El Consejo escolar es un órgano colegiado de participación de la comunidad educativa en el gobierno del centro. La Constitución Española, en su artículo 27, establece que «Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos»; este principio de participación constituye el principal instrumento para que toda la comunidad educativa pueda implicarse directamente en la toma de decisiones del mismo.
Competencias
a) Aprobar y evaluar el Plan de Centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro de Profesorado que se establecen en el artículo 66.b) y c) en relación con la planificación y la organización docente.
b) Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y la justificación de la cuenta de gestión.
c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por las personas candidatas.
d) Participar en la selección del director o directora del centro en los términos que establece la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director o directora.
e) Decidir sobre la admisión del alumnado con sujeción a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y disposiciones que la desarrollen.
f) Realizar el seguimiento de los compromisos educativos y de convivencia suscritos en el centro, para garantizar su efectividad y proponer la adopción de medidas e iniciativas en caso de incumplimiento.
g) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan al presente Reglamento y demás normativa de aplicación. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director o directora correspondan a conductas del alumno o alumna que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o representantes legales del alumnado, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
h) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
i) Reprobar a las personas que causen daños, injurias u ofensas al profesorado. En todo caso, la resolución de reprobación se emitirá tras la instrucción de un expediente, previa audiencia al interesado.
j) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 25.
k) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
l) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
m) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.
n) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Consejería competente en materia de educación.
Composición:
Equipo directivo:
Director: Manuel Gabriel Ortega García
Jefe de Estudios: Luis Miguel Correa Rubio
Secretaria: Amparo Pérez Pardo
Profesorado:
Diana Andreu Montero
Mª Ángeles Colorado Rodríguez
Laura Flores Rico
Francisco Javier García Prieto
Mª del Rocío García Vázquez
Alicia Pedraza Fernández
Noelia Pérez Cerpa
Esmeralda Rodríguez Ruiz
Madres/padres/tutores:
Ana Belén Canelada Pedrero
Raúl Collado Aguilar
Gema Delgado Pérez
Isabel Mª Lancha de la Rosa
Noemí Muñoz López
Patricia Ortega Carbajo
Cinta Rocío Rodríguez Pérez
Gema Mª Sánchez Delgado
Angélica Mª Alcaide Romero (Representante de AMPA)
Representante del Ayuntamiento:
Clotilde Vázquez Casanova
Personal Atención Educativa:
Mª Dolores Caro López
Comisiones del Consejo Escolar
Comisión permanente
Llevará a cabo todas las actuaciones que le encomiende el Consejo Escolar e informará al mismo del trabajo desarrollado.
Composición
Director: Manuel Gabriel Ortega García
Jefe de estudios: Luis Miguel Correa Rubio
Profesorado: Mª Ángeles Colorado Rodríguez
Padres/madres: Cinta Rocío Rodríguez Pérez
Comisión de convivencia
La comisión de convivencia tendrá las siguientes funciones:
a) Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar la convivencia, el respeto mutuo, así como promover la cultura de paz y la resolución pacífica de los conflictos.
b) Adoptar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de las normas de convivencia del centro.
c) Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación del alumnado, estableciendo planes de acción positiva que posibiliten la integración de todos los alumnos y alumnas.
d) Mediar en los conflictos planteados.
e) Conocer y valorar el cumplimiento efectivo de las correcciones y medidas disciplinarias en los términos que hayan sido impuestas.
f) Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el centro.
g) Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del curso, de las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas.
h) Realizar el seguimiento de los compromisos de convivencia suscritos en el centro.
i) Cualesquiera otras que puedan serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas a las normas de convivencia en el centro.
Composición
Director: Manuel Gabriel Ortega García
Jefe de estudios: Luis Miguel Correa Rubio
Profesorado: Noelia Pérez Cerpa y Alicia Pedraza Fernández
Padres/madres: Angélica Mª Alcaide ROMERO, Raúl Collado Aguilar, Noemí Muñoz López y Patricia Ortega Carbajo.
