ENTORNOS PERSONALES DE APRENDIZAJE: PLE

 

La sociedad avanza a ritmo de vértigo y, por ello, las personas, más que nunca, debemos mejorar nuestra CAPACIDAD DE ADAPTACIÓN. Para ello, necesitamos desarrollar habilidades de autoaprendizaje, la creatividad y la resiliencia y la resistencia a la frustración.

Por otro lado, nos encontramos ante una sociedad tecnológica que ofrece posibilidades de aprendizaje autónomo interconectado.

El desarrollo de internet nos abre la puerta a un mundo de posibilidades de comunicación y nos permite acceder a la información y el conocimiento de una forma personalizada aunque también, en ocasiones, nos puede llevar a situaciones de desbordamiento o desinformación.  La sobreabundancia de herramientas, redes e información puede llegar a ser inabordable y provocar infoxicación.

Por ello, es importante tomar conciencia de nuestros propios entornos de aprendizaje y crear un entorno adaptado a nuestras necesidades, inquietudes e incluso estilos de aprendizaje. La creación de nuestro “entorno personal de aprendizaje: PLE” supone una nueva forma de aprender, un nuevo enfoque sobre el proceso de aprendizaje.

¿PERO QUÉ SON LOS ENTORNOS DE APRENDIZAJE?

En el año 2012 en la ciudad de Aveiro, Portugal se consensua ese término. Procede del movimiento Web 2.0 para el ámbito educativo, surgido en Reino Unido, y se empieza hablar del mismo en la conferencia JSIC/CETIS de noviembre de 2004 como un conjunto de elementos, recursos, actividades, fuentes de información, servicios y dispositivos para ser utilizados por estudiantes para la gestión de su aprendizaje personal”

Aunque nace con un enfoque tecnológico, también se ha desarrollado el enfoque pedagógico. Se trata de una forma de aprender mediante el uso de TIC donde se integran intencionalmente espacios de aprendizaje formal e informal.

Linda Castañeda y Jordi Adell lo definen como “conjunto de fuentes de información, herramientas, conexiones y actividades que cada persona utiliza de forma asidua para aprender”

Definición de PLE por Jordi Adell

Se trata de diseñar, organizar un entorno de recursos que nos permitan aprender a lo largo de la vida, a nuestro ritmo, según nuestras necesidades.

¿ES ALGO NUEVO?

Todos tenemos ya un PLE, decía Jordi Adell, se trata de hacerlo explícito, de reflexionar sobre sus componentes, hacerlo más eficiente. Tomar conciencia de nuestros propios entornos de aprendizaje y rediseñarlos para controlar y gestionar el propio entorno personal aprendizaje.

Diseñar nuestros propios objetivos de aprendizaje, gestionar los contenidos y procesos y comunicarse con otros para lograr estos objetivos.

¿PARA QUÉ HACER EXPLÍCITO NUESTRO PLE?

Cuando hacemos explícito nuestro PLE conseguimos:

    • Adoptar un rol activo y tomar el control de nuestro propio aprendizaje.
    • Ajustarlo a nuestras necesidades de aprendizaje formal e informal.
    • Adaptarlo a nuestro estilo de aprendizaje.
    • Fomentar el aprendizaje a través de recursos web.
    • Analizar sus fortalezas y debilidades.
    • Integrar las tecnologías y herramientas con los procesos y prácticas de aprendizaje.

Si lo llevamos al aula estaremos ante un proceso en el que el alumnado fija sus propios objetivos de aprendizaje y explora las posibilidades de internet para disponer de un conjunto de herramientas y recursos gratuitos para compartir y aprender de ellos.

 

COMO APRENDIZAJE PRESENTA LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS:

    • No existe una estructura formal de aprendizaje.
    • Supone un aprendizaje permanente, más allá del aula
    • Presenta un carácter dinámico, evoluciona junto a nuestras necesidades y objetivos.
    • Es un proceso autorregulado de aprendizaje.
    • Permite un aprendizaje sociocultural, conectivista y constructivista.

