El tiempo comprendido desde las 7:30 horas hasta el comienzo del horario lectivo se considera aula matinal.
Para la vigilancia y la atención educativa que necesiten los escolares en función de su edad, serán atendidos por personal que estará en posesión de la titulación de:
• Técnico Superior en Educación Infantil, en Animación Sociocultural o equivalente.
• Técnico en Atención Sociosanitaria o equivalente.
La ratio será de una persona por cada 30 usuarios/as o fracción. El aula matinal que atienda hasta 60 alumnos o alumnas dispondrá de un técnico superior y un técnico de citados anteriormente. Cuando el número de alumnos y alumnas del aula matinal sea superior a 60, por cada 30 alumnos o alumnas o fracción se incrementará, alternativamente, con un técnico superior o un técnico de los citados.
Entre las responsabilidades del personal que atiende el servicio estará la de recoger, cuidar, atender y acompañar al alumnado, sobre todo a los más pequeños, a las clases de referencia, así como resolver cualquier incidencia que ocurra.
La programación de actividades a llevar a cabo en el aula matinal se realizará anualmente, en función de las edades del alumnado que demanden este servicio y, en todo caso, estará en consonancia con las actividades que se desarrollen en el centro.
Trámite de solicitud vía Internet
Trámite de solicitud vía presencial
Trámite de solicitud de bonificación vía presencial