ARTÍCULO 1.Participación activa
1.–El profesorado debe participar activamente en la estructura técnico-pedagógica del centro.
2.-El profesorado colaborará en el ejercicio de las competencias y funciones que se establezcan en este reglamento y en general en la normativa vigente.
ARTÍCULO 2. Esfuerzo global
1.-La actividad desarrollada por el profesorado en nuestra Escuela se entenderá como esfuerzo global de todos los miembros del sector y no como suma de esfuerzos individuales.
ARTÍCULO 3. Actitudes colaborativas
1.-Nuestro centro fomentará el desarrollo de actitudes favorables a la colaboración entre el profesorado y exigirá de cada miembro el cumplimiento de las tareas de modo responsable y cooperativo.
ARTÍCULO 4. En el consejo escolar
1.-El profesorado participará activamente en el consejo escolar, eligiendo sus representantes, con lo que ello conlleva, desde conocer la normativa electoral específica hasta participar e implicarse directamente y expresar y representar los distintos puntos de vista del profesorado.
ARTÍCULO 5. En el claustro
1.-El profesorado en cuanto miembro del claustro participará activamente en este órgano, manifestando sus opiniones sobre los distintos temas y estudiando con anterioridad o posterioridad aquellos documentos propuestos en las convocatorias.
ARTÍCULO 6. En los órganos de coordinación
1.-La participación del profesorado en los órganos de coordinación deberá ser siempre activa, implicándose en la toma de decisiones, en el desarrollo de proyectos, en la puesta en práctica del proyecto educativo de la Escuela, etc, en cualquier caso se estará a lo dispuesto en la normativa vigente y en los títulos correspondientes de este reglamento.
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