 

¿QUÉ ELEMENTOS CONTIENE EL PLE?

Se distinguen tres partes fundamentales:

    1. Fuentes de información. Sitios de dónde obtenemos la información: revistas, podcast, blogs, Yotube, wikis, prensa, páginas institucionales, etc. Esta parte permite desarrollar el PENSAMIENTO CRÍTICO.
    2. Herramientas digitales y actividades para buscar, compartir y gestionar el conocimiento. Nos permiten crear contenidos de aprendizaje: blogs, presentaciones, producciones de texto, orales o audiovisuales. Con ellas desarrollamos nuestra COMPETENCIA DIGITAL
    3. Red personal de aprendizaje o Personal Learning Network (PLN). Creamos redes sociales a partir de las cuales podemos comunicarnos y compartir nuestras ideas permitiendo la construcción de la INTELIGENCIA COLECTIVA.

Os dejo la infografía de @jrgsanta porque me parece una buena representación de un PLE.

¿CÓMO CREAMOS NUESTRO PLE?

    1. Nos planteamos nuestros OBJETIVOS DE APRENDIZAJE.
    2. Exploremos nuestro punto de partida: qué aplicaciones solemos usar, en qué redes estamos presentes, qué usos les damos.
    3. Analizamos nuestras debilidades, amenazas, fortalezas y oportunidades (DAFO)
    4. Diseñamos un PLE adaptado a nuestras necesidades.
    5. Creamos nuestra identidad digital.
    6. Organizamos nuestro entorno con herramientas que procuren su accesibilidad y eficacia.
    7. Compartimos nuestro PLE

 

¿En qué consiste la IDENTIDAD DIGITAL?

Es la huella que dejamos en internet. Es importante plantearse qué queremos que quede en esa huella, definir nuestra marca personal que procure el incremento de nuestra empleabilidad.

Identidad Digital

 

Espero que os haya parecido interesante, en próximas entradas profundizaremos sobre este concepto y filosofía de aprendizaje.

¿QUÉ SE APRENDE EN FORMACIÓN PROFESIONAL?

En Formación Profesional se desarrollan competencias personales, sociales y profesionales. 

En cada Título de Formación Profesional se distingue la competencia general, que reúne las funciones profesionales más significativas del perfil profesional y las competencias profesionales, personales y sociales que son el conjunto de conocimientos, destrezas y competencias para responder necesidades del sector productivos, aumenta la empleabilidad y favorece la cohesión social.

¿Y qué es una competencia? Según la OCDE, 1999, 2003 DeSeCo competencia es la combinación de habilidades prácticas, conocimientos, motivación, valores éticos, actitudes y emociones.

La competencia es una manera de trasladar la vida real al aula en palabras de Jonnaert, P. et a, Perspectivas, UNESCO, 2007. 

Por tanto, vamos a desarrollar las habilidades prácticas y los conocimientos necesarios para resolver las situaciones que, como profesionales de nuestro sector, podremos vivir cuando desarrollemos nuestro trabajo futuro.  

Para desarrollar competencias utilizaremos metodologías activas que permiten generar autonomía y facilitan aprendizajes significativos. Esto supone que serás el protagonista de tu propio aprendizaje. Es esencial que adquieras habilidades para aprender por tí mism@. La sociedad actual es cambiante y esto hace necesario que tengamos herramientas que nos permitan adaptarnos a esos cambios y a la incertidumbre. 

¿Y cómo sabemos si hemos desarrollado las competencias de nuestro Título? El grado de consecución de los objetivos en Formación Profesional se expresan en RESULTADOS DE APRENDIZAJE. Los resultados de aprendizaje se componen de criterios de evaluación.

Por tanto en cada módulo encontraremos un conjunto de resultados de aprendizaje que deberemos desarrollar. En concreto en Formación y Orientación Laboral son siete y en Empresa e Iniciativa Emprendedora son cuatro. Puedes consultar cuáles son los resultados de aprendizaje a desarrollar en cada módulo buscando en los anexos de la regulación legal autonómica de tu Título formativo.

