INSCRIPCIÓN A 1º CURSO

INSCRIPCIÓN A 1º CURSO

Las pruebas de acceso a estas enseñanzas se celebrarán entre el 16 de mayo y el 5 de junio de cada año y se ajustarán a lo establecido en la Orden de 7 de julio de 2009 (Boja nº 145 de 28 de julio de 2009).

La solicitud se realizará desde el  1 DE ABRIL AL 30 DE ABRIL presentado  el impreso de inscripción ANEXO I por uno de los siguientes medios:

  • Presencialmente en la secretaria del conservatorio. En horario de lunes a jueves de 16:00 a 20:00h y viernes de 10 a 13h
  • En la Secretaría Virtual de la Consejería de Educación y Deporte.
  • Dicho impreso debe ir acompañado de una fotocopia del libro de familia, partida de nacimiento u otro documento oficial acreditativo de la identidad y edad del aspirante, salvo que autorice a la Consejería de Educación para la obtención de sus datos personales en el apartado 6 del impreso de inscripción.

 

Para ingresar en 1º curso de Enseñanzas Básicas hay que realizar una Prueba aptitud, para evaluar las aptitudes para la música de los aspirantes. Se deben tener, como mínimo, 8 años cumplidos a 31 de Diciembre del año en curso.

Las especialidades instrumentales que se pueden estudiar en nuestro centro son: Clarinete, Flauta, Guitarra, Piano, Percusión, Saxofón, Violín y Violonchelo. En la solicitud se podrán todos los instrumentos por orden de preferencia del alumnado.

Recomendamos rellenar las ocho opciones, para tener más probabilidades de obtener plaza en alguno de ellos, pues de lo contrario es posible que a pesar de superar la prueba de aptitud, no se obtenga plaza al no haber especificado las ocho especialidades

¿CUANDO SE REALIZA?

La prueba de aptitud se celebrará en todos los centros en los que se impartan las enseñanzas elementales básicas de música y de danza entre el 16 de mayo y el 5 de junio. Dicha prueba será convocada por la persona que ejerza la dirección del centro docente con anterioridad al 10 de mayo, indicando las fechas de celebración de la misma y el tipo de ejercicios que configurarán su contenido, con el fin de orientar a las personas participantes.

¿CUÁL ES EL CONTENIDO?

La prueba de aptitud no tendrá en cuenta, en ningún caso instrumento alguno y será elaborada por cada centro, a partir de la valoración de las siguientes capacidades:

a) Valoración de la capacidad rítmica.
b) Valoración de la capacidad auditiva, a través de la percepción del tono e intensidad de los sonidos, de una línea melódica y del canto de melodías sencillas.

¿EN QUÉ CONSISTE?

1.Valoración de las capacidades rítmicas:

  • Ritmo percutido: Un miembro del tribunal procederá a la realización de modelos de percusión rítmica que serán imitados por el/la aspirante mediante palmadas.

2.Valoración de las capacidades auditivas:

  • Reconocimiento melódico

Un miembro del tribunal procederá a la realización de pequeños fragmentos melódicos que serán imitados por el/la aspirante con la voz.

  • Reproducción melódica

El/la aspirante procederá a la reproducción de una canción o parte de ella, previamente preparada, ante el tribunal

¿CÓMO SE CALIFICA?

La prueba quedará calificada según las rúbricas que se indican a continuación.

La nota máxima de cada uno de los dos apartados, tanto de las capacidades rítmicas como de las capacidades auditivas será de 10 puntos.
Cada una de los dos apartados se evaluará según los siguientes criterios:

1. De 9/10 Puntos. El aspirante ha realizado el ejercicio correctamente.

2. De 7/8 Puntos. El aspirante ha realizado el ejercicio sin apenas dificultades, con fallos leves en la interpretación.

3. De 5/6 Puntos. El aspirante ha realizado el ejercicio con algunas dificultades, y varios fallos en su interpretación.

4. De 3/ 4 Puntos. El aspirante ha realizado el ejercicio con dificultades, incluyendo fallos graves en la interpretación.

5. De 1/ 2 Puntos. El aspirante ha realizado el ejercicio con muchas dificultades y fallos graves en la interpretación

6. 0 puntos – El aspirante no ha realizado el ejercicio.

¿CÓMO CONSULTAR LA LISTA DE ADMITIDOS/AS?

Ésta se confecciona en función de la edad, la puntuación obtenida y el número de plazas vacantes que concede la Consejería de Educación. El resto de los alumnos/as aptos aparecerán en una lista de espera, por si hay alguna renuncia o ampliación del número de plazas.

SUPERACIÓN DE LA PRUEBA

Para superar la prueba se deberá obtener como mínimo una calificación global de 5 puntos.en la calificación global un mínimo de 5 puntos. El alumnado de 8 años tiene prioridad sobre los de mayor edad.

La superación de la prueba no garantiza la obtención de plaza escolar (quedando condicionada ésta a la disponibilidad de plaza escolar vacante) y surtirá efecto únicamente para el curso académico para el que hayan sido convocadas.

El proceso de adjudicación de plazas consta de dos adjudicaciones. La primera adjudicación se realizará una vez publicada la relación definitiva de calificaciones de las pruebas y la segunda adjudicación se realizará una vez finalizado el plazo de matriculación, al objeto de incorporar a la oferta de plazas vacantes las correspondientes al alumnado que, habiendo obtenido plaza en la primera adjudicación, no hubiera formalizado matrícula o reserva de plaza.

Tras la primera adjudicación, el alumnado que haya obtenido plaza en el instrumento solicitado en primer lugar está obligado a formalizar la matrícula en las enseñanzas correspondientes a dicho instrumento. La persona solicitante que no haya obtenido plaza en el instrumento solicitado en primer lugar podrá optar entre formalizar la matricula en el instrumento adjudicado o realizar reserva de plaza en el mismo, en espera de obtener otro más favorable en la segunda adjudicación. Si no se ejercen ninguna de las opciones por la persona solicitante, se la dará por desistida en el procedimiento de adjudicación.

Impreso de matrícula. ANEXO III y Solicitud de reserva de plaza. ANEXO V