La entrada en vigor de la LOE, Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de 2006, de Educación; así como la LEA, Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, abrió un nuevo marco de legislación educativa en nuestra comunidad.
Estas nuevas leyes con sus respectivos desarrollos han supuesto cambios significativos en lo referente a los documentos organizativos de los Centros Docentes.
Nuestro centro hace uso de su autonomía en cuanto a criterios pedagógicos, de gestión y organización, planteando en este documento nuestros propios modelos de funcionamiento.
El Plan de Centro tiene carácter público y plurianual, obliga y relaciona a toda la Comunidad Educativa.
El Plan de Centro es un documento que está constituido por:
1. El Proyecto Educativo
El Proyecto Educativo constituye la seña de identidad del Centro y expresa la educación que desea y va a desarrollar por lo que contemplará los valores, los objetivos y las prioridades de actuación. Define los objetivos particulares que el Centro se propone alcanzar.
Además de los aspectos que debe recoger el Proyecto Educativo, incluimos dos apartados más:
· El análisis del contexto.
. Las finalidades educativas.
2. El Reglamento de Organización y Funcionamiento.
El ROF del Centro es un documento que recoge todo el conjunto de reglas y normas necesarias para la organización y el buen funcionamiento. Debe servir, pues, como marco de referencia constante para todos los sectores que componen la comunidad educativa. Su función es facilitar el clima organizativo y funcional adecuado para el logro de las Finalidades Educativas y los objetivos contemplados en el Proyecto Educativo de Centro.
Recoge los siguientes aspectos:
– Régimen de participación.
– Criterios y procedimientos que garanticen el rigor y la transparencia en la toma de decisiones.
– Instalaciones y recursos materiales.
– Organización del Centro.
– Prevención de riesgos laborales.
– La evaluación del Centro.
3. El Proyecto de Gestión.
Incluye, entre otros aspectos:
– Criterios para la elaboración del presupuesto.
– Criterios para la gestión de las sustituciones de las ausencias del profesorado.
– Medidas para la conservación y renovación de las instalaciones y del equipamiento.
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