Te recomiendo que lo hagas, conoce cuáles son los resultados de aprendizaje y los criterios de evaluación en los que se descompone, porque estos son nuestros OBJETIVOS DE APRENDIZAJE, y deberemos aportar evidencias de que los hemos superado. 

 

 

 

 

¿QUÉ HABILIDADES TIENE UNA PERSONA EMPRENDEDORA? ESTUDIO DE CASOS

LA HISTORIA DE FERRUCIO

Ferruccio era originalmente un agricultor que tenía conocimientos de mecánica. Para mejorar sus cultivos ideó fabricar mejores tractores. Creó una empresa de tractores a la que finalmente dedicó todos sus esfuerzos.

Finalmente, su negocio tuvo tanto éxito que fue uno de los hombres más ricos de Italia. Con su fortuna se dio caprichos que antes no podía. Incluso se llegó a comprar un Ferrari último modelo. Sin embargo el Ferrari del que era propietario le empezó a dar problemas en su funcionamiento. Al ser él mismo un buen mecánico trató de solucionar el problema por su cuenta. Descubrió que su Ferrari tenía el mismo embrague utilizado en uno de sus tractores que fabricaba. Como es lógico Ferruccio montó en cólera porque entendía que un modelo deportivo como el Ferrari necesitaba piezas de mayor calidad que las que monta un modesto tractor agrícola.

Ni corto ni perezoso se dirigió a la sede central de Ferrari en Módena para quejarse de la baja calidad de un componente tan importante en un deportivo. Enzo Ferrari, dueño de Ferrari, que era un hombre muy arrogante le trató de malas maneras afirmando que el problema era debido al agricultor Ferruccio y no debido al precioso automóvil que fabricaba. Ferruccio se sintió insultado. Tanto fue su impotencia y rabia al ser tratado tan injustamente que se comprometió a hacer un coche digno de superar a un Ferrari. Sus esfuerzos y la venganza se tradujeron en la creación y desarrollo de uno de los automóviles más potentes y renombrados que compite de tú a tú con los últimos modelos de Ferrari hoy en día. Por cierto, ¿te he dicho lo que es el nombre completo de Ferruccio? Se llamaba Ferruccio Lamborghini.

 

 LA HISTORIA DE FRED SMITH

En 1965, mientras asistía a la Universidad de Yale, Fred Smith escribió, como parte de las tareas académicas encomendadas, un estudio económico que exploraba la forma en la que las mercancías eran transportadas en los Estados Unidos. En aquella época, los transportistas centraban sus esfuerzos en el transporte de grandes paquetes en Estados Unidos. Con ese fin usaban aviones de pasajeros de líneas aéreas domésticas y camiones principalmente.

Smith pensó que una empresa que llevara pequeños, pero esenciales (en importancia y en urgencia) paquetes podía constituirse en un transportista más eficiente que las empresas que existían por aquel entonces. Fred Smith redactó este estudio económico con prisas y en el último minuto (como casi todos los estudiantes mediocres). Por lo que no le dio tiempo a entrar en detalles de cómo ejecutar realmente un proyecto de este tipo. Su profesor le calificó con una muy baja nota. Sin embargo, la idea y ese concepto de entrega de mercancías tan revolucionario permanecieron en la mente de Fred. En 1971 creó una compañía de transporte para hacer realidad la idea que tenía en su mente durante varios años. Por desgracia, tres años después de que la creación de la compañía, esta estuvo al borde de la bancarrota. El rápido aumento de los combustibles llevó a que las pérdidas fueran elevándose hasta generar un ritmo de pérdidas de más de 1 millón de dólares al mes.

En su punto más bajo, la compañía solo disponía de 5000 dólares a su nombre. Esta cantidad era notoriamente insuficiente para afrontar los gastos de combustible. Fred Smith intentó obtener financiación adicional de empresas como General Dynamics, pero su petición fue rechazada.

Como última medida desesperada Fred Smith tomó los 5000 dólares, voló a Las Vegas y empezó a jugar al “Black Jack” ese fin de semana con esos fondos.

