El plazo de presentación de solicitudes está abierto desde el 27 de marzo al 17 de mayo de 2023.
Tu Beca, en nueve pasos
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1. Presenta entre el 27 de marzo y el 17 de mayo… ¡y hazlo cuanto antes!
Aunque aún no sepas qué vas a estudiar ni qué notas sacarás este curso, necesitamos que aportes algunos datos
provisionales con respecto a los estudios que prevés cursar en el 2023/2024. Más adelante podrás modificarlos. Quizás te pidamos adjuntar algún documento, por eso, prepara el borrador con tiempo suficiente.
Una vez completada la solicitud, te dará la opción de presentarla. Ten en cuenta que:
Si todo está correcto, podrás descargar el justificante como garantía de la presentación de la Beca. En la sede
electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional aparecerá el mensaje “presentada”.
Si tu solicitud se queda en estado «borrador», no podrá ser tramitada. Comprueba si te falta algún dato.
Si tienes dudas, consulta la sección de Preguntas frecuentes
(https://www.becaseducacion.gob.es/dudas/faqs.html) y los vídeos
https://www.becaseducacion.gob.es/dudas/videos.html
Si, a pesar de todo necesitas más información, ponte en contacto con nosotros.
https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/becas-y-ayudas/contacto
También puedes hacer uso de los servicios que ofrece el Ministerio de Educación y Formación Profesional https://www.becaseducacion.gob.es/contacto.html
Recuerda: Debes presentar la solicitud en el plazo que te hemos indicado anteriormente.
Fuera de este plazo no admitiremos solicitudes de Beca.
Para el curso 2023-2024 EL ALUMNO/A siempre debe ser el TITULAR o COTITULAR de la cuenta corriente consignada en la solicitud. Para más información con respecto a la cuenta corriente consulta aquí
https://portals.ced.junta-andalucia.es/educacion/portals/web/becas-y-ayudas/alta-cuentas-corrientes
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2. Comprobamos si reúnes algunos de los requisitos y los datos son correctos.
De esto se encarga la Unidad de Becas que te corresponda. Es posible que te pidamos algún documento más. A con –
tinuación, se consultará a la administración tributaria los datos económicos para la concesión de la beca.
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3. Te informamos si reúnes los requisitos económicos
Te avisaremos por correo electrónico y SMS para que entres en la web de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional de la Junta de Andalucía y consultes si reúnes o no los requisitos económicos. Te daremos
instrucciones para continuar el proceso, y un plazo para que puedas entrar nuevamente en tu solicitud a modificar algunos datos a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Si reúnes los requisitos económicos, para obtener Beca deberás cumplir otros requisitos, de tipo general y
académico. Puedes consultar cuáles son aquí https://www.becaseducacion.gob.es/becas-y-ayudas/fpEdif.. Torretriana, C/. Juan A. de Vizarrón, s/n.
41071 Sevilla
Telf.: 955 064 000 / 900 848 000
bachillerato-otros/tipos-de-becas.html o en la propia convocatoria
https://www.becaseducacion.gob.es/normativa/c/normativa.html
Si no reúnes los requisitos económicos y consideras que ha habido algún error, te informaremos del plazo que
tienes para presentar alegaciones y el portal web donde realizarlas.
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4. Si quieres modificar datos académicos de tu solicitud o hacer alegaciones, te informaremos del plazo en “Consultas Becas “ (probablemente será en septiembre)
Recuerda que debes revisar la información de tipo académico que anotaste en tu solicitud. Si ha variado, tendrás que corregirla en este plazo.
Si no reúnes los requisitos económicos, puedes alegar en este plazo. Para hacerlo debes entrar en la solicitud, en
un apartado específico que para ello habilite el Ministerio de Educación y Formación Profesional en su sede electrónica.
Si alegas, y además tus datos académicos han cambiado, recuerda que también debes actualizar en este mismo plazo dichos datos académicos.
En este plazo también podrás modificar la cuenta corriente consignada en la solicitud, pero recuerda: EL ALUMNO/A
debe de ser titular o cotitular de la misma.
Para informarte o familiarizarte con algunos conceptos puedes consultar aquí https://www.becaseducacion.gob.es/dudas/que-significa.html
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5. Comprobamos los requisitos académicos
Si reúnes los requisitos económicos, comprobaremos tu información académica. Si cumples todos los requisitos,
te asignaremos las cuantías de Beca que te correspondan.
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6. Resolvemos tu solicitud (Resolución provisional)
Te enviaremos un correo electrónico y un SMS para que accedas a “Consultas Becas” https://becasweb.ced.juntaandalucia.es/consultawebbecas/ y compruebes si te corresponde o no la Beca. Si no estás de acuerdo, podrás reclamar presentando alegaciones dentro del plazo que se establezca a través de la Secretaría Virtual de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/
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7. Recibes el importe de la Beca
Una vez que se haya emitido la credencial de resolución provisional, abonaremos en tu cuenta la cantidad que te corresponda (para más información sobre las cuentas corrientes pincha aquí
https://portals.ced.junta-andalucia.es/educacion/portals/web/becas-y-ayudas/alta-cuentas-corrientes
La Beca tiene una parte fija y otra variable, por lo que es posible que recibas varios pagos. Además, la cuantía variable también puede dividirse en dos pagos, por eso aconsejamos no modificar la cuenta corriente donde quieres
que se haga el ingreso, ya que esto podría demorar el pago)
Ten en cuenta que el importe tardará al menos unas semanas en abonarse en tu cuenta desde que recibes la notificación.
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8. Publicamos la Resolución definitiva de personas beneficiarias y la cantidad asignada
La Resolución definitiva de tu Beca no se comunicará de forma individual. Simplemente, se publicará en el Portal
de Becas de la web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía
https://portals.ced.junta-andalucia.es/educacion/portals/web/becas-y-ayudas
y tu podrás ver en “Consultas Becas” ( https://becasweb.ced.junta-andalucia.es/consultawebbecas/ ) tu credencial
definitiva con las cuantías concedidas.
Ten en cuenta que una vez publicada la Resolución definitiva:
tienes un mes a partir del día siguiente de esta publicación para presentar recurso administrativo, a través de la Secretaría Virtual de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
dos meses para presentar recurso judicial , si no estás de acuerdo con la desestimación o con las cuantías que se te han concedido.
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9. ¡Suerte en tus estudios!
La Beca es un derecho que tú tienes y que recibes gracias a las aportaciones de todos los contribuyentes.
Recuerda que disfrutar de una Beca te compromete a unas mínimas obligaciones que puedes consultar en los artículos 40 al 46 de la convocatoria. https://www.becaseducacion.gob.es/normativa/c/normativa.htm