PLAN DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL EDUCATIVA (TDE)
1. Normativa
Este plan surge con el objeto de unificar criterios para poner en marcha las actuaciones que conduzcan a
la consecución de la transformación digital educativa basada en la participación de todos los centros, la
coordinación de las actuaciones, la disponibilidad de recursos y herramientas que faciliten la toma de
decisiones y su implementación en el quehacer diario de los centros.
La Dirección General de Formación del Profesorado e Innovación Educativa, en uso de las competencias
que le confiere el Decreto 579/2019, de 15 de octubre, modifica el Decreto 102/2019 de febrero, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte y procede a dictar la siguiente:
INSTRUCCIÓN DE 31 DE JULIO, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO E INNOVACIÓN
EDUCATIVA, SOBRE MEDIDAS DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL EDUCATIVA EN LOS CENTROS.
2. Justificación
El concepto de transformación digital educativa (TDE) incluye el conjunto de actuaciones orientadas a la
mejora y modernización de los procesos, los procedimientos, los hábitos y comportamientos de las
organizaciones educativas y de las personas que, haciendo uso de las tecnologías digitales, mejoren su
capacidad de hacer frente a los retos de la sociedad actual. Todo ello redundará en la mejora de un
aprendizaje competencial, en la mejora de la experiencia, de los resultados de aprendizaje y en un refuerzo
de la equidad, a cuyo servicio se supedita dicha transformación, encuadrada dentro de los Marcos de
Referencia Europeos relativos a la competencia digital (DigCompOrg, DigCompEdu y DigComp).
La TDE se pone en marcha en el curso 2020/21 con carácter universal, en todos los centros docentes que
impartan enseñanzas no universitarias. El Programa para la Innovación P1 del ámbito digital (PRODIG)
concluye por tanto en el curso 2019/20.
Asimismo, la convocatoria de Proyectos de centros TIC y el Plan Escuela TIC 2.0, quedan englobados
en el proceso de transformación digital educativa.
3. Ámbitos de Actuación
Esta transformación digital, encuadrada dentro de los Marcos de Referencia Europeos relativos a la
competencia digital (DigCompOrg, DigCompEdu y DigComp). engloba tres ámbitos de actuación:
● Organización y gestión de los centros docentes.
● Procesos de enseñanza-aprendizaje.
● Información y comunicación, tanto interna como externa.
4. Recursos para el impulso de la TDE en el centro
4.1. Plan de Actuación Digital (PAD).
a) El Plan de Actuación Digital tendrá como referente y objetivo general la mejora en los tres ámbitos de actuación de
la Transformación Digital Educativa (organización y gestión del centro, procesos de enseñanza-aprendizaje e información
y comunicación), que toman a su vez como referente el Marco Europeo de Competencia Digital para Organizaciones
Educativas, DigCompOrg.
b) El Plan de Actuación Digital se elaborará a través de un formulario que proporcionará el sistema de información
Séneca, que permite su cumplimentación guiada, obteniéndose como resultado un documento en el que aparecerán por
cada ámbito: las líneas de actuación, las tareas en las que se concretan, la temporalización, los grupos
responsables/participantes y la evaluación prevista.
Los recursos materiales de los que dispone el centro quedan reflejados en el formulario anteriormente citado
dentro del PAD.
c) La cumplimentación de este formulario se realizará durante los primeros quince días del mes de octubre de cada
curso escolar.
4.2. Rúbrica TDE del nivel de competencia digital del centro.
Previamente a la cumplimentación del formulario del PAD, el equipo directivo deberá proceder a la autoevaluación
de la competencia digital del centro mediante la cumplimentación de la rúbrica implementada en el sistema de
información Séneca, antes del 30 de septiembre. Esta rúbrica está organizada por ámbitos y es de fácil
cumplimentación. Una vez completada, se puede obtener el Informe de Rúbrica, que muestra las preguntas, las
opciones seleccionadas y un feedback específico; esta información aparece igualmente en el formulario del PAD,
orientando su cumplimentación.
