Según las Instrucciones de 29 de Febrerode 2020de la Viceconsejería, sobre los Procedimientos de Admisión y Matriculación del alumnado de los centros docentes sostenidos con fondos públicos para el curso escolar 2020/21:-En el punto IV “ESCOLARIZACIÓN DEL ALUMNADO EN CONSERVATORIOS ELEMENTALES Y PROFESIONALES DE MÚSICA PARA CURSAR LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES BÁSICAS Y PROFESIONALES, y dentro de dicho punto en su parte Decimoséptima: Acceso a las enseñanzas de música, en el punto 3. Nos viene a decir:“Los Centros podrán convocar pruebas de acceso a curso distinto a 1º de las enseñanzas elementales básicas y profesionales de música, siempre que existan solicitudes de admisión en el plazo que la normativa establece. En la Convocatoria se hará constar que la superación de la prueba no garantizará la obtención de plaza escolar, condicionada ésta a la disponibilidad de plaza escolar vacante.
Aquel alumnado que no se matricule durante el periodo establecido deja de ser alumno/a del conservatorio a todos los efectos.
De modo que, en caso de tener interés en continuar sus estudios deberá realizar una preinscripción del 1 al 30 de abril y su admisión dependerá de la existencia de plazas vacantes para el curso y especialidad solicitada, una vez matriculado el alumnado del centro.
Cuando se desea reingresar a las enseñanzas después de haber estado 2 cursos fuera, el acceso que deben solicitar es el correspondiente a Admisión a distinto curso de Primero y realizar la correspondiente prueba en septiembre
Si el reingreso es al centro dentro de los dos años posteriores a abandonar los estudios deben consignar en la solicitud «Solicitud de Reingreso», en cuyo caso no realizarán la prueba pero el acceso está supeditado a la existencia de plaza vacante.
Todo el alumnado que quiera continuar sus estudios (promocione o repita curso) y que no haya terminado los estudios de Enseñanzas Elementales de Música, deberá formalizar la matrícula para el siguiente curso del 1 al 10 de Julio Impreso de matrícula. ANEXO III
CAMBIO DE INSTRUMENTO
Una vez concluido el proceso de matriculación, aquellos alumnos y alumnas que, habiendo cursado y superado el primer curso de las enseñanzas elementales básicas de música, así lo manifiesten, podrán solicitar el cambio de materia instrumental a la persona que ejerce la dirección del centro, siempre que exista plaza escolar vacante en la materia instrumental solicitada y aplicando los criterios generales de adjudicación previstos en la Orden de 13 de marzo de 2013.
Las solicitudes se presentarán antes del 10 de septiembre de cada año. En caso de que dicho cambio sea autorizado por la dirección del centro, estos alumnos y alumnas cursarán el segundo curso de dichas enseñanzas, así como la materia instrumental de primero. A los efectos de los límites de permanencia, se computarán los años cursados anteriormente.
Es posible que el alumnado realice dos cursos en un mismo año académico. Una vez comenzado el curso escolar, y durante el primer trimestre, el Consejo Escolar de los Centros podrá autorizar, con carácter excepcional, siempre que existan puestos escolares vacantes, la matrícula en el curso inmediatamente superior.
El alumnado al final del primer trimestre, deberá solicitar a la Dirección del Centro su deseo de realizar ampliación de matrícula.
El Equipo Educativo deberá elaborar un informe favorable al respecto y solicitarlo también a la Dirección del Centro. Este informe permite garantizar que el alumno/a podrá cursar los dos cursos en un mismo año..
La Dirección del Centro elevará al Consejo Escolar sendas solicitudes y si éstas son estimadas se concede la ampliación de matrícula.
El alumnado deberá en los primeros días del inicio del segundo trimestre regularizar en Secretaría la nueva matrícula. Debiendo abonar las tasas correspondientes al nuevo curso que se incorpora.