NOVEDAD ENERO 2024 NOVEDAD ENERO 2024
Por orden de la Consejería de Educación y siguiendo sus instrucciones, desde el día 9 de enero de 2024 se encuentra habilitado en Séneca el nuevo módulo para la solicitud y gestión de todas las ausencias del profesorado que presta servicio en los centros educativos de la Junta de Andalucía. Dichas solicitudes de permiso/licencias, de incapacidad temporal (bajas y altas) y/o ausencias tienen que ser solicitadas y tramitadas por el interesado a través de SÉNECA siguiendo la ruta: PERSONAL → AUSENCIAS → SOLICITUD DE PERMISOS Y LICENCIAS → NUEVA SOLICITUD
Las solicitudes tienen que estar debidamente cumplimentadas en todos sus campos y firmadas por el interesado, además adjuntando la justificación necesaria en función del tipo de permiso/licencia. Muy importante tener en cuenta los plazos para solicitar los permisos.
Toda la normativa e información al respecto de cada permiso/licencia la tenéis disponible en la Circular de 11 de junio de 2021, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, sobre permisos, licencias y reducciones de jornada del personal docente.
Se adjunta a continuación el “Manual de usuario para la solicitud de licencias y permisos” facilitado por la Consejería de Educación con las instrucciones para su consulta por parte del profesorado. MANUAL DE GESTIÓN PARA PERMISOS Y LICENCIAS. SÉNECA.
GUÍA DE ACLARACIONES. CONSULTA LOS CÓDIGOS/MOTIVOS DE MAYOR FRECUENCIA.
En la siguiente imagen se muestran los pasos a seguir:
NOTA INFORMATIVA PARA LOS PARTES DE BAJA Y ALTA
Desde la asesoría médica de la delegación territorial nos comunican que están detectando muchos errores en la cumplimentación de los partes de baja y alta de los empleados, errores que dificultan o impiden la gestión de las sustituciones y del pago de retribuciones. Para evitar problemas con la tramitación de los partes, os indicamos las directrices enviadas a los centros educativos por parte de la asesoría médica en referencia a la correcta cumplimentación de dichos documentos:
1. Los partes de situaciones de IT deberán estar DEBIDAMENTE CUMPLIMENTADOS. El docente debe estar perfectamente identificado (NOMBRE, APELLIDOS y DNI), en una letra que sea legible para cualquier persona y con la suficiente claridad para poder tramitarlo (a la hora de escanearlo, pedimos que se haga en una calidad que permita la lectura del parte).
2. Las distintas situaciones de IT (Baja, Continuidad, Alta) del personal docente funcionario de carrera deben comunicarse OBLIGATORIAMENTE utilizando el FORMULARIO DE MUFACE. En ningún caso será válido el formulario del SAS (aunque el docente haya elegido el SAS como entidad prestataria de la asistencia sanitaria).
3. MUFACE no admite que el médico utilice un mismo formulario para la baja y el alta; deberá expedir UN FORMULARIO DE BAJA Y OTRO DE ALTA debidamente cumplimentados.
4. NO se pueden tramitar los formularios electrónicos en formato EDITABLE ni aquellos protegidos por contraseña.
5. Cuando se trate de partes de Confirmación o Alta, la ‘Fecha de inicio de la situación’ de dichos partes hace referencia a la fecha de inicio de la ‘Baja Inicial’, por tanto, dichas fechas de inicio DEBEN COINCIDIR.
6. En cuanto a los partes de Confirmación, es fundamental que sean CORRELATIVOS. El parte de confirmación que sigue a la baja inicial sería el parte de Confirmación nº1 (debe quedar claro que es un parte de confirmación, es decir, NO hay que marcar la casilla de baja inicial cuando se trate de un parte de confirmación). Además, deben presentarse en la fecha que toque.
(Los partes de baja y alta del personal interino se cursan directamente desde el SAS/INSS a la Delegación Territorial de Educación).
22 de febrero de 2024 MÁS ACLARACIONES DE LA D.G. DE RECURSOS HUMANOS
1. El personal docente acogido al régimen de SEGURIDAD SOCIAL, NO DEBE TRAMITAR Anexo I en caso de situación de incapacidad temporal (IT), ya que ésta se seguirá tramitando de forma automatizada como se venía haciendo durante 2023.
2. Personal de MUFACE: la solicitud de licencia por enfermedad que dé lugar a IT (Motivo L.1.B), se debe solicitar a través del Anexo I SOLO UNA VEZ PARA EL MISMO MOTIVO. Los partes de continuidad de la misma baja NO REQUIEREN la cumplimentación de otro Anexo I, se deben trasladar directamente a las direcciones de los centros que será quien los gestione.