4.3. Test de Competencia Digital Docente (CDD).
Implementado en el sistema de información Séneca, permite al profesorado realizar este test basado en el Marco
DigCompEdu desde su perfil personal, y obtener un Informe Individual con la valoración global de su nivel competencial
(A1-C2), por las áreas de este Marco y con relación al resto de componentes del claustro, y devuelve un detallado
feedback.
Asimismo, se genera el Informe de Centro, siempre que más del 20% del profesorado del centro lo haya
completado, a fin de mostrar resultados que sean representativos. Este Informe de Centro ofrece el nivel competencial
del claustro tanto globalmente como por áreas y puede ser solicitado por cualquier miembro del mismo. En caso de que
se solicite con perfil dirección o coordinación incluirá, además, relaciones nominales del profesorado que no ha accedido
al test, del que lo ha iniciado y del que lo ha concluido.
El Informe Individual será de utilidad para avanzar en las competencias profesionales docentes
relacionadas con el ámbito digital, permitiendo planificar una formación personal que atienda al nivel de
partida de cada docente.
El Informe de Centro complementa a la Rúbrica para establecer de manera realista el Plan de Actuación
Digital, del cual emanará el Plan de Formación que responda a las necesidades de cada centro.
Durante el curso, el test puede cumplimentarse en dos ocasiones, siendo recomendable hacerlo al
principio y al final de cada curso escolar (del 1 de septiembre al 30 de septiembre, y del 1 de mayo hasta el 30
de junio).
4.4. Plan de Formación.
En el cuarto punto del apartado cuarto de la Instrucción 10/2020, de 15 de junio de la Dirección General
de Ordenación y Evaluación Educativa se establece que el Plan de Formación del Profesorado del centro que
se defina al inicio del curso recogerá aquellas iniciativas que el centro considere pertinentes, especialmente
en el ámbito de la formación en competencia digital, de la formación en estrategias de atención a la
diversidad, de la formación en metodologías de enseñanza a distancia, en su caso, y de la formación en las
habilidades necesarias para la atención emocional del alumnado.
Es conveniente contemplar esta formación desde la perspectiva del aprendizaje mixto (Blended
Learning), incrementando la presencia de entornos digitales de aprendizaje, uso de herramientas digitales y
funcionalidades de Séneca/Pasen, así como en los procedimientos que contribuyan al desarrollo de la
autonomía del alumnado en su proceso de aprendizaje (competencia Aprender a aprender), que favorezcan
la transición a un contexto de cese de la actividad no presencial en caso necesario.
Deberá priorizarse la modalidad de Formación en Centro con características híbridas (presencial y
online) y atender a los resultados del test CDD para la formación individual.
Tras la realización del test CDD se establecerá el plan de formación y de actuación en el centro. Las
propuestas quedarán recogidas en el Plan de mejora de cada curso.
4.5. Plan de Contingencia.
Las Instrucciones de 6 de julio de 2020, de la Viceconsejería de Educación y Deporte, relativas a la
organización de los centros docentes para el curso escolar 2020/21, motivada por la crisis sanitaria del
COVID-19, señalan en el primer apartado de la Instrucción quinta que “Los centros docentes elaborarán un
Protocolo de actuación COVID-19 para que los procesos de enseñanza aprendizaje se desarrollen con
seguridad durante el curso escolar 2020/2021, teniendo en cuenta lo establecido en la presente Instrucción y
lo que determine la autoridad sanitaria en cada momento, adaptado al contexto específico del centro”.
Asimismo, en el segundo apartado de la misma Instrucción se alude a que “El protocolo contemplará las
siguientes situaciones:
a) Situación de docencia presencial, ajustada al protocolo de actuación específico.
b) Situación excepcional con docencia telemática.
