas por la persona que ejerza la tutoría del grupo, con el visto bueno de la persona que ejerza la dirección, y serán archivadas y custodiadas en la secretaría del centro.
Expediente Académico.
1.- El expediente académico, regulado en el artículo 27 del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, se ajustará al modelo que se incluye como Anexo VI.b y es el documento oficial que refleja la información relativa al proceso de evaluación y promoción.
2.- El expediente académico incluirá los datos de identificación del centro docente y del alumno o alumna, los resultados de la evaluación de las áreas, las decisiones adoptadas sobre promoción, las medidas de atención a la diversidad y a las diferencias individuales que se hayan aplicado y las fechas en que se hayan producido los diferentes hitos.
3. -En el caso de que existan áreas que hayan sido cursadas de forma integrada en un ámbito, en el expediente figurará, junto con la denominación de dicho ámbito, la indicación expresa de las áreas integradas en el mismo.
Historial Académico.
1.- El historial académico del alumnado, regulado en el artículo 28 del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, se ajustará al modelo que se incluye como Anexo VI.c, y tendrá valor acreditativo de los estudios realizados. Como mínimo recogerá los datos identificativos del alumno o alumna, las áreas cursadas en cada uno de los años de escolarización, las medidas de atención a la diversidad y a las diferencias individuales aplicadas, los resultados de la evaluación, las decisiones sobre promoción y permanencia, la información relativa a los cambios de centro y las fechas en que se han producido los diferentes hitos.
2.- Con objeto de garantizar la movilidad del alumnado, cuando varias áreas hayan sido cursadas integradas en un ámbito, se hará constar en el historial la calificación obtenida en cada una de ellas. Esta calificación será la misma que figure en el expediente para el ámbito correspondiente.
3.- Al finalizar la etapa, el historial académico se entregará a los padres, madres o personas que ejerzan la tutela legal del alumno o alumna y, en cualquier caso, al terminar su escolarización en la enseñanza en régimen ordinario. Esta circunstancia se hará constar en el expediente académico.
4.- Asimismo, se enviará una copia del historial académico y del Informe final de etapa al Instituto de educación secundaria en el que vaya a proseguir sus estudios el alumno o alumna, previa petición de dicho centro.
Informe Final De Etapa.
Los centros docentes emitirán un informe final de etapa, cumplimentado por la persona que ejerza la tutoría de cada grupo, según lo establecido en el artículo 15.5 del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, y el artículo 12.4 del Decreto 101/2023, de 9 de mayo, que se ajustará al modelo que se incluye como Anexo VI.d e incluirá los datos de identificación del centro docente y del alumnado, las calificaciones obtenidas en cada una de las áreas a lo largo de la etapa, así como el grado de desarrollo de las competencias tomando como referente el Perfil competencial al finalizar el tercer ciclo, la aplicación y la valoración de las medidas de atención a la diversidad y a las diferencias individuales que se estimen necesarias para cada área, así como la información relevante para la transición a la etapa de Educación Secundaria Obligatoria.
Informe Personal Por Traslado.
1.- El informe personal por traslado, regulado en el artículo 29 del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, se ajustará al modelo que se incluye como Anexo VI.e y es el documento oficial que recogerá la información que resulte necesaria para garantizar la continuidad del proceso de aprendizaje del alumnado cuando se traslade a otro centro docente sin haber finalizado la etapa.
2.- Será cumplimentado por la persona que ejerza la tutoría del alumnado en el centro de origen a partir de la información facilitada por el equipo docente.
3.- En el caso de que el alumnado se traslade a otro centro antes de finalizar la etapa, el centro de origen deberá remitir al de destino y a petición de este el informe personal por traslado, junto a una copia del historial académico. Una vez recibidos debidamente cumplimentados dichos documentos, la matriculación en el centro docente de destino adquirirá carácter definitivo y se procederá a abrir el correspondiente expediente académico.
4.- El informe personal por traslado contendrá los resultados de las evaluaciones que se hubieran realizado, la aplicación, en su caso, de medidas de atención a la diversidad y a las diferencias individuales y todas aquellas observaciones que se consideren oportunas acerca del progreso general del alumno o alumna.
Informe Final De Ciclo.
