Información general sobre los servicios complementarios de AULA MATINAL, COMEDOR ESCOLAR Y ACTIVIDADES ESTRAESCOLARES. Curso 2023/2024.
1. Calendario:
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Solicitud de admisión (Anexo_II_Inscripcion_AM_CE_y_AAEX: Del 1 al 12 de junio de 2023. (Del 1 al 8 de junio (tramite electrónico conjunto a la matriculación), 9 y 10 de junio (presencial).
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Resolución provisional de admitidos y suplentes: 14 de junio de 2023.
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Alegaciones a la resolución provisional: Del 15 al 28 de junio, ambos inclusive.
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Resolución definitiva de admitidos y suplentes: 30 de junio de 2023.
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Solicitud de bonificaciones (Anexo_V_Sol_bonificaciones_AM-CE-AAEX): Del 1 al 7 de septiembre de 2023. Trámite obligatorio para todo el alumnado beneficiario del PRAI-SYGA. Bonificaciones_svc_23_24 (acreditaciones)
- Del 1 al 10 de septiembre de 2023: Declaración de usuarios (admitidos/as en Fase I).
- 1 de septiembre 2023: Adjudicación provisional Comedor Escolar – Fase II (concurrencia del alumnado suplente de la Fase I del centro y solicitantes de IES asociado). Consultar
- Del 2 al 15 de septiembre de 2023: Alegaciones adjudicación provisional Comedor Escolar – Fase II. Presentar alegaciones
- 19 de septiembre de 2023: Adjudicación definitiva y declaración de usuarios. Comedor Escolar – Fase II.
- A partir del 20 de septiembre de 2023: Admisión de nuevas solicitudes para el curso 23-24. (Comedor Escolar – Fase III y Aula Matinal Fase II).
- A partir de 2 de octubre de 2023: Comunicación a los solicitantes de las bonificaciones provisionales, incidencias y plazo alegaciones ante la persona titular del centro (10 días hábiles ante el centro).
- A partir de 17 de octubre: Comunicación individualizada de las bonificaciones definitivas en formato electrónico a través del «Punto de recogida» e inicio del plazo de recurso de reposición ante la persona titular de la Delegación Territorial (1 mes).
2. Información precios públicos 2023-2024 (impuestos incluidos y sin bonificación):
- Servicio de aula matinal:
- Precio mensual: 17,51 euros.
- Precio por día: 1,33 euros.
- Servicio de comedor escolar:
- Precio por día: 4,98 euros.
- Servicio de actividades extraescolares:
- Precio mensual: 17,51 euros por cada actividad.
Normativa: Acuerdo de 27 de julio de 2023, del Consejo de Gobierno.
3. Límite de para las bonificaciones de los precios públicos:
4. Aspectos generales:
Acceso a la normativa de referencia:
5. La prestación del mismo quedará garantizada para el alumnado en los siguientes casos:
Aula Matinal:
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Cuando el alumno o la alumna se encuentre bajo la tutela o guarda de la Administración de la Junta de Andalucía. (Art. 11.2.b del Decreto 6/2017).
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Cuando todos los guardadores (dos o uno) realicen una actividad laboral o profesional remunerada y su jornada de trabajo les impida atenderlos en el horario de prestación del servicio. (Art. 11.2.c del Decreto 6/2017).
Comedor Escolar:
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Cuando el alumno o la alumna se encuentre en situación de dificultad social extrema o riesgo de exclusión o bajo la tutela o guarda de la Administración de la Junta de Andalucía, o cuando sea hijo o hija de mujeres atendidas en centros de acogida para mujeres víctimas de la violencia de género, y para las víctimas del terrorismo. (Art. 15.2.b del Decreto 6/2017).
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Cuando todos los guardadores (dos o uno) realicen una actividad laboral o profesional remunerada y su jornada de trabajo les impida atenderlos en el horario de prestación del servicio. (Art. 15.2.c del Decreto 6/2017).
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Cuando todos los guardadores (dos o uno) del alumno o alumna se encuentren en situación de dependencia en los términos previstos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. (Art. 15.2.d del Decreto 6/2017).
6. Causas de baja en los servicios complementarios:
- Por renuncia (previo al inicio del servicio) o comunicación de baja al centro, por parte de los representantes legales.
- Cuando se produzca el impago de dos recibos consecutivos del mismo, cuando no se utilice un determinado servicio durante cinco días consecutivos sin causa justificada, o en los supuestos que así se prevean e el Reglamento de Organización y Funcionamiento del centro, previa comunicación de la persona que ejerza la dirección del centro a los representantes legales del alumnado”. (Art. 22.2 de la Orden de 14 de abril de 2017. BOJA núm. 78, de 26/04/2017)
7. Información concreta para cada uno de los servicios complementarios ofertados:
Las solicitudes de admisión serán acompañadas por la documentación sobre acreditación de las circunstancias declaradas (o véase página 4 del impreso oficial de solicitud Anexo II), que deberán mantener su validez y eficacia a la fecha de finalización del plazo de presentación y responder a las circunstancias reales del alumno o alumna.