PLAN DE CENTRO 2024-25
El PLAN DE CENTRO lo conforman los siguientes documentos:
- Proyecto Educativo
- Proyecto de Gestión
- R.O.F. (reglamento de organización y funcionamiento).
El Plan de Centro será elaborado por el Euipo Directivo y aprobado por el Consejo Escolar, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro de Profesorado.
En su elaboración el Equipo Directivo requerirá la colaboración e implicación del Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica (E.T.C.P.) y de otros órganos de coordinación docente.
El Claustro de Profesorado formulará propuestas al Equipo Directivo para la elaboración del Plan de Centro, fijará criterios referentes a la orientación y tutoría del alumnado, informará el reglamento de organización y funcionamiento y aprobará y evaluará los aspectos educativos del Plan de Centro a que se refieren las letras b), c), d), e), f), g), k), n) y ñ) del artículo 21.3 del Decreto 328/2010.
El Plan de Centro tendrá un carácter plurianual, obligará a todo el personal del centro y vinculará a la comunidad educativa del mismo.
PROYECTO EDUCATIVO
Un centro se define en gran medida por su Proyecto Educativo. En él se plasma el modelo educativo y la concreción de la normativa que un centro realiza respecto a las enseñanzas que imparte. Aspectos tales como las finalidades educativas, objetivos, atención a la diversidad, etc.
PROYECTO DE GESTIÓN
El Proyecto de gestión se define como el documento marco que desarrolla las líneas de gestión de forma que, desde la autonomía que el centro tiene para definir nuestro Proyecto Educativo, asignemos las dotaciones económicas y materiales precisas para desarrollar los objetivos del P.E.C. cada curso escolar.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO (R.O.F.)
Aquí se recogen los aspectos de organización y funcionamiento del centro (R.O.F.).
ANEXO
Extracto: CRITERIOS DE ASIGNACIÓN DEL ALUMNADO