El lunes siguiente para sorpresa del resto de los altos directivos 32000 dólares habían aparecido, como por arte de magia, en la cuenta bancaria de la compañía. Esta cantidad fue suficiente para cubrir el gasto de combustible durante unos pocos días más.

La compañía poco después fue capaz de recaudar una importante cantidad de dinero. Ya en 1976 generó sus primeras ganancias, a pesar de los grandes desafíos por los que había pasado. Desde entonces no han mirado para atrás. Por cierto la compañía se llama FEDEX y es el mayor transportista urgente del mundo.

 

REFLEXIONAMOS –RA1 CE c)–

  1. ¿Por qué crees que han tenido éxito los personajes de las historias planteadas?
  2. ¿Crees que es suficiente con una idea?
  3. ¿Qué habilidades tienen en común ambos personajes?

USO DE PLATAFORMAS Y APLICACIONES EDUCATIVAS CUMPLIENDO LA NORMATIVA DE PROTECCIÓN DE DATOS

Plataforma educativa para trabajar con otras partes del mundo

En la sociedad del conocimiento, en pleno s. XXI no podríamos plantear una escuela que no utilizara herramientas educativas digitales. Si eres profe seguro que haces uso de aplicaciones que te permiten contactar con el alumnado o familias, realizar un seguimiento académico de tus discentes o incluso puede que te hayas aventurado al uso de aplicaciones o plataformas educativas para desarrollar tu proyecto educativo.

Pero ¿estás segur@ de que cumples los requerimientos legales relacionados con la normativa de protección de datos?

El pasado mes de mayo de 2018 entró en vigor el Reglamento de Protección de Datos europeo, y con él una normativa más garantista y protectora en cuando al tratamiento de datos se refiere. La responsabilidad activa y la proactividad de responsables y encargados de tratamientos de datos es uno de los pilares fundamentales de la regulación legal.

¿Y CÓMO AFECTA ESTO AL USO DE APLICACIONES Y PLATAFORMAS EDUCATIVAS?

Las aplicaciones y plataformas que se utilicen en los centros educativos deben estar incluidas en la POLÍTICA DE SEGURIDAD que deben tener los mismos, debiendo el profesorado solicitar, previamente a su utilización, la autorización del centro. Esto es debido a que los responsables y encargados de tratamiento deben analizar las condiciones de seguridad de las aplicaciones y plataformas educativas, así como incorporarlas en su PLAN de CENTRO en el protocolo de protección de datos. 

Por tanto, los centros educativos deben establecer procedimientos que obliguen a solicitar la autorización del centro para el uso de estas aplicaciones y procesos para evaluar las aplicaciones desde el punto de vista de la seguridad de la información para determinar la consiguiente autorización o denegación por parte del mismo.

Los tratamientos de datos personales mediante APPS deben de incluirse en la POLÍTICA DE SEGURIDAD con las mismas garantías que cualquier otro tratamiento.

Y en este punto os estaréis planteando ¿quién realiza esa evaluación? En los centros educativos debería existir la figura de la persona delegada de protección de datos, una figura obligatoria según la normativa vigente (puedes saber más de este aspecto en la siguiente entrada PERSONA DELEGADA DE PROTECCIÓN DE DATOS

¿CÓMO EVALUAMOS LAS APPS EDUCATIVAS?

Se debe comprobar si el responsable de la aplicación informa claramente de:

    • la identidad y dirección del responsable,
    • las finalidades para las que serán utilizados los datos,
    • las posibles comunicaciones de datos a terceros y su identidad, así como la finalidad por la que se ceden,
    • los derechos que asisten a los titulares de los datos,
    • la ubicación de los datos y sus periodos de conservación,
    • las medidas de seguridad facilitadas por la aplicación,
    • los posibles accesos que realiza la aplicación a los datos personales almacenados en el dispositivo o a sus sensores.