1.-Teniendo en cuenta el artículo 12.3 del Decreto 101/2023, de 9 de mayo, al finalizar cada uno de los ciclos, la persona que ejerza la tutoría emitirá un informe sobre el grado de adquisición de las competencias clave del alumnado, indicando en su caso las medidas de refuerzo que se deben contemplar en el ciclo o etapa siguiente.
2.- El informe al que se refiere este artículo sobre el grado de adquisición de las competencias clave por cada alumno o alumna al finalizar cada ciclo tendrá como referente el Perfil competencial al finalizar cada uno de los ciclos de la etapa de Educación Primaria.
3.- Los datos más relevantes de estos informes se incorporarán al expediente e historial académico del alumno o alumna en un apartado habilitado a tal efecto.
Los documentos oficiales de evaluación (salvo las actas) podrán ser consultados por las familias, en cualquier momento, previa solicitud por escrito dirigido a la secretaría del centro conforme al modelo establecido.
Procedimiento de aclaración y revisión.
1.- Los padres, madres o personas que ejerzan la tutela legal del alumnado podrán formular solicitud de revisión sobre la evaluación final del aprendizaje, así como sobre la decisión de promoción. A tales efectos, los centros docentes establecerán el procedimiento de revisión en su Proyecto educativo que, en todo caso, deberá respetar los derechos y deberes del alumnado y de sus familias contemplados en la normativa en vigor.
2.- Sin perjuicio de lo establecido por los centros docentes en sus Proyectos educativos, la solicitud de revisión se presentará en primera instancia ante la persona que ejerza la tutoría del alumnado.
3.- Si una vez obtenidas las aclaraciones de la evaluación, quisieran manifestar su disconformidad con el resultado de las evaluaciones Podrán presentar reclamaciones ante el tutor o tutora, siguiendo estos cauces:
– Las reclamaciones se realizarán por escrito, en el plazo de 3 días lectivos a la fecha de comunicación de la evaluación.
– Solo son objeto de reclamación las calificaciones de la evaluación final (Ordinaria) de curso, o las que son causa de promoción.
– La reclamación se presentará en plazo y forma dirigida a la dirección del centro.
8.3. Información Y Participación De Las Familias. Objetividad De La Evaluación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, las madres, los padres, las tutoras o los tutores legales deberán participar y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos, hijas, tutelados o tuteladas, colaborando en las medidas de apoyo o refuerzo que adopten los centros para facilitar su progreso. Tendrán, además, derecho a conocer las decisiones relativas a su evaluación y promoción, así como al acceso a los documentos oficiales de su evaluación y a las pruebas y documentos de las evaluaciones que se les realicen, en la parte referida al alumno o alumna de que se trate, sin perjuicio del respeto a las garantías establecidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y demás normativa aplicable en materia de protección de datos de carácter personal.
Dicha participación se pondrá de manifiesto a través de:
⁃ En sesión de tutoría podrán conocer los documentos oficiales de evaluación y documentos de las evaluaciones que se realicen de sus hijos o tutelados.
⁃ Con el fin de garantizar el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos/as, los maestros/as tutores/as, así como el resto del profesorado, informarán a las familias o a quienes ejerzan la tutela legal sobre la evolución escolar de sus hijos/as. Esta información se referirá a los objetivos establecidos en el currículo y a los progresos y dificultades detectados en el grado de adquisición de las competencias clave y en la consecución de las competencias específicas de cada una de las áreas. A tales efectos, los/as tutores/as requerirán, en su caso, la colaboración de los restantes miembros del equipo docente.
– Al comienzo del curso escolar, cada maestro/a tutor/a mantendrá una reunión inicial con las familias de su alumnado para dar a conocer los objetivos de cada una de las áreas curriculares, las competencias clave, los criterios de evaluación, calificación y promoción, y los procedimientos de reclamación incluidos en el Proyecto Educativo y, en su caso, las medidas de apoyo educativo y las adaptaciones curriculares derivadas de las necesidades que presente el alumno/a. De dicha reunión el/la tutor/a levantará acta de los puntos tratados con la firma de las familias asistentes.
