16 de noviembre: Día del Flamenco

El próximo 16 de noviembre se celebrará el Día del Flamenco. Por esta razón, la Consejería de Educación y Deporte ha publicado una instrucción para la celebración de este día en los centros educativos de Andalucía.

El flamenco cuenta con una extraordinaria proyección cultural, no solo en Andalucía, sino en el resto de
España y a nivel internacional. Evidencia de ello es su incorporación el día 16 de noviembre de 2010 a la
lista de manifestaciones culturales que forman parte del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad
de la UNESCO.

El aprendizaje del arte y la cultura en los centros docentes constituye una de las estrategias más poderosas
para la construcción de una ciudadanía intercultural. La presencia del flamenco en el sistema educativo, a
través de las diferentes áreas y materias del conocimiento, contribuye al desarrollo integral y pleno del
alumnado, además de favorecer la valoración, apreciación y respeto por este arte que ha experimentado un
extraordinario desarrollo.

Primero. Conmemoración del Día del Flamenco en los centros docentes andaluces.

1. Todos los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de esta Comunidad
Autónoma celebrarán el día 16 de noviembre de cada año, o con anterioridad al mismo si recayese
en día no lectivo, el Día del Flamenco.

2. Anteriormente a la citada fecha, los centros, en virtud de la autonomía pedagógica, de organización
y de gestión que les concede la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, y los respectivos reglamentos
orgánicos, programarán actividades para la conmemoración del Día del Flamenco con el alumnado.
Dichas actividades se orientarán a promover el conocimiento y la reflexión en torno al flamenco
como elemento singular del patrimonio cultural andaluz, valorado y respetado dentro de la cultura
española y universal.

3. La programación anteriormente mencionada comprenderá actividades, a realizar con el alumnado
dentro del horario lectivo, sobre el flamenco, su historia, geografía, tradiciones, cantes y bailes,
palos, estilos y variantes expresivas que lo caracterizan, pudiendo tener igualmente carácter de
actividades extraescolares.

4. Cabe destacar la presencia de especialidades y materias específicas relacionadas con el estudio
del Flamenco en los conservatorios profesionales y superiores de Música y de Danza de Andalucía,
cuyo alumnado y profesorado está especialmente concernido por esta iniciativa.

5. Para las actividades indicadas en los apartados anteriores, se podrá solicitar la colaboración de
personalidades, para lo cual los centros docentes procurarán cooperar con ayuntamientos,
instituciones y organizaciones representativas de la vida social, política y cultural de Andalucía.

6. Las Delegaciones Territoriales de la Consejería competente en materia de educación prestarán a los
centros, en el ámbito de sus competencias, el apoyo necesario para la realización de las
actividades programadas por ellos.

Segundo. Inclusión del flamenco en la planificación de actividades extraescolares y
complementarias del centro.

1. Los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Consejería competente en
materia de educación potenciarán el flamenco con carácter de actividad extraescolar o
complementaria de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 17 de abril de 2017, por la que se
regula la organización y el funcionamiento de los servicios complementarios de aula matinal,
comedor escolar y actividades extraescolares, así como el uso de las instalaciones de los centros
docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar.

2. Podrá participar en las actividades extraescolares de flamenco el alumnado matriculado en las
diferentes etapas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, los ciclos formativos de Formación Profesional, así como alumnado procedente de
otros colectivos que por interés social y cultural deseen incorporarse.

3. Del mismo modo, podrá participar en las actividades programadas por sus centros docentes para
la celebración del Día del Flamenco el alumnado que cursa enseñanzas elementales, profesionales
y superiores de Música y Danza, enseñanzas superiores de Arte Dramático y enseñanzas
profesionales y superiores de Artes Plásticas y Diseño.

4. Se recomienda que las actividades extraescolares estén vinculadas con las actuaciones
programadas por el centro para el Día del Flamenco o el Día de Andalucía. Las mismas tendrán
carácter voluntario para todos los alumnos y alumnas y en ningún caso formarán parte del proceso
de evaluación del alumnado para la superación de las distintas áreas o materias que integran los
currículos.

5. Los centros incluirán las actividades complementarias y extraescolares relacionadas con el
flamenco que se propongan realizar en las programaciones didácticas y en el Proyecto Educativo
de Centro.

6. Desde la Consejería competente en materia de educación se organizarán actividades formativas en
flamenco dirigidas al profesorado y adecuadas a la demanda efectuada por los centros docentes.
Asimismo, desde el Portal Educativo del Flamenco se ofrecerán recursos y propuestas que sean
referentes para las actividades complementarias y extraescolares a desarrollar en los centros.

ACCESO DOCUMENTO ORIGINAL

Instrucción_Día_del_Flamenco (PDF / 87.33Kb)

 

También te podría gustar...