{"id":42,"date":"2015-03-13T08:40:47","date_gmt":"2015-03-13T08:40:47","guid":{"rendered":"http:\/\/blogsaverroes.juntadeandalucia.es\/pre\/ceip\/?page_id=42"},"modified":"2022-11-09T14:20:51","modified_gmt":"2022-11-09T14:20:51","slug":"equipo-directivo","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/blogsaverroes.juntadeandalucia.es\/ceipfuentedelbaden\/equipo-directivo\/","title":{"rendered":"Equipo Directivo"},"content":{"rendered":"<h1 style=\"text-align: left\"><span style=\"text-decoration: underline;color: #0000ff\"><strong>EQUIPO DIRECTIVO<\/strong><\/span><\/h1>\n<ul style=\"list-style-type: square\">\n<li style=\"text-align: left\"><span style=\"color: #808080\"><strong>Direcci\u00f3n:&nbsp; <span style=\"color: #808080\">M\u00edriam B.B.<\/span><\/strong><\/span><\/li>\n<li style=\"text-align: left\"><span style=\"color: #808080\"><strong>Jefatura de estudios: <span style=\"color: #808080\">M\u00edriam B.B.<\/span><\/strong><\/span><\/li>\n<li style=\"text-align: left\"><span style=\"color: #808080\"><strong>Secretar\u00eda: <span style=\"color: #808080\">Alicia Q.Z.<\/span><\/strong><\/span><\/li>\n<\/ul>\n<h3><strong>FUNCIONES DEL EQUIPO DIRECTIVO<\/strong><\/h3>\n<p>1. El equipo&nbsp; directivo&nbsp; de las escuelas infantiles&nbsp; de segundo&nbsp; ciclo, de los colegios de educaci\u00f3n primaria, de los colegios de educaci\u00f3n&nbsp;&nbsp; infantil y primaria&nbsp; y de los centros p\u00fablicos espec\u00edficos&nbsp; de educaci\u00f3n&nbsp; especial es el \u00f3rgano ejecutivo&nbsp; de gobierno&nbsp; de dichos centros y trabajar\u00e1 de forma coordinada en el desempe\u00f1o de las funciones que tiene encomendadas, conforme a las instrucciones de la persona que ocupe la direcci\u00f3n&nbsp; y a las funciones espec\u00edficas legalmente establecidas.<br \/>\n2. El equipo directivo tendr\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>a) Velar por el buen funcionamiento&nbsp; del centro.<\/p>\n<p>b) Establecer el horario que corresponde a cada \u00e1rea y, en general, el de cualquier otra actividad docente&nbsp; y no docente.<\/p>\n<p>c) Adoptar&nbsp; las medidas necesarias para la ejecuci\u00f3n&nbsp; coordinada&nbsp; de los acuerdos adoptados por el Consejo&nbsp; Escolar&nbsp; y el Claustro de Profesorado, as\u00ed como velar por el cumplimiento de las decisiones de los \u00f3rganos de coordinaci\u00f3n docente, en el \u00e1mbito de sus respectivas competencias.<\/p>\n<p>d) Elaborar el Plan de Centro&nbsp; y&nbsp; la memoria de autoevaluaci\u00f3n, de conformidad&nbsp; con lo establecido en los art\u00edculos 20.2 y 3 y 26.5.<\/p>\n<p>e) Impulsar la actuaci\u00f3n coordinada del centro con el resto de centros docentes de su zona educativa, especialmente con el instituto de educaci\u00f3n secundaria al que est\u00e9 adscrito.<\/p>\n<p>f) Favorecer&nbsp; la participaci\u00f3n del centro en redes de centros que promuevan&nbsp; planes&nbsp; y proyectos educativos para la mejora permanente de la ense\u00f1anza.<\/p>\n<p>g) Colaborar&nbsp; con la Consejer\u00eda&nbsp; competente&nbsp; en materia de educaci\u00f3n&nbsp; en aquellos \u00f3rganos de participaci\u00f3n que, a tales efectos, se establezcan.<\/p>\n<p>h) Cumplimentar la documentaci\u00f3n solicitada por los \u00f3rganos y entidades dependientes de la Consejer\u00eda competente en materia de educaci\u00f3n.<\/p>\n<p>i) Cualesquiera&nbsp;&nbsp; otras que le sean atribuidas por Orden de la persona titular de la Consejer\u00eda competente en materia de educaci\u00f3n.