⁃ Al menos tres veces a lo largo del curso (una de ellas para la evaluación final) y coincidiendo estas con la finalización de cada uno de los trimestres escolares, los/as tutores/as informarán por escrito a las familias sobre el aprovechamiento académico de éste y la evolución de su proceso educativo. Para ello, se utilizará el boletín de calificaciones oficial del centro. En dichos boletines se incluirá las calificaciones obtenidas en las distintas áreas cursadas y el nivel competencial alcanzado cuando corresponda al final de un ciclo. Asimismo, al finalizar el curso, se informará sobre la decisión acerca de su promoción al curso siguiente y las medidas adoptadas, en su caso, para que el alumnado alcance los objetivos establecidos en cada una de las áreas y desarrolle las competencias clave. De dicha reunión el/la tutor/a levantará acta de los puntos tratados con la firma de las familias asistentes.
⁃ El profesorado de PT/AL elaborará, trimestralmente, informes de los alumnos/as de necesidad específica de apoyo educativo, donde se refleje el seguimiento y valoración del alumnado en los Programas Específicos que desarrolla. Los informes referidos en el apartado anterior los entregará el tutor/a o maestra de PT/AL. Las familias podrán hablar con el profesorado de PT/AL en el horario de atención.
⁃ Independientemente de lo anteriormente detallado, la relación entre tutor y familia deberá ser frecuente a lo largo del curso escolar, debiéndose intensificar las entrevistas con las familias de alumnos cuyo rendimiento no sea adecuado. Cada tutor/a tendrá un registro de tutorías.
⁃ Se aconseja que los tutores/as atiendan al menos a dos familias semanalmente, al objeto de que todas puedan recibir un mínimo de 3 tutorías durante un curso escolar.
⁃ Al inicio de cada Unidad Didáctica, se informará al alumnado de las competencias específicas que se esperan alcanzar, los saberes básicos que se van a trabajar así como los instrumentos que se usarán para evaluarlos (prueba escrita, oral, trabajo grupal/individual, proyecto de investigación….)
⁃ Se darán a conocer los resultados de los instrumentos de evaluación utilizados y se dedicará un tiempo tras su corrección a la revisión y reflexión por parte del alumnado.
8.4. Medidas Para Garantizar La Objetividad Del Proceso De Evaluación.
El alumnado tiene derecho a ser evaluado conforme a criterios de plena objetividad, así como a conocer los resultados de su aprendizaje para que la información que se obtenga a través de los procedimientos de evaluación tenga valor formativo y lo comprometa en la mejora de su educación. A tales efectos se establecen las siguientes medidas para garantizar la objetividad del proceso de evaluación:
⁃ Se debe garantizar al alumno el derecho a que su dedicación, esfuerzo y trabajo sean valorados y reconocidos con objetividad.
⁃ El alumnado será informado de los objetivos, criterios de evaluación e instrumentos de calificación con los que van a ser evaluados, así como los períodos en los que se produzca.
⁃ Las familias dispondrán al inicio de curso de las enseñanzas mínimas y los criterios de evaluación y/o promoción.
⁃ Las enseñanzas mínimas y los criterios de evaluación y/o promoción serán publicados en la web del centro.
⁃ El tutor/a facilitará a las familias las aclaraciones requeridas de cada evaluación así como de la marcha y el seguimiento de las programaciones didácticas. ⁃ El tutor/as facilitará a las familias el horario de tutoría y el procedimiento para su solicitud.
⁃ El tutor/a garantizará el principio de entendimiento mutuo en el ejercicio de su función, y el principio de transparencia en la realización de la evaluación del alumnado.
- El centro facilitará a las familias los cauces establecidos en el Proyecto Educativo para la reclamación de la evaluación final o el resultado de la promoción. ⁃ Las familias tienen derecho a conocer los instrumentos de evaluación utilizados. ⁃ Las familias firmarán un documento de recepción de los criterios de promoción al inicio de curso, en la tutoría lectiva, y cada vez que reciban calificaciones por escrito.
MODELOS
DE DOCUMENTOS
MOD 01
SOLICITUD DE REVISIÓN DE DECISIONES DE PROMOCIÓN Y PERMANENCIA DE EDUCACIÓN PRIMARIA ANTE EL CENTRO (PRIMERA INSTANCIA)
APELLIDOS | NOMBRE |
ENSEÑANZA: | Primaria |
CURSO | GRUPO | CENTRO |
D/Dña ____________________________________________ con DNI ________________ y domicilio a efectos de notificación en calle ___________________________________ nº _______________ de la localidad de ________________ código postal , solicita a la dirección del Centro la revisión de (márquese con una cruz lo que proceda):
- La decisión de promoción al ciclo o etapa siguiente
- La decisión de permanencia ordinaria de un año más en ciclo
- La decisión de permanencia extraordinaria prevista para el alumnado NEE de un año más en ciclo.
