El alumnado de 3º y 4º de ESO, Bachillerato y Ciclos Formativos debe suscribir el seguro escolar obligatorio según dicta la ley. Sus prestaciones están incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social y cubre los riesgos de accidente escolar, enfermedad o infortunio familiar a todos los estudiantes españoles, o extranjeros residentes legales en España, menores de 28 años, que cursen estudios oficiales desde tercero de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) hasta los estudios de posgrado universitarios (máster o doctorado). Para acceder a las prestaciones del seguro es necesario presentar los impresos de solicitud de prestación del seguro escolar en los centros de atención e información de la Seguridad Social o en cualquiera de los lugares del ámbito de la Administración general del estado.
El alumnado de 1º y 2º de ESO está exento de esta obligación por lo que carece de seguro escolar. En caso de accidente o enfermedad este alumnado será atendido por el Sistema de Salud de la Seguridad Social o por el seguro médico que la familia tenga contratado.