<\/p>\n<h4><strong>COMPETENCIAS DE LA DIRECCI\u00d3N.<\/strong><\/h4>\n<p>1. La direcci\u00f3n de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educaci\u00f3n primaria, de los colegios de educaci\u00f3n&nbsp; infantil y primaria&nbsp; y de los centros p\u00fablicos espec\u00edficos de educaci\u00f3n especial ejercer\u00e1 las siguientes competencias:<\/p>\n<p>a) Ostentar la representaci\u00f3n del centro, representar a la Administraci\u00f3n educativa en el mismo&nbsp; y hacerle&nbsp; llegar a esta los planteamientos,&nbsp; aspiraciones&nbsp; y necesidades&nbsp; de la comunidad educativa.<\/p>\n<p>b) Dirigir y coordinar&nbsp; todas&nbsp; las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro de Profesorado&nbsp; y al Consejo Escolar.<\/p>\n<p>c) Ejercer la&nbsp; direcci\u00f3n pedag\u00f3gica, facilitar&nbsp;&nbsp; un&nbsp; clima de&nbsp; colaboraci\u00f3n&nbsp; entre&nbsp; el profesorado, designar el profesorado responsable de la aplicaci\u00f3n de las medidas de atenci\u00f3n a la diversidad, promover la innovaci\u00f3n educativa e impulsar y realizar el seguimiento&nbsp; de los planes para la consecuci\u00f3n&nbsp; de los objetivos&nbsp; del proyecto educativo del centro.<\/p>\n<p>d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y dem\u00e1s disposiciones vigentes.<\/p>\n<p>e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.<\/p>\n<p>f) Ejercer&nbsp; la potestad disciplinaria de acuerdo con lo establecido en el art\u00edculo 71.<\/p>\n<p>g) Favorecer&nbsp; la convivencia en el centro, garantizar la mediaci\u00f3n en la resoluci\u00f3n de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan al alumnado, en cumplimiento de la normativa&nbsp; vigente&nbsp; y del proyecto educativo del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar.<\/p>\n<p>h) Impulsar la colaboraci\u00f3n con las familias, con instituciones&nbsp; y con organismos que faciliten&nbsp; la relaci\u00f3n&nbsp; del centro con el entorno&nbsp; y fomentar&nbsp; un clima escolar que favorezca el estudio&nbsp; y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formaci\u00f3n integral del alumnado en conocimientos&nbsp; y valores.<\/p>\n<p>i) Impulsar&nbsp;&nbsp; las evaluaciones&nbsp; internas del&nbsp; centro y&nbsp; colaborar&nbsp;&nbsp; en las evaluaciones externas&nbsp; y en la evaluaci\u00f3n del profesorado.<\/p>\n<p>j) Convocar&nbsp; y presidir&nbsp; los actos acad\u00e9micos&nbsp; y las reuniones&nbsp; del Consejo Escolar y del Claustro de Profesorado&nbsp;&nbsp; y ejecutar&nbsp; los acuerdos adoptados en el \u00e1mbito de sus competencias.<\/p>\n<p>k) Realizar las contrataciones de obras,&nbsp; servicios y suministros,&nbsp; as\u00ed como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro&nbsp; y ordenar&nbsp; los pagos, todo ello de conformidad&nbsp; con lo&nbsp; que establezca la Consejer\u00eda&nbsp; competente en&nbsp; materia de educaci\u00f3n.<\/p>\n<p>l) Visar&nbsp; las certificaciones&nbsp; y documentos&nbsp; oficiales del centro, as\u00ed como de los centros privados que, en su caso, se adscriban a \u00e9l, de acuerdo con lo que establezca la Consejer\u00eda competente en materia de educaci\u00f3n.<\/p>\n<p>m)&nbsp; Proponer requisitos de&nbsp; especializaci\u00f3n&nbsp;&nbsp; y&nbsp; capacitaci\u00f3n&nbsp;&nbsp; profesional&nbsp;&nbsp; respecto de determinados puestos de trabajo docentes del centro, de acuerdo con lo que a tales efectos se determine por Orden de la persona titular de la Consejer\u00eda competente en materia de educaci\u00f3n.