ESTUDIOS NO UNIVERSITARIOS EN ESPAÑA TRAS CURSAR ESTUDIOS EN EL EXTRANJERO

Cuando un alumno/a español ha permanecido algún tiempo en un sistema educativo extranjero (un mes, un trimestre, un semestre, un curso o más…) pero se reincorpora a la ESO, no es necesario solicitar convalidación de estudios, sino que el equipo docente debe acordar el proceso de evaluación continua de este alumnado en base a la normativa vigente, y en todo caso consultar con su Inspector/a de referencia.

En el caso de que se trate de un/a alumno/a de otro país que accede a la Secundaria, también puede matricularse directamente.                                                                                      

         Si tiene un desfase de dos cursos o más puede escolarizarse en el curso inmediatamente inferior al que le correspondería por edad (artículo 21 del Decreto 102/2023 y art 17 de la Orden de 20/5/2023). Se podrá incorporar al grupo correspondiente a su edad cuando a juicio del tutor/a, con el acuerdo del equipo docente y el asesoramiento del D. de Orientación se considere que ha superado el desfase.

      En el caso de desconocimiento del idioma español, el profesorado de ATAL participará en su evaluación.

                 Recursos para facilitar su aprendizaje del español: 

  1. Profesorado de ATAL (Aula Temporal de Adaptación Lingüística) regulado por la Orden de 15 de enero de 2007. En el momento que se incorpore el alumno a un centro público, el equipo directivo lo solicita por ventanilla electrónica al Servicio de Ordenación Educativa para que el Área de Educación Compensatoria lo asigne. Lo habitual es que puedan atenderlo entre 2 y 6 horas a la semana. Si no se le pudiera asignar para que lo atendiera, por ejemplo porque en el centro hay muy pocos alumnos con este necesidad, o se trata de un centro concertado, se puede contactar con el Área de Compensatoria para recibir asesoramiento sobre materiales.
  2. Programa PALI (Programa de acompañamiento lingüístico para alumnado inmigrante). Consiste en enseñanza del castellano, de 2 a 4 horas, en horario de tarde. Para alumnado escolarizado en segundo o tercer ciclo de Primaria, o en la ESO.  Los centros pueden solicitar este programa a través de Séneca.  Más información en las instrucciones anuales que suelen salir en junio sobre el programa PROA.  Si el alumno está matriculado en un centro que no oferta el programa, se puede consultar al Área de Compensación Educativa del SOE si hay otro centro en la zona, y se podría incorporar si quedan plazas libres. Los centros concertados no pueden solicitar el programa, pero el alumnado de esos centros sí puede incorporarse a otro centro que lo tenga.
  3. Maestro de educación compensatoria (si el centro dispone de este personal) o maestro de pedagogía terapéutica. Para poder recibir la atención de estos profesionales el alumno tendría que ser censado como «alumnado que precisa acciones de carácter compensatorio» por incorporación tardía al sistema educativo. Es necesario para ello de un desfase curricular de al menos un curso en Educación Primaria y dos cursos en Educación Secundaria. 
  4. Plan educativo de interculturalidad,  cultura y lengua española para personas procedentes de otros países, que se imparte en muchos CEPER y SEPER (Centros de educación permanente). Consisten en clases presenciales que pueden ser hasta 10 horas a la semana. Pueden acceder alumnos que cumplan 16 años en el año natural en el que se inicia el plan si acreditan alguna de las excepciones consideradas en el Art. 3 de la Orden de 25/5/2012 sobre admisión en enseñanzas para personas adultasEn el caso de este alumnado, lo más frecuente es acreditar «dificultad social extrema o riesgo de exclusión» mediante informe de un trabajador social que se enviará a la Coordinación Provincial de Educación Permanente del Servicio de Ordenación Educativa de la Delegación Provincial. Si hay plazas libres, se puede matricular hasta el 20 de diciembre. Si es un caso sobrevenido, que llega a España después de esa fecha, la normativa contempla excepcionalidad (contactar con la Coordinación Provincial de Educación Permanente).
  5. Español como Lengua Extranjera impartido en Escuelas Oficiales de Idiomas (EOI).  Regulados por la Orden de 20 de abril 2012, con versión vigente de 24/2/2018 y la  Instrucción de 22/4/2025 sobre escolarización en EOISon clases de español, varias mañanas o tardes por semana. Pueden incorporarse personas que cumplan 14 años en el año natural en el que se inicia esta enseñanza. Aunque la solicitud es del 1 al 20 de mayo, pueden matricularse durante el primer trimestre si hay plazas libres. Y si esta formación se imparte de forma cuatrimestral, pueden consultar en la EOI si pueden matricularse en otra fecha. En este caso hay que abonar matrícula, a no ser que el alumno sea receptor de beca.
  6. Fuera del sistema educativo, hay distintas ONG que ofrecen gratuitamente clases de español. Ej. Cruz roja, Cáritas, Tierra de todos, etc.

En el caso de que quiera incorporarse a un Ciclo Formativo de Grado Básico, la Resolución de la Dirección General de Formación Profesional, de 11 de junio de 2024, por la que se dictan instrucciones para el desarrollo del procedimiento de admisión y matrícula en los ciclos formativos de grado básico, para el curso escolar 2024-2025, en los centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía establece que: “El requisito previsto en la letra b) (Haber cursado el tercer curso o, excepcionalmente y a criterio del equipo docente y el responsable de la orientación en el centro, el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria) no será de aplicación en el caso de jóvenes entre 15 y 18 años que no hayan estado escolarizados en el sistema educativo español y cuyo itinerario educativo aconseje su incorporación a un ciclo formativo de grado básico como el itinerario más adecuado, mediante consejo orientador, y en las condiciones que se determinen en cada caso. En estos casos, la persona en cuestión deberá poseer los conocimientos del idioma que le permitan el seguimiento de la formación».

Por otro lado, sí es necesario solicitar convalidación de estudios para incorporarse a formación postobligatoria, como: bachillerato, ciclos formativos de formación profesional, enseñanzas artísticas profesionales o superiores, y enseñanzas deportivas. Se puede encontrar una información muy completa sobre el trámite de convalidación (de un curso) u homologación (de un título) de estudios extranjeros en la web del Ministerio de Educación y FP, en el apartado de trámites y servicios. Por su parte, en el apartado de homologación y convalidación dentro del S.G. de Ordenación Educativa de la misma web del Ministerio de Educación y FP, hay accesos directos a la solicitud, a consultas sobre el estado del procedimiento, a los cursos o títulos que son equivalentes entre el sistema educativo de distintos países y el español, incluyendo equivalencias de calificaciones y normativa aplicable. También hay notas informativas sobre casos específicos: Reino Unido tras el Brexit o Ucrania. El cálculo de las notas que deben figurar en las credenciales de convalidación u homologación se calculan según la Resolución de 23 de marzo de 2018.   

Otra opción para este alumnado que quiere cursar postobligatoria, si cumple los requisitos de edad, es presentarse a pruebas libres, aunque tenga esos estudios cursados en su país, si la homologación le va a tardar demasiado. Aunque los títulos de Secundaria o Bachillerato suelen recibir la homologación del Ministerio en pocos meses. De esta forma, podría presentarse a las pruebas para acceder a los CFGM (17 años en el año natural) o acceder a los CFGS (19 años en el año natural) o bien obtener el título de Graduado en Secundaria (18 años en el año natural) o título de Bachiller (20 años en el año natural).