Resolución Provisional “Reconocimiento como Centros Promotores de Convivencia Positiva (Convivencia+)”.

Ayer se publicó la Orden de 11 de abril de 2011, por la que se regula la participación de los centros docentes en la Red Andaluza “Escuela: Espacio de Paz” y el procedimiento para solicitar reconocimiento como Centros Promotores de Convivencia Positiva (Convivencia+), estableció el procedimiento para que los centros docentes pertenecientes a la Red Andaluza “Escuela: Espacio de Paz” pudiesen solicitar su reconocimiento como Centros Promotores de Convivencia Positiva (Convivencia+).
Durante el curso 2021/2022, los centros docentes sostenidos con fondos públicos inscritos en la Red Andaluza «Escuela: Espacio de Paz», mediante el procedimiento y el plazo establecidos en el artículo 5 de la citada Orden de 11 de abril de 2011, han sido según consta en el registro del Sistema de Información Séneca:

– Número de centros docentes inscritos en la Red Andaluza “Escuela: Espacio de Paz”: 2.501 (471 Málaga)
– Número de centros docentes inscritos a través de la modalidad unicentro: 2.007 (386 Málaga)
– Número de proyectos intercentros: 126 (20 Málaga)
– Número de centros docentes inscritos a través de la modalidad intercentros: 494 (85 Málaga)

Vistas las solicitudes presentadas y efectuada su valoración por la Comisión evaluadora, según consta en el acta de reunión celebrada el 15 de julio de 2022, esta Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, a propuesta de dicha Comisión evaluadora y por delegación de la
Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de dicha Orden.

Atendiendo a los datos de los centros malagueños, cabe destacar que 157 han sido reconocidos

Los centros docentes públicos reconocidos como Centros Promotores de Convivencia Positiva (Convivencia+) podrán recibir un suplemento económico para la realización de actividades dirigidas a la mejora de la convivencia escolar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la Orden de 11 de abril de 2011.
De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 24 de la citada Orden, los centros que deseen presentar alegaciones o renuncia expresa, dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución provisional, conforme al modelo y procedimiento establecido para ello a través del Sistema de Información Séneca.

Descarga la Resolución:

Resolución Provisional Convivencia Positiva 2022(F)

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