<\/p>\n<p>n) Proponer a&nbsp; la&nbsp; persona titular de&nbsp; la&nbsp; Delegaci\u00f3n&nbsp;&nbsp; Provincial&nbsp; de&nbsp; la&nbsp; Consejer\u00eda competente en materia de educaci\u00f3n el nombramiento&nbsp; y cese de los miembros del equipo directivo, previa informaci\u00f3n al Claustro de Profesorado&nbsp; y al Consejo Escolar.<\/p>\n<p>\u00f1) Establecer&nbsp; el horario&nbsp; de dedicaci\u00f3n&nbsp; de los miembros&nbsp; del equipo directivo&nbsp; a la realizaci\u00f3n de sus funciones, de conformidad con el n\u00famero total de horas que, a tales efectos, se&nbsp; determine por Orden&nbsp; de la persona titular de la Consejer\u00eda competente en materia de educaci\u00f3n.<\/p>\n<p>o) Proponer a&nbsp; la&nbsp; persona titular de&nbsp; la&nbsp; Delegaci\u00f3n&nbsp;&nbsp; Provincial&nbsp; de&nbsp; la&nbsp; Consejer\u00eda competente en materia de educaci\u00f3n el nombramiento&nbsp;&nbsp; y cese de las personas coordinadoras de ciclo, o\u00eddo el Claustro de Profesorado.<\/p>\n<p>p) Nombrar&nbsp;&nbsp; y cesar a los tutores y&nbsp; tutoras de grupo, a propuesta de la jefatura de estudios.<\/p>\n<p>q) Decidir en lo que se refiere a las sustituciones del profesorado que se pudieran producir, por enfermedad, ausencia u otra causa de acuerdo con lo que a tales efectos se determine por Orden de la persona&nbsp; titular de la Consejer\u00eda competente en materia de educaci\u00f3n&nbsp; y respetando,&nbsp;&nbsp; en todo caso, los criterios establecidos normativamente para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo docentes.<\/p>\n<p>r) Cualesquiera&nbsp; otras que le sean atribuidas por Orden de la persona titular de la<br \/>\nConsejer\u00eda competente en materia de educaci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Las personas que ejerzan la direcci\u00f3n de los centros adoptar\u00e1n los protocolos de actuaci\u00f3n&nbsp;&nbsp; y las medidas necesarias para la detecci\u00f3n&nbsp; y atenci\u00f3n&nbsp; a los actos de violencia de g\u00e9nero dentro del \u00e1mbito escolar, as\u00ed como cuando haya indicios de que cualquier alumno o alumna&nbsp; vive en un entorno familiar o relacional en el que se est\u00e9 produciendo una situaci\u00f3n de violencia de g\u00e9nero.<\/p>\n<h4><strong>COMPETENCIAS DE LA JEFATURA DE ESTUDIOS.<\/strong><\/h4>\n<p>Son competencias de la jefatura de estudios:<\/p>\n<p>a) Ejercer, por delegaci\u00f3n de la direcci\u00f3n&nbsp; y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al r\u00e9gimen acad\u00e9mico&nbsp; y controlar la asistencia al trabajo del mismo.<\/p>\n<p>b) Sustituir al director o directora en caso de vacante, ausencia o enfermedad.<\/p>\n<p>c) Ejercer, por delegaci\u00f3n de la direcci\u00f3n, la presidencia de las sesiones del equipo t\u00e9cnico de coordinaci\u00f3n pedag\u00f3gica.<\/p>\n<p>d) Proponer a la direcci\u00f3n del centro el nombramiento&nbsp; y cese de los tutores&nbsp; y tutoras de grupo.<\/p>\n<p>e) Coordinar&nbsp; las actividades&nbsp; de car\u00e1cter acad\u00e9mico&nbsp;&nbsp; y de orientaci\u00f3n,&nbsp; incluidas&nbsp; las derivadas de la coordinaci\u00f3n con los institutos de educaci\u00f3n secundaria a los que se encuentre adscrito el centro.<\/p>\n<p>f) Elaborar,&nbsp;&nbsp; en colaboraci\u00f3n&nbsp; con los restantes miembros del equipo directivo,&nbsp; el horario general del centro, as\u00ed como el horario&nbsp; lectivo del alumnado&nbsp; y el individual de cada maestro&nbsp;&nbsp; y maestra, de acuerdo con los criterios incluidos en el proyecto educativo, as\u00ed como velar por su estricto cumplimiento.