{"id":42,"date":"2015-03-13T08:40:47","date_gmt":"2015-03-13T08:40:47","guid":{"rendered":"http:\/\/blogsaverroes.juntadeandalucia.es\/pre\/ceip\/?page_id=42"},"modified":"2025-11-05T12:36:37","modified_gmt":"2025-11-05T12:36:37","slug":"equipo-directivo","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/blogsaverroes.juntadeandalucia.es\/ceipvelada\/equipo-directivo\/","title":{"rendered":"Equipo directivo"},"content":{"rendered":"<p><strong>EQUIPO DIRECTIVO<\/strong><\/p>\n<p>En el <u>Cap\u00edtulo V del Decreto 328\/2010<\/u>, se establecen las funciones, composici\u00f3n, competencias y selecci\u00f3n de los miembros del equipo directivo. A tal efecto, en el presente documento solo se incluir\u00e1 lo referido a organizaci\u00f3n y funcionamiento del mismo, debi\u00e9ndonos remitir a la normativa se\u00f1alada para consultar los aspectos anteriores.<\/p>\n<p>COMPETENCIAS DEL EQUIPO DIRECTIVO.<\/p>\n<ol>\n<li>El equipo directivo de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educaci\u00f3n primaria, de los colegios de educaci\u00f3n infantil y primaria y de los centros p\u00fablicos espec\u00edficos de educaci\u00f3n especial es el \u00f3rgano ejecutivo de gobierno de dichos centros y trabajar\u00e1 de forma coordinada en el desempe\u00f1o de las funciones que tiene encomendadas, conforme a las instrucciones de la persona que ocupe la direcci\u00f3n y a las funciones espec\u00edficas legalmente<\/li>\n<li>El equipo directivo tendr\u00e1 las siguientes funciones:<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Velar por el buen funcionamiento del centro<\/li>\n<li>Establecer el horario que corresponde a cada \u00e1rea y, en general, el de cualquier otra actividad docente y no docente.<\/li>\n<li>Adoptar las medidas necesarias para la ejecuci\u00f3n coordinada de los acuerdos adoptados por el Consejo Escolar y el Claustro de Profesorado, as\u00ed como velar por el cumplimiento de las decisiones de los \u00f3rganos de coordinaci\u00f3n docente, en el \u00e1mbito de sus respectivas<\/li>\n<li>Elaborar el Plan de Centro y la memoria de autoevaluaci\u00f3n, de conformidad con lo establecido en los art\u00edculos 20.2 y 3 y 26.5.<\/li>\n<li>Impulsar la actuaci\u00f3n coordinada del centro con el resto de centros docentes desu zona educativa, especialmente con el instituto de educaci\u00f3n secundaria al que est\u00e9<\/li>\n<li>Favorecer la participaci\u00f3n del centro en redes de centros que promuevan planes y proyectos educativos para la mejora permanente de la ense\u00f1anza.<\/li>\n<li>Colaborar con la Consejer\u00eda competente en materia de educaci\u00f3n en aquellos \u00f3rganos de participaci\u00f3n que, a tales efectos, se establezcan.<\/li>\n<li>Cumplimentar la documentaci\u00f3n solicitada por los \u00f3rganos y entidades dependientes de la Consejer\u00eda competente en materia de educaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Cualesquiera otras que le sean atribuidas por Orden de la persona titular de la Consejer\u00eda competente en materia de educaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Las funciones del Equipo Directivo, as\u00ed como las funciones y competencias espec\u00edficas de cada uno de sus miembros son las indicadas en los art\u00edculos 68.1, 68.2, 70, 73 y 74 del Cap\u00edtulo V del <a href=\"https:\/\/www.juntadeandalucia.es\/boja\/2010\/139\/3\">Decreto 328\/2010 de 13 de julio<\/a>.<\/p>\n<p><strong>Org\u00e1nos unipersonales:<\/strong><\/p>\n<p><strong>Direcci\u00f3n: <\/strong>Rosa Montero Jim\u00e9nez<\/p>\n<p><strong>Jefatura de Estudios: <\/strong>Ximena Linaje Balada<\/p>\n<p><strong>Secretar\u00eda: <\/strong>M\u00aaJos\u00e9 V\u00e1zquez Navas<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>EQUIPO DIRECTIVO En el Cap\u00edtulo V del Decreto 328\/2010, se establecen las funciones, composici\u00f3n, competencias y selecci\u00f3n de los miembros del equipo directivo. 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