Novedades Curso 21-22

CORREOS PASEN ENVIADO A LAS FAMILIAS

INFORMACIÓN DE LA REUNIÓN CELEBRADA AL ALUMNADO DE INFANTIL 3 AÑOS (SEPTIEMBRE 2021)

INFORMACIÓN DE LA REUNIÓN CELEBRADA AL ALUMNADO DE NUEVO INGRESO (JUNIO 2021)

PROTOCOLO COVID

LISTAS DE MATERIALES
En relación a los materiales recomendamos que el alumnado comience con los que ya disponen del curso anterior si está en buen estado y que esperen a adquirir el nuevo material una vez que los tutores/as den las indicaciones a principios de curso. El listado puede verse modificado por las medidas de seguridad ante el COVID-19.
 
LISTADO DE LIBROS DE TEXTO DE EDUCACIÓN INFANTIL

 

PLAN DE APERTURA
Acceso a Consulta de la adjudicación definitiva de Servicios Complementarios (aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares)
De acuerdo a la normativa, en el listado definitivo, el servicio queda garantizado cuando quienes ostenten la guarda y custodia del alumno o alumna realicen una actividad laboral o profesional remunerada que justifique la imposibilidad de atenderlo en el horario establecido.
Para quienes han sido admitidos en cualquiera de los servicios (aula matinal, comedor o actividades extraescolares) en el procedimiento ordinario DEL 1 AL 7 DE SEPTIEMBRE SE ABRE EL PLAZO PARA SOLICITAR LA BONIFICACIÓN para dichos servicios.
Si en el mes de septiembre la situación familiar se modificara puede solicitar los usos del servicio aportando la documentación acreditativa:
  1. Cuando la guarda y custodia sea ejercida por solo uno de los representantes legales deberá presentar una copia compulsada del libro de familia o el documento judicial acreditativo de esa circunstancia.
  2. Para acreditar la actividad laboral o profesional de las personas que ostenten la guarda y custodia del alumnado será necesario presentar, por cada uno de ellos:
    1. Informe de vida laboral expedido por el organismo oficial competente en la materia o certificado de la unidad de personal de su destino como funcionario.
    2. Certificación de la empresa justificativo de la duración de la jornada, así como el horario de trabajo a efectos de lo establecido en los artículos 11.2.c) y 15.2.c) del Decreto 6/2017, de 16 de enero.
    3. En el caso de que desarrollen su actividad laboral por cuenta propia, deberán presentar una certificación demostrativa del alta en el Impuesto de Actividades Económicas del horario que requiere la actividad. En el supuesto de que no exista obligación legal de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, se acreditará mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos:
      1.  Alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, para aquellas personas que desarrollen actividades empresariales o profesionales, incluidas las agrícolas, forestales, ganaderas o pesqueras.
      2. Copia autenticada de la correspondiente licencia de apertura expedida por el Ayuntamiento respectivo.
      3. Copia sellada de la declaración responsable o comunicación previa correspondiente presentada ante el Ayuntamiento.
      4. Alta en la Seguridad Social y una declaración responsable de la persona interesada sobre la vigencia de la misma.