El centro programará y organizará actividades complementarias al amparo de su autonomía pedagógica, de organización y de gestión; lo podrá hacer unilateralmente o de manera coordinada con la AMPA del centro, también podrá participar en otras organizadas por instituciones y otras entidades.
El objetivo fundamental a la hora de programar actividades unilateralmente o de manera coordinada con la AMPA es el de ofrecer al alumnado una serie de recursos que complementen sus aprendizajes, los motiven, los acerquen a la cultura de su entorno, estimulen en ellos valores, fomenten actitudes saludables, etc.
De todas las actividades de esta naturaleza, inicialmente previstas, será informado el consejo escolar durante el mes de octubre e incluidas en la oportuna planificación general anual que se realice. Mensualmente se concretarán las actividades complementarias a desarrollar, será a propuesta de la jefatura de estudios con el consenso del Equipo de Ciclo como órgano de coordinación docente.
Se habilitará la forma para que cualquier miembro de la comunidad educativa pueda tener conocimiento de las actividades previstas mensualmente, este mismo canal puede servir para ser informados los miembros del consejo escolar.
Las actividades complementarias se desarrollarán en horario lectivo (total o parcialmente), dentro o fuera del centro, corresponde al claustro su aprobación y obligan al profesorado una vez aprobadas.
Muy excepcionalmente podrán organizarse actividades extraescolares al margen de las previstas y relacionadas con el Plan de Apertura de Centros, en ese caso habrían de ser aprobadas por el consejo escolar, en los términos que establezca la normativa. No debemos confundir estas actividades extraescolares con determinados actos académicos a los que se alude en el proyecto de gestión.
Se programarán actividades complementarias en las que puedan participar todos los niños o niñas y que no supongan una discriminación significativa por cuestiones económicas, de creencias, personales, etc. De ser actividades que conlleven un gasto, que se desarrollen exclusivamente en horario lectivo y que no conlleven gasto en transporte (normalmente actividades dentro del centro o en el entorno urbano local) debe asegurarse la asistencia de todo el alumnado en el sentido de que el coste de la actividad no suponga un problema para su participación.
De programarse actividades complementarias con salida del centro y de la localidad, normalmente actividades que conllevan transporte, se procurará que no sean excesivas ni próximas en el tiempo, que tengan siempre una clara finalidad educativa y hacer referencia al currículo. También podrá programarse una actividad de esta naturaleza y tipo por cada por nivel y curso en el último trimestre a fin de fomentar la convivencia, en ella podrá participar un adulto por alumno/a.
Para la organización y desarrollo de estas actividades será imprescindible diseñar un breve proyecto con actividades previas y posteriores, a realizar en el aula; de la elaboración de este sencillo proyecto se encargarán los tutores correspondientes, con la colaboración de los delegados de padres/madres de cada tutoría. Junto al proyecto se incluirá una previsión económica de gastos, un acuerdo de viaje firmado por tutores, delegados de padres y empresa que realice el viaje, se adjuntará el listado correspondiente que incluya alumnado, docentes y adultos acompañantes.
La gestión de la comunicación a las familias, firma de autorizaciones, selección de la empresa con la que se contrate el desplazamiento, etc, estará a cargo de los tutores de los grupos que desarrollan la actividad, cada tutor/a con respecto a su grupo aunque siempre de forma coordinada siendo informada la dirección del centro. Otras cuestiones relacionadas con la gestión económica de la actividad (cobros a familias, pago a la empresa, etc) podrán corresponder al centro (entiéndase equipo directivo) o éste delegar en tutores.
Los tutores de los grupos se asegurarán de que todas las familias de sus grupos han quedado suficientemente informadas de todos los detalles del viaje, plazos, gastos, etc, decidan o no, participar en la actividad.
En todo momento la dirección del centro dispondrá en tiempo y forma, de la documentación mencionada anteriormente o cualquier otra que pueda ser requerida para cumplir con la normativa al respecto.
