PLAN DE CENTRO
El Plan de Centro es un documento institucional que recoge los acuerdos que las organizaciones educativas construyamos y servirá para establecer la hoja de ruta que guiará nuestras actuaciones y que estarán en consonancia con los valores, los objetivos y las prioridades de actuación del Centro Educativo.
Asimismo, incorporará la concreción de los currículos establecidos por la Administración
educativa que corresponde fijar y aprobar al Claustro, así como el tratamiento transversal en las áreas, materias o módulos de la educación en valores y otras enseñanzas.
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PROYECTO EDUCATIVO
Un centro se define en gran medida por su Proyecto Educativo. En él se plasma el modelo educativo y la concreción de la normativa que un centro realiza respecto a las enseñanzas que imparte. Aspectos tales como las finales educativas, objetivos, atención a la diversidad, etc.
Que la web de un centro informe de su Proyecto Educativo es una apuesta clara por la transparencia.
Este espacio puede mostrar tanto los aspectos esenciales del Proyecto como enlazar a otros documentos o secciones con información más detallada.
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- PROYECTO EDUCATIVO: Objetivos propios para la mejora del rendimiento escolar .
- PROYECTO EDUCATIVO: Líneas generales de actuación pedagógica.
- PROYECTO EDUCATIVO: Coordinación y concreción de los contenidos curriculares, así como el tratamiento transversal en las áreas de la educación en valores y otras enseñanzas, integrando la igualdad de género como un objetivo primordial.
- PROYECTO EDUCATIVO: Los criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente del centro y del horario de dedicación de las personas responsables de los mismos para la realización de sus funciones, de conformidad con el número total de horas que, a tales efectos, se establezca por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.
- PROYECTO EDUCATIVO: Los procedimientos y criterios de evaluación y promoción del alumnado en Educación Infantil.
- PROYECTO EDUCATIVO: Los procedimientos y criterios de evaluación y promoción del alumnado en Educación Primaria.
- PROYECTO EDUCATIVO: La forma de atención a la diversidad del alumnado.
- PROYECTO EDUCATIVO: La organización de las actividades de recuperación para el alumnado con áreas pendientes de evaluación positiva.
- PROYECTO EDUCATIVO: El plan de orientación y acción tutorial.
- PROYECTO EDUCATIVO: BORRADOR El procedimiento para suscribir compromisos educativos y de convivencia con las familias.
- PROYECTO EDUCATIVO: El plan de convivencia a desarrollar para prevenir la aparición de conductas contrarias a las normas de convivencia y facilitar un adecuado clima escolar a que se refiere el artículo.
- PROYECTO EDUCATIVO: El plan de formación del profesorado.
- PROYECTO EDUCATIVO: Los criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así como los objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar.
- PROYECTO EDUCATIVO: Los procedimientos de evaluación interna.
- PROYECTO EDUCATIVO: Los criterios para establecer los agrupamientos del alumnado y la asignación de las tutorías, de acuerdo con las líneas generales de actuación pedagógica del centro y orientados a favorecer el éxito escolar del alumnado.
- PROYECTO EDUCATIVO: Los criterios generales para la elaboración de las programaciones didácticas de las áreas de la educación primaria y de la educación especial y las propuestas pedagógicas de la educación infantil.
- PROYECTO EDUCATIVO: Plan de Mejora.
- PROYECTO EDUCATIVO: Procesos de Tránsito.
- PROYECTO EDUCATIVO. Plan de actuación para el tratamiento y fomento de la lectura en el centro.
- PROYECTO EDUCATIVO: BORRADOR PLAN DE MEDIDAS PARA EL FOMENTO DEL RAZONAMIENTO MATEMÁTICO.
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- l Reglamento de Organización y Funcionamiento (ROF) es el documento que regula el funcionamiento de la organización para el logro de sus objetivos; en concreto la convivencia, los cauces de participación, el uso de los espacios y la organización de los recursos materiales y humanos.
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- El proyecto de gestión recoge la ordenación y utilización de los recursos del centro, tanto materiales como humanos.
Los centros tendráNautonomía de gestión siempre conforme a los términos establecidos en la legislación vigente.
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