Por los siguientes motivos:
En _____________________, a _______ de __________________ de 20___
(Firma del alumno/a o de sus padres o representantes legales)
MOD2
SOLICITUD PARA ELEVAR RECLAMACIONES DE PROMOCIÓN O PERMANENCIA EDUCACIÓN PRIMARIA A LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN CULTURA Y DEPORTE (SEGUNDA INSTANCIA)
APELLIDOS | NOMBRE |
ENSEÑANZA: | Primaria |
CURSO | GRUPO | CENTRO |
D/Dña ____________________________________________ con DNI ________________ y domicilio a efectos de notificación en calle ___________________________________ nº _______________ de la localidad de ________________ código postal , solicita a la dirección del Centro la revisión de (márquese con una cruz lo que proceda):
- La decisión de promoción al ciclo o etapa siguiente
- La decisión de permanencia ordinaria de un año más en ciclo
- La decisión de permanencia extraordinaria prevista para el alumnado NEE de un año más en ciclo.
Por los siguientes motivos:
En _____________________, a _______ de __________________ de 20___
(Firma del alumno/a o de sus padres o representantes legales)MOD 3
MODELO DE NOTIFICACIÓN PARA COMUNICAR LA RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE.
Destinatario: Sr./Sra.
En relación con la reclamación referida al alumno/a ____________________ _____________________________, de____curso, grupo _____, de los estudios de del Colegio ___________ de ________________, que presentó Vd. en este Centro el día de de 20______, con nº de registro , para elevarla a la Delegación Provincial se le notifica que ha de personarse en la Jefatura de Estudios de este centro el próximo día1_______ de _______________ de 20_____ a las _______ horas para recibir la comunicación sobre la decisión adoptada por la Delegación Provincial.
En _____________________, a _______ de __________________ de 20___
RECIBÍ:
FECHA:__________________ DNI: ___________
(Sello del Centro)
Firma del interesado: EL/LA JEFE/A DE ESTUDIOS
Fdo.:__________________________ Fdo.:__________________________
MOD4
COMUNICACIÓN AL INTERESADO DE LA INADMISIBILIDAD DE LA SOLICITUD DE REVISIÓN PRESENTADA POR EXTEMPORÁNEA (fuera de plazo).
Destinatario: Sr./Sra.
En relación con la solicitud de revisión, con fecha de entrada en el registro del centro , cursada por Vd. para el alumno/a de curso de del CEIP , con objeto de que fuese revisada la:
- La decisión de promoción al ciclo o etapa siguiente
- La decisión de permanencia ordinaria de un año más en ciclo
- La decisión de permanencia extraordinaria prevista para el alumnado NEE de un año más en ciclo.
Le comunico que dicha solicitud no ha sido admitida a trámite por haber sido cursada fuera de los plazos establecidos en desarrollo del artículo 9.6 de la Orden de 10 de agosto de 2007 por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación primaria en la comunidad Autónoma de Andalucía.
Según consta en la comunicación escrita de resultados remitida con fecha , el plazo establecido finalizó a las horas del día de de 20 ,
No obstante, le informo que podrá solicitar, por escrito, a la Dirección de este centro, en el plazo de dos días, a contar desde el día siguiente al recibo de esta comunicación, que eleve su reclamación a la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte.
En _____________________, a _______ de __________________ de 20___
(Sello del Centro )
EL/ LA SECRETARIO/A
Fdo.: __________________________MOD 7
MODELO DE ACTA DE SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL EQUIPO DOCENTE.
En el Colegio de______________________ , el día _____ de _____________de 20 _____ , se reúne en sesión extraordinaria el equipo docente del grupo _______ de Primaria, con el objeto de revisar el proceso de adopción de la decisión de promoción/permanencia del alumno/a________________________, tras la solicitud de revisión formulada por D/Dª________________________________________
En relación con los criterios para la promoción del alumnado establecidos con carácter general para el Centro y la normativa vigente sobre evaluación, se han tenido en cuenta la valoración de los siguientes aspectos: Por tanto, teniendo en cuenta lo anterior, el equipo docente adopta con los siguientes votos favorables emitidos ___________ (favorables ___, en contra ____, en blanco ___), por __________________ la siguiente decisión _________________ la no promoción o, en su caso permanencia.
