Un centro se define en gran medida por su PLAN DE CENTRO.
Lo constituye el Proyecto Educativo, el Reglamento de Organización y Funcionamiento y el Proyecto de Gestión.
De acuerdo al artículo 21 del Decreto 328/2010, el Proyecto Educativo constituye las señas de identidad del centro docente y expresa la educación que desea y va a desarrollar en unas condiciones concretas, por lo que deberá contemplar los valores, los objetivos y las prioridades de actuación, no limitándose sólo a los aspectos curriculares, sino también a aquellos otros que, desde un punto de vista cultural, hacen del centro un elemento dinamizador de la zona donde está ubicado.
En este mismo Decreto, en su artículo 24 se establece que el Reglamento de Organización y Funcionamiento recogerá las normas organizativas y funcionales que faciliten la consecución del clima adecuado para alcanzar los objetivos que el centro se haya propuesto y permitan mantener un ambiente de respeto, confianza y colaboración entre todos los sectores de la comunidad educativa.
Y, por último, en su artículo 25 el Proyecto de Gestión se define como aquel que recogerá la ordenación y utilización de los recursos del centro, tanto materiales como humanos.