Becas generales para estudios universitarios y no universitarios 2022/2023
El Ministerio de Educación y Formación Profesional publica la Resolución del 10 de marzo de 2022, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2022-2023, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (FP, bachillerato y otros) o universitarios.
Tutorial de Youtube sobre como solicitar la beca de estudios. Pulsa aquí.
- Primer y segundo cursos de Bachillerato.
- Formación Profesional de grado medio y de grado superior.
- Enseñanzas artísticas profesionales.
- Enseñanzas deportivas.
- Estudios de idiomas en Escuelas Oficiales, incluida la modalidad de distancia.
- Enseñanzas artísticas superiores.
- Estudios religiosos superiores.
- Estudios militares superiores.
- Cursos de preparación para pruebas de acceso a la Formación Profesional impartidos en centros públicos y privados concertados.
- Formación Profesional Básica.
- Enseñanzas universitarias del sistema universitario español cursadas en centros españoles y con validez en todo el territorio nacional:
- Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster.
- Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas.
- Complementos de formación para acceso u obtención del título de Máster y créditos complementarios para la obtención del título de Grado.
Este año se adelanta el plazo de solicitud varios meses, de esta manera puedes saber si cumples los requisitos económicos y de cuanto dinero dispondrías antes de matricularte en los estudios que te interesan.
Es necesario que pidas la beca en este plazo aunque todavía no se haya abierto el periodo de matrícula en los estudios que te interesan, no sepas lo que vas a estudiar o incluso no sepas con seguridad si vas a estudiar o no.
Pon los estudios más probables y hacia septiembre podrás cambiarlos.
- Plazo para estudios no universitarios: Desde el 30 de marzo hasta el 12 de mayo del 2022.
- Plazo para estudios universitarios: Desde el 30 de marzo hasta el 12 de mayo del 2022.
- La SOLICITUD se presenta mediante formulario on-line a través de la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional (accede AQUÍ) para estudios no universitarios.
- Video explicativo sobre cómo registrarse en la sede electrónica en caso de no tener cuenta.
1. No estar en posesión de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca.
3. Ser español, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea.
4. Reunir el resto de requisitos académicos y económicos que especifica la convocatoria.REQUISITOS ACADÉMICOS:
- Acreditar no estar repitiendo curso.
- Alcanzar determinada nota media.
- Requisitos académicos para los no universitarios.
- Requisitos académicos para los universitarios.
REQUISITOS ECONÓMICOS:
- No superar determinados niveles de renta y patrimonio familiares. A efectos de las becas y ayudas al estudio del curso 2022-2023, se computará el ejercicio 2021.
- Los requisitos económicos se establecen mediante unos umbrales o límites de renta (ver tabla), que determinarán los componentes de beca que pueden percibirse. Estos requisitos están publicados en el Real Decreto 154/2022, de 22 de febrero.
- Ver requisitos económicos para estudios no universitarios.
- Ver requisitos económicos para estudios universitarios.
OBLIGACIONES:
- Además de los requisitos anteriores, hay que tener en cuenta que se deben reunir también otras condiciones para obtener determinados componentes de la beca.
- Los alumnos que resulten beneficiarios de beca, como perceptores de una subvención estatal, están obligados a destinar la beca a la finalidad para la que se concede. Se entenderá que no se cumple este requisito cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:
- Haber causado baja de hecho en el centro durante el curso.
- No haber asistido a un porcentaje mínimo de las horas lectivas, salvo dispensa de escolarización (80% de las clases en estudios postobligatorios).
- No haber superado el 50 por ciento de las asignaturas o créditos matriculados, en convocatoria ordinaria ni extraordinaria (40% en la rama de enseñanzas técnicas y ciencias).
FIJAS:
B) Cuantía fija ligada a la renta del solicitante: 1.700,00 euros. Se aplicará el umbral 1.
C) Cuantía fija ligada a la residencia del solicitante durante el curso: 1.600,00 euros. Se aplicará el umbral 2.
D) Cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico: Entre 50 y 125 euros. Se aplicará el umbral 3.
E) Beca básica: 300,00 euros para quien no opte a la cuantía fija ligada a la renta. Se aplicará el umbral 3.
VARIABLE:
F) Cuantía variable y distinta para los diferentes solicitantes que resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar y cuyo importe mínimo será de 60,00 euros. Se aplicará el umbral 2.