EL/LA TUTOR/A
Fdo.: ___________________
(Firmas de todos los profesores
del Equipo docente)MOD 08
MODELO DE COMUNICACIÓN DEL JEFE DE ESTUDIOS A LOS PADRES O REPRESENTATES LEGALES DEL ALUMNADO
Destinatario: Sr./Sra.
En relación con la solicitud de revisión de la decisión de no promoción de ____________________ _______________________________________________; alumno/a de ___________ curso, grupo ________ , de Primaria del Colegio de , que presentó Vd. en este Centro el día ______ de _________________ de 20 ____, con nº de registro de entrada _________________________ , le comunico lo siguiente:
El equipo docente de ______ curso, grupo _________ de Primaria del Colegio __________________________ ____________________________ de se ha reunido, en sesión extraordinaria, el día _____ de _______________ de 20_____ , con el objeto de estudiar la referida solicitud, ha adoptado la siguiente decisión:
Contra la presente decisión, que no agota la vía administrativa, podrá solicitar por escrito a la Dirección del Centro, en el plazo de dos días hábiles a partir de la recepción de esta comunicación, que eleve la reclamación a la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, según lo dispuesto en la normativa vigente.
En _____________________, a _______ de __________________ de 20___
Vº Bº EL/LA JEFE/A DE ESTUDIOS,
EL/LA DIRECTOR/A,
(Sello del Centro)
Fdo.: Fdo.:
MOD 10
MODELO DE CERTIFICACIÓN DE PERMANENCIAS AGOTADAS POR EL ALUMNADO
D/Dña ___________________________________________________________ Secretario/a del Colegio_________ __________________________________________________ de la localidad de_____________________________,
CERTIFICA:
Que según consta en el expediente académico del alumno/a _________________________________________ ________________________________________________________ de ______ curso de Primaria y con fecha de nacimiento _________________ , a lo largo de su escolaridad en las diferentes etapas cursadas ha agotado las siguientes permanencias:
ETAPA NIVEL o CURSO CURSO ESCOLAR
Educación Infantil
Educación Primaria
Para que conste, a efectos de la reclamación de promoción / permanencia presentada por D/Dña ________ _________________________________________ se firma la presente certificación a ____________ de_________________________ de 20_______
Vo Bo
EL/ LA DIRECTOR/A EL/LA SECRETARIO/A
(Sello del Centro)
Fdo: ____________________ Fdo: _____________________
MOD 13
MODELO DE OFICIO DE REMISIÓN DE EXPEDIENTE DE RECLAMACIÓN SOBRE DECISIONES SOBRE DE PROMOCIÓN / PERMANENCIA EN LA EDUCACIÓN PRIMARIA.
Destinatario:
Ilma. Sra. Delegada Provincial
Comisión Técnica Provincial de Reclamaciones
De conformidad con las Instrucciones de la Delegación Provincial de Cádiz, sobre garantías procedimentales en la evaluación del alumnado de Educación Primaria, adjunto remito expediente de la reclamación presentada por D/Dña ________________________________________________________ como representante legal del alumno/a __________________________________________________________________
que cursa _________, grupo ______ de Primaria, contra decisión adoptada por el Tutor/a teniendo en cuenta la opinión del Equipo docente sobre la promoción / permanencia en la etapa.
Asimismo, le comunico, a efectos de cómputo de plazos, que con fecha _________________________ se publicaron, en el tablón de anuncios del centro, las calificaciones finales correspondientes al curso recurrido.