<\/p>\n<p>g) Elaborar el plan de reuniones de los \u00f3rganos de coordinaci\u00f3n docente.<\/p>\n<p>h) Elaborar la planificaci\u00f3n general de las sesiones de evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p>i) Coordinar&nbsp; las actividades de los coordinadores de ciclo.<\/p>\n<p>j) Garantizar el cumplimiento&nbsp; de las programaciones did\u00e1cticas.<\/p>\n<p>k)Organizar los actos acad\u00e9micos.<\/p>\n<p>l)&nbsp; Organizar&nbsp; la atenci\u00f3n&nbsp; y el cuidado del alumnado en los per\u00edodos de recreo&nbsp; y en las actividades no lectivas.<\/p>\n<p>m) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el&nbsp; Plan de Centro o por Orden de la persona titular de la Consejer\u00eda competente en materia de educaci\u00f3n.<\/p>\n<h4><strong>COMPETENCIAS DE LA SECRETAR\u00cdA.<\/strong><\/h4>\n<p>Son competencias de la secretar\u00eda:<\/p>\n<p>a) Ordenar el r\u00e9gimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices de la direcci\u00f3n.<\/p>\n<p>b) Ejercer la secretar\u00eda de los \u00f3rganos colegiados de gobierno del centro, establecer el plan de reuniones de dichos \u00f3rganos, levantar acta de las sesiones&nbsp; y dar fe de los acuerdos,&nbsp; todo ello con el visto bueno de la direcci\u00f3n.<\/p>\n<p>c) Custodiar los libros oficiales y archivos del centro.<\/p>\n<p>d) Expedir,&nbsp; con el visto&nbsp; bueno de la direcci\u00f3n,&nbsp; las certificaciones&nbsp; que soliciten&nbsp; las autoridades&nbsp; y las personas interesadas.<\/p>\n<p>e) Realizar el inventario general del centro y mantenerlo&nbsp; actualizado.<\/p>\n<p>f) Adquirir&nbsp; el material&nbsp; y el equipamiento&nbsp; del centro, custodiar y gestionar la utilizaci\u00f3n del mismo&nbsp; y velar por su mantenimiento en todos los aspectos, de acuerdo con la normativa&nbsp; vigente&nbsp; y las indicaciones de la direcci\u00f3n, sin perjuicio de las facultades que en materia de contrataci\u00f3n corresponden a la persona titular de la direcci\u00f3n, de conformidad con lo recogido en el art\u00edculo 70.1.k)<\/p>\n<p>g) Ejercer, por delegaci\u00f3n de la direcci\u00f3n&nbsp; y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administraci\u00f3n&nbsp;&nbsp; y servicios&nbsp; y de atenci\u00f3n educativa complementaria adscrito al centro y controlar la asistencia al trabajo del mismo.<\/p>\n<p>h) Elaborar,&nbsp; en colaboraci\u00f3n&nbsp; con los restantes miembros del equipo directivo,&nbsp; el horario del personal de&nbsp; administraci\u00f3n&nbsp;&nbsp;&nbsp; y&nbsp; servicios y&nbsp;&nbsp; de&nbsp; atenci\u00f3n educativa complementaria, as\u00ed como velar por su estricto cumplimiento.<\/p>\n<p>i) Elaborar el anteproyecto&nbsp; de presupuesto de ingresos y gastos del centro.<\/p>\n<p>j) Ordenar&nbsp; el r\u00e9gimen econ\u00f3mico del centro, de conformidad con las instrucciones de la direcci\u00f3n, realizar la contabilidad y rendir cuentas&nbsp; ante la Consejer\u00eda competente en materia de educaci\u00f3n&nbsp; y los \u00f3rganos a los que se refiere el art\u00edculo 25.4.<\/p>\n<p>k) Cualesquiera&nbsp; otras que le sean atribuidas en el Plan de Centro o por Orden de la persona titular de la Consejer\u00eda competente en materia de educaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>EQUIPO DIRECTIVO Direcci\u00f3n:&nbsp; M\u00edriam B.B. Jefatura de estudios: M\u00edriam B.B. Secretar\u00eda: Alicia Q.Z. FUNCIONES DEL EQUIPO DIRECTIVO 1. 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