Decreto Ley 2/2021: Admisión alumnado en centros

Se ha publicado: Decreto-ley 2/2021, de 2 de febrero, por el que se modifican, con carácter urgente, la normativa de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 

Entre las novedades, modifica o recoge aspectos de interés para la orientación educativa: 

  • Determinados criterios y procedimientos de admisión, adecuándolos a la a Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. Dicha ley orgánica que, de acuerdo con lo dispuesto en su disposición final sexta, ha
    entrado en vigor el pasado día 19 de enero de 2021, dispone en su disposición final quinta que las modificaciones relativas a la admisión del alumnado se aplicarán a la entrada en vigor de la misma salvo que el procedimiento se hubiera iniciado con anterioridad a dicha entrada en vigor.
  • Edad de permanencia: «11. De acuerdo con el artículo 74.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales, a que se refiere el artículo 73 de dicha Ley Orgánica y el artículo 113.2 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, en los centros docentes específicos de educación especial
    y en los centros docentes de educación secundaria, cursando la enseñanza básica en la modalidad de aula específica de educación especial, podrá extenderse hasta los veintiún años. A tales efectos se entenderá que el último año académico en el que podrá
    permanecer escolarizado este alumnado es aquél en el que cumple dicha edad.»  (pág. 14).
  • Escolarización del alumnado con NEAE. 

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