Relación ordenada de la documentación que se adjunta (SEGÚN PROCEDA):
1. Fotocopia de los criterios de evaluación comunes de promoción establecidos en el P.C.C.
2. Fotocopia del Acta de evaluación del grupo al que pertenece el alumno reclamante.
3. Fotocopia del informe personal.
4. Comunicación del trámite de audiencia (MOD 15).
5. Trámite de audiencia al interesado (MOD 16).
6. Comunicación escrita sobre resultados evaluación final.
7. Certificación de permanencias agotadas por el alumno/a (MOD 10).
8. Escrito de reclamación ante el Centro.
9. Acta de la reunión extraordinaria celebrada por el equipo docente (MOD 07).
10. Comunicación realizada por la Jefatura de Estudios (MOD 08).
11. Escrito de reclamación del interesado ante la Delegación Provincial.
12. Notificación realizada para comunicar la Resolución de la Delegación Provincial (MOD 03).
13. Otros documentos de interés: ________________________________________________
En ________________________________ , a ______ de _____________________de 20____
EL/LA DIRECTOR/A
º
(Sello del Centro)
Fdo: ______________________________
MOD 15
MODELO DE CITACIÓN, TRÁMITE DE AUDIENCIA, PARA RECABAR INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA ANTES DE ADOPTAR UNA DECISIÓN DE PROMOCIÓN O PERMANENCIA EN LA EDUCACIÓN PRIMARIA
.
Destinatario: Sr./Sra.
Como padre, madre o representante legal del alumno o alumna ______________________________________ _________________________________, de _______________ curso de Educación Primaria, de conformidad con el artículo 8 de la orden de 10 de agosto de 2007 por el que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se le cita a la reunión que tendrá lugar en el Colegio el próximo día ____ de ________________ de 20____, a las ________ horas con objeto de informarle sobre la evolución académica de su hijo o hija a lo largo del curso escolar y recabar su opinión sobre las posibilidades de promoción o permanencia.
Si desea ejercer este derecho, pero no puede asistir a la mencionada reunión deberá comunicarlo con la finalidad de buscar una solución.
En el caso de no obtener respuesta por su parte de confirmación de la asistencia, mediante la devolución del “RECIBÍ” que se adjunta firmado, en el plazo de dos días hábiles a partir de la recepción de esta notificación, se entenderá que Vdes. renuncian a ejercer el derecho de audiencia.
En ________________________________ , a ______ de _____________________de 20____
El/La Tutor/a
(Sello del Centro)
Fdo: __________________________________
RECIBÍ:
D/Dña: ____________________________________________________________
DNI ________________________________ Fecha: Confirmación de asistencia: Si No
Observaciones:
Firma del padre o madre:
MOD 16
MODELO DE TRÁMITE DE AUDIENCIA DEL TUTOR O TUTORA CON LOS PADRES O REPRESENTANTES LEGALES DEL ALUMNADO PARA RECABAR INFORMACIÓN PREVIA COMPLEMENTARIA EN LA EDUCACIÓN PRIMARIA
.
En el Colegio _______________________________________________ de_____________________ , el día ______
de __________ de 20____ , se reúne D/Dª ___________________________________________________________
tutor/a de _____________ de Primaria con D/Dª______________________________________________________
padre/madre del alumno o alumna ________________________________________________________________, con el objeto de informarle sobre la situación académica de su hijo/hija y recabar su opinión sobre las posibilidades de promoción o, en su caso, de permanencia de un año más en el mismo curso.
El tutor o la tutora informa lo siguiente:
- Evolución del aprendizaje en las diferentes áreas.
- Medidas complementarias de atención a la diversidad que se han aplicado. Apreciación global sobre la madurez alcanzada por el alumno o alumna:
- Valoración de competencias básicas instrumentales (comunicación lingüística, matemática).
- Actitud en clase. Asistencia a clase.
- Grado de desarrollo de las competencias básicas y los objetivos previstos en el ciclo o etapa.
- Expectativas que se observan para continuar con éxito estudios posteriores.
- Permanencias agotadas por el alumno o alumna en la Educación Primaria
- Otros aspectos tratados: ______________________________________________
- Previsión del equipo docente a partir de la evolución observada lo largo del curso
escolar: Promoción de ciclo o etapa.
- Permanencia ordinaria de un año más, en el ciclo.
- Permanencia extraordinaria para alumnado con n.e.e., de un año más, en el ciclo.
D/Dª _____________________________________________________________ , manifiesta estar de acuerdo / en desacuerdo (táchese lo que no proceda) con la propuesta por los siguientes motivos:
(Firma del padre/madre) EL/LA TUTOR/A,
DNI ________________ Fdo.: ___________________________