No se contempla la realización de ninguna salida del centro que conlleve el desplazamiento en vehículos personales.
Las actividades o actos académicos que se desarrollen, se realizarán preferentemente en horario lectivo, hablamos fundamentalmente del acto de despedida del curso y de la despedida del ciclo, pero podrían ser otros en función de determinadas circunstancias específicas, entre ellas el que ambos tutores lo soliciten y comuniquen su interés a la dirección del centro al menos al inicio del trimestre último.
Debe ser objetivo fundamental la realización de actos conjuntos en los que participen todos los grupos y familias afectados/as, excepto en aquellos casos en los por motivos de aforo u otras circunstancias de interés, no sea posible; en estos casos se podrá proceder a la realización de esos actos por grupos/clase o a la repetición del mismo acto para otro grupo de familias. De ser necesario, el equipo directivo valorará otras opciones propuestas por los órganos de coordinación docente (equipo de ciclo).
Todas los actos puramente académicos o de naturaleza similar, serán organizados por el centro, para lo que el equipo directivo distribuirá las responsabilidades oportunas. En este aspecto conviene revisar lo que se establece en el apartado del Proyecto de Gestión que hace referencia a la organización, planificación y desarrollo de actividades complementarias, extraescolares y otros actos; también lo que establecer el R.O.F. respecto de actos informativos (artículo 93) y actos académicos y culturales (artçiculo 94).
En general será obligatorio informar con al menos un mes de antelación a la dirección, bien directamente o a través de la jefatura de estudios o reuniones de los órganos de coordinación docente. Posteriormente y con los mismos plazos a las familias, sobre fechas, espacios y demás detalles. Para algunas actuaciones concretas la información debe llegar mucho antes con el fin de que las familias puedan planificarse.
No será posible el desarrollo de actividades en el patio del centro si se incumple la normativa relativa a espectáculos públicos.
En relación al profesorado acompañante en las salidas del centro, nos atendremos a las ratios establecidas por la administración y en aquellos casos de un número significativo de padres/madres acompañantes, el de maestros/as será el mínimo posible, siempre asegurando la participación de los tutores en la salida. La participación de los tutores de los grupos la entendemos obligatoria, sólo en circunstancias extraordinarias se les eximirá de su participación.
La participación del alumnado en el desarrollo de actividades complementarias es un derecho , por tanto, conviene preservarlo salvo en aquellas circunstancias que se puedan determinar en el plan de convivencia, en el ROF o en cualquier normativa aprobada al respecto.
En aquellas circunstancias en las que el centro programe salidas de éste, que requieran de la presencia de un adulto y que un alumno o alumna no vaya a contar con dicho acompañamiento, no se podrá denegar su asistencia, aunque desde la tutoría se intente concienciar a la familia interesada de la necesidad o no de su acompañamiento ( o el de éste por el familiar de otro alumno/a) teniendo en cuenta determinadas peculiaridades del alumno.
Dado que las actividades complementarias programadas tendrán un carácter fundamentalmente educativo y relacionadas con el currículo, la asistencia de adultos como acompañantes será habitualmente de una sola persona y siempre mayor de edad. Nunca se permitirá la participación de otros hermanos en edad escolar obligatoria y que deban estar asistiendo a clase en ese horario, estén matriculados en este centro o en otro.
En los casos de jornadas de convivencia entre la comunidad educativa del centro, se respetará una por ciclo (la de finalización de la etapa), siempre y cuando la asistencia del grupo supere un tanto por ciento de alumnado significativo, que no podrá en ningún caso ser inferior al sesenta y cinco por ciento sobre el total del alumnado de la clase. Para casos de jornadas de convivencia de toda la comunidad educativa, se procurará que sea organizada por la AMPA del centro y en un día no lectivo.
Como se ha indicado anteriormente, tanto el Reglamento de Organización y Funcionamiento como el Proyecto de Gestión, incluyen apartados que puntualizan algunas cuestiones referidas a esta temática.
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