PRUEBAS PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE BACHILLER PARA PERSONAS MAYORES DE 20 AÑOS (2021)

1. Calendario

  • Plazo de presentación de solicitudes: Del 17 de febrero al 3 de marzo (ambos incluidos).
  • La convocatoria del año 2021 tendrá lugar en dos jornadas, los días 10 y 17 de abril, de acuerdo con la organización horaria establecida en el Anexo III de la Resolución de 5 de febrero de 2021.

2. Inscripción

  • La presentación de solicitudes de inscripción se realizará conforme al modelo establecido en el anexo III de la Orden de 16 de septiembre de 2019 (por la que se regulan las pruebas), que estará disponible a través de la Secretaría Virtual de los Centros Educativos y en el Portal de Educación Permanente.
  • La presentación de la solicitud de inscripción se realizará preferentemente por vía telemática, a través de la Secretaría Virtual de los Centros Educativos, mediante certificado digital en vigor o mediante sistema de identificación y de firma desarrollado por la Consejería de Educación y Deporte.
  • En caso de no disponer de certificado digital u otro sistema de firma electrónica, la solicitud podrá ser presentada, con copia para la persona interesada, en el centro elegido como primera opción o en cualquiera de los registros y oficinas a que hace referencia el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Las personas interesadas marcarán, por orden de preferencia, hasta un máximo de tres centros de la misma provincia de entre los autorizados para realizar la modalidad de Bachillerato elegida. Las personas solicitantes admitidas quedarán finalmente inscritas en aquel centro sede que les sea adjudicado en la publicación de las listas definitivas.
  • De acuerdo con el anexo I de la Resolución de 5 de febrero, la inscripción se hará por pruebas, desde un mínimo de una hasta un máximo de ocho. Con carácter general, las personas aspirantes se inscribirán en las pruebas de agrupación de materias de 1º y 2º y/o en las pruebas que incluyen dos materias individualizadas, salvo que tengan aprobada alguna de las materias que la componen, en cuyo caso se inscribirán solo en la prueba individualizada correspondiente a la materia o materias no superadas.
  • A las personas inscritas se les podrá reconocer como superadas las materias de Bachillerato con calificación positiva cursadas con anterioridad y/o aprobadas en pruebas de obtención del título de convocatorias pasadas, de acuerdo con la normativa vigente.

3. Contenidos de las pruebas

  • Los contenidos de las pruebas tendrán como referente lo dispuesto en los Anexos I y II del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, y en los Anexos I, II y III de la Orden de 14 de julio de 2016.
  • Las pruebas se realizarán de forma diferenciada según sus distintas modalidades de conformidad con la ordenación vigente. Para la obtención del título de Bachiller por esta vía los solicitantes deberán acreditar la superación, con la obtención de calificación positiva en los ejercicios correspondientes o por reconocimiento de materias superadas, de las siguientes materias de Bachillerato:
    – Ocho materias – cuatro de primero y cuatro de segundo – correspondientes al bloque de asignaturas generales (pruebas 1, 2, 3 y 4).
    – Cuatro materias – dos de primero y dos de segundo – correspondientes al bloque de asignaturas de opción (pruebas 5 y 6).
    – Cuatro materias – dos de primero y dos de segundo – correspondientes al bloque de asignaturas específicas (pruebas 7 y 8).
  • La estructura de materias y pruebas es la recogida en el Anexo I de la Resolución de 5 de febrero de 2021.
  • Conforme al artículo 3 del Real Decreto 562/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las condiciones para los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller, de
    acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, las personas interesadas que se encuentren en posesión de un Título de Técnico o de Técnico Superior de Formación Profesional, o de Técnico de las Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza, podrán obtener el título de Bachiller superando las pruebas correspondientes a las materias generales del bloque de asignaturas troncales de la modalidad de Bachillerato que elijan.

4. Traslado de calificaciones a alumnado que simultáneamente esté matriculado en Bachillerato ordinario y Bachillerato para personas adultas

  • Cuando las personas inscritas en las pruebas no sean propuestas para la obtención del Título de Bachiller, pero obtengan evaluación positiva en una o varias materias y simultáneamente estén cursando enseñanzas de bachillerato ordinario o para personas adultas, esta calificación o calificaciones positivas quedarán incorporadas al expediente académico de las enseñanzas de
    bachillerato. La evaluación positiva obtenida se trasladará a la evaluación final de junio.

5. Información

  • Para mayor información, se puede acceder al Portal de Educación Permanente de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía, en el apartado de Pruebas/Obtención de título de Bachiller.
Comparte
Updated: 17 febrero, 2021 — 12:46 pm