Actividades extraescolares

DOCUMENTACION A  ADJUNTAR  PARA ACREDITAR LAS SITUACIONES FAMILIARES

  1.  Las solicitudes,  vía presencial,  para los servicios complementarios serán     presentadas y firmadas por el padre o la madre.
  2. Para acreditar que la guardia y custodia es ejercida por una única persona se adjuntara  original y copia del Libro de Familia o documento judicial que lo acredite (Fotocopia a 1 cara).
  3. Para acreditar la situación laboral es necesario adjuntar un informe de la vida laboral y una certificación de la duración de la jornada laboral y el horario de trabajo, no anterior al 24 de mayo.
  4. En caso de ser funcionario, para acreditar la situación laboral, se adjuntará un certificado de la unidad de recursos humanos y certificación de la duración de la jornada y horario de trabajo.
  5. En caso de  ser empresario se debe adjuntar certificación de alta en el impuesto de actividades económicas o alta en el censo de empresarios o copia autenticada de la licencia de apertura o alta en la seguridad social y declaración responsable del horario de la actividad.
  6. En caso de realizar estudios, alguno de los guardadores, que conduzcan a una titulación oficial se tendrá que acreditar mediante certificado que especifique dichos estudios y el horario de los mismos.
  7. El alumnado incluido durante el presente curso en el Plan PRAI será incluido también de oficio para el próximo curso y por tanto, en el cupo de situaciones de dificultad social extrema. Para ser incluido en dicho plan por primera vez se debe aportar certificado de los servicios sociales comunitarios.
  8. La situación de tutela por la Consejería competente en materia de protección de menores se acreditará mediante certificado.
  9. En el caso de hijos/as de mujeres víctimas de violencia de género y que se encuentren en centros de acogida se debe acreditar mediante certificado del titular del centro.
  10. En caso de víctimas de terrorismo, tanto del hijo/a como de sus guardadores, se acreditará mediante certificado de la Consejería competente.
  11. Certificado de la Consejería competente en materia de dependencia para acreditar tal situación de algunos de los guardadores.

Esta documentación se podrá presentar hasta el 8 de junio como último día.

                                                                                                   24/05/2021

                                                                                                 LA DIRECCIÓN

ATENCIÓN. AVISO IMPORTANTE.

Los documentos que se adjunten por vía telemática deberán ser en formato pdf.

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