Además deberemos comprobar que los datos deben estar almacenados en un país del Espacio Económico Europeo o un país que ofrezca un nivel de protección equivalente (que haya sido así acordado por la Agencia Española de Protección de Datos o por Decisión de la Comisión Europea). LISTA DE PAÍSES CON NIVEL ADECUADO DE PROTECCIÓN

Los datos también pueden localizarse en empresas ubicadas en Estados Unidos siempre que éstas se hayan acogido a los principios del Escudo de Privacidad. Si desea saber si una empresa de Estados Unidos forma parte del Escudo de Privacidad, puede consultar LISTA DE EMPRESAS ADHERIDAS

 

Se recomienda documentar las evaluaciones realizadas dejando constancia de los aspectos que han sido analizados y de los resultados obtenidos.

Deben establecerse programas informativos de concienciación orientados hacia la protección de los datos personales, dirigidos a profesorado y alumnado, sobre la importancia del uso correcto de aplicaciones.

Otras recomendaciones que nos hace la AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS son las siguientes:

Las aplicaciones que se utilicen deben permitir el control, por parte de familias o profesorado, de los contenidos subidos por los menores, en especial de los contenidos multimedia (fotos, vídeos y grabaciones de voz del alumnado).

Al utilizar sistemas de almacenamiento de documentos en nube tipo Dropbox, iCloud o Google Drive, se debe evitar incluir datos personales sensibles, tales como datos relativos a la salud, contraseñas, datos bancarios, material audiovisual de contenido sensible, etc.

En el marco de la utilización de este tipo de herramientas se recomienda la lectura de la guía de cloud publicada por la Agencia Española de Protección de Datos.

PERSONA DELEGADA DE PROTECCIÓN DE DATOS

PERSONA DELEGADA DE PROTECCIÓN DE DATOS 

Tanto el Reglamento Europeo de Protección de Datos como la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantías de los Derechos Digitales (LO 2/2018 de 5 de diciembre) pone necesaria la PROACTIVIDAD y la RESPONSABILIDAD ACTIVA de las instituciones que realizan actividades de tratamiento de datos.

Entre las novedades que trajo la nueva legislación se encuentra la figura del «Delegado/a de Protección de Datos» que es obligatoria en todos los centros docentes de cualquier nivel, independientemente de la titularidad del mismo.

Entre sus FUNCIONES se encuentran las siguientes:

    • Informar, asesorar y supervisar el cumplimiento de la normativa sobre protección de datos.
    • Supervisar la concienciación y formación del personal que participa en operaciones de tratamiento.
    • Resolver las reclamaciones que se puedan plantear.
    • Cooperar con la autoridad de control.
    • Ser el interlocutor con la AEPD y con las personas interesadas.
    • Ofrecer el asesoramiento que se le solicite acerca de la evaluación de impacto relativa a la protección de datos y supervisar su aplicación de conformidad.
    • Realizar consultas.
    • Atenderá a las personas interesadas en cuestiones relativas al tratamiento de sus datos personales y el ejercicio de sus derechos.

Dada la responsabilidad a la que se enfrenta, la persona que ostente este cargo está obligada a mantener el secreto o confidencialidad en el desempeño de sus funciones.

Es importante señalar que el cargo es compatible con otras funciones y cometidos, si bien el responsable o encargado del tratamiento garantizará que dichas funciones y cometidos no den lugar a conflicto de intereses.

¿QUIÉN PUEDE EJERCER ESTE CARGO?

La designación estará basada en cualidades profesionales, en particular, la legislación establece que deberán valorarse sus conocimientos especializados en Derecho y la práctica en materia de protección de datos, así como su capacidad para desempeñar las funciones.

 

 

 

 

TRATAMIENTO DE DATOS EN EDUCACIÓN

En esta entrada pretendo aclarar algunos términos y aspectos relacionados con el tratamiento de datos en el ámbito educativo y qué establece la normativa actual al respecto. 

Cuando hablamos de tratamiento de datos lo primero que debemos delimitar es a qué nos referimos.

¿QUÉ SE ENTIENDE POR TRATAMIENTO DE DATOS?

Cualquier actividad en la que estén presentes datos de carácter personal constituirá un tratamiento de datos, ya se realice de manera manual o automatizada, total o parcialmente, como la recogida, registro, organización, estructuración, conservación, adaptación o modificación, extracción, consulta, utilización, comunicación por transmisión, difusión o cualquier otra forma de habilitación de acceso, cotejo o interconexión, limitación, supresión o destrucción.

De esta definición podemos concluir que en los centros educativos realizamos muchas actividades de tratamiento de datos y las mismas se realizan por parte de la dirección del centro, la administración y el profesorado. Todas las personas e instituciones que traten datos deben seguir unos PRINCIPIOS FUNDAMENTALES.

Los datos personales serán: 

    • tratados de manera LÍCITA, LEAL Y TRANSPARENTE.
    • recogidos con FINES DETERMINADOS, EXPLÍCITOS Y LEGÍTIMOS.
    • adecuados, pertinentes y LIMITADOS en relación con la FINALIDAD del TRATAMIENTO.
    • EXACTOS y, si fuera necesario, ACTUALIZADOS.
    • CONSERVADOS durante no más TIEMPO DEL NECESARIO para los FINES del TRATAMIENTO.
    • tratados GARANTIZANDO SU SEGURIDAD.

¿QUIÉN ES EL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO DE DATOS?

La persona física o jurídica, pública o privada, que decide sobre la finalidad, contenido y uso del mismo, bien por decisión directa o porque así le viene impuesto por una norma legal.

En el ámbito educativo el responsable del tratamiento de datos sería:

Pero nuestra normativa distingue otra figura junto al responsable del tratamiento de datos. Se trata del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, que se define como «La persona física o jurídica, autoridad pública, servicio u otro organismo que trate datos personales por cuenta del responsable del tratamiento».

¿CUÁNDO VAMOS A TRATAR DE DATOS?

La legislación vigente identifica dos situaciones posibles que nos habilitarían para el tratamiento de datos:

        1. Que exista una competencia atribuida por una NORMA CON RANGO DE LEY.
        2. Que se haya dado el CONSENTIMIENTO INFORMADO EXPRESAMENTE.

En los centros educativos trataremos datos en ambos casos.

En el caso de que tratemos datos por la competencia atribuida por una norma con rango de ley (función docente y orientadora, relación jurídica derivada de la matriculación, etc) deberemos informar a las familias en los siguientes extremos:

    • de la existencia de un fichero o tratamiento de datos personales, 
    • de la finalidad para la que se recaban los datos y su licitud, por ejemplo, para el ejercicio de la función educativa, o para difundir y dar a conocer las actividades del centro, 
    • de la obligatoriedad o no de facilitar los datos y de las consecuencias de negarse, 
    • de los destinatarios de los datos, 
    • de los derechos de los interesados y dónde ejercitarlos, 
    • de la identidad del responsable del tratamiento: EL CENTRO O LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA.

En el caso de ser un supuesto en el que se requiere el CONSENTIMIENTO INFORMADO Y EXPRESO, éste deberá recabarse a través de una solicitud claramente distinguida, de fácil acceso y usando un lenguaje claro y sencillo. 

Hay que recordar que se tiene derecho a RETIRAR EL CONSENTIMIENTO en cualquier momento, y el procedimiento para hacerlo debe ser tan fácil como el de darlo, aunque será lícito el tratamiento previo.  De estos términos habrá que informar a las/los interesados. 

Es importante recordar que la CARGA DE LA PRUEBA sobre la prestación del consentimiento es del responsable del tratamiento. Por ello es conveniente recabar el consentimiento por un medio que permita la misma.

Además será necesario que el CONSENTIMIENTO SEA INFORMADO, es decir, deberemos informar de los siguientes términos a las/los interesados:

    • La normativa aplicable.
    • El archivo al que se incorporan los datos.
    • Los derechos que tienen sobre sus datos.
    • La persona responsable de los datos.
    • El tiempo por el que se van a mantener los datos.
    • Motivo por el que se recaban.

 

Espero que toda esta información os haya sido de utilidad. Seguiremos repasando aspectos interesantes relativos a la protección de datos en el ámbito educativo en posteriores entradas.