Para la elaboración de este documento se pueden utilizar los aspectos concretos recogidos en el PAD. Estos
aspectos aparecen ya en la Rúbrica TDE, en la que se muestran resaltados aquellos que resulten de especial utilidad para
su incorporación al Plan de Contingencia.
4.6. Plataformas de Aula Virtual.
La plataforma educativa Moodle Centros alojada en los servidores centrales de la Consejería de
Educación y Deporte estará a disposición de todos los centros docentes públicos de Andalucía para facilitar el
entorno digital de aprendizaje durante el curso 2020/21.
El centro para el curso 2020/2021 demandó en su plan de F.P la disponibilidad de acceder al Aula Virtual
y la formación necesaria para el manejo de la plataforma.
Como complemento a esta actuación, se informará a los centros sobre el despliegue de plataformas
externas de proveedores como Google y Microsoft.
4.7. Recursos educativos digitales.
Para facilitar la creación y uso de recursos educativos digitales los centros tienen a su disposición el
espacio web e-Aprendizaje:
(https://www.juntadeandalucia.es/educacion/eaprendizaje).
4.8. Presencia en Internet.
Conforme a lo establecido en el programa de acogida previsto en las Instrucciones de 15 de junio de 2020, de la
Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, relativas a las medidas educativas a adoptar en el inicio del
curso 2020/21, los centros deben disponer de un espacio web donde centralizar toda la información necesaria para la
comunidad educativa, especialmente la referente a las medidas de prevención, vigilancia y seguridad que se hayan
establecido.
Para ello, los centros disponen del servicio Blogsaverroes:
(https://blogsaverroes.juntadeandalucia.es), que permite la creación de blogs educativos y espacios de
centro.
El centro cuenta con blogs relacionados con los diferentes planes y programas.
5. Coordinación, participación y reconocimiento
5.1. Coordinación.
La dirección de cada centro designará a un miembro del Claustro de profesorado como coordinador o
coordinadora del proceso de transformación digital cuyas funciones serán las siguientes:
a) Dinamizar el proceso de transformación.
b) Servir de enlace entre los diferentes sectores de la comunidad educativa y los Servicios Centrales.
c) Facilitar la mentoría interna y el aprendizaje horizontal.
d) Difundir los Marcos de Referencia de la Competencia Digital y las herramientas para la TDE implementadas en el
sistema de información Séneca.
e) Difundir los logros del centro, actuando como Community Manager.
f) Garantizar que se tienen en cuenta aspectos inclusivos en el proceso de TDE.
g) Ejercer el liderazgo delegado para la realización de las anteriores funciones.
El horario lectivo semanal dedicado al desempeño de las funciones de coordinación en los colegios de
Primaria (CEPR y CPR) y CEIP: Entre 6 y 17 unidades: 2 horas de dedicación semanales.
Se podrá formar un Equipo de Coordinación que dispondrá del horario no lectivo regular para la
dedicación al desempeño de sus funciones según sus necesidades y posibilidades.
5.2. Reconocimiento.
La certificación se obtendrá siempre que se cumpla un mínimo de seis meses de participación (ya sea en el mismo
centro o en diferentes en el caso del profesorado sustituto), y se haya participado activamente ejecutando lo decidido
en el Plan de Actuación Digital, en la Formación prevista y realizado el Test de Competencia Digital Docente.
6. Infraestructuras tecnológicas.
En el momento de elaboración del TDE correspondiente al curso 2020/2021 el centro se encuentra a la
espera de dotación de infraestructura tecnológica, ya que en el mes de junio se dieron de baja todos los
equipos obsoletos que constituían prácticamente la totalidad de los asignados para el trabajo del alumnado.
Este equipamiento ha sido demandado no solo para el trabajo en el centro sino también con objeto de
reducir la brecha digital con entrega en préstamo al alumnado en riesgo de exclusión digital y al profesorado
que lo necesite, garantizando asimismo la conectividad que posibilite la continuidad del proceso educativo
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