ARTÍCULO 97. Actualización datos e información a las partes sobre actuaciones a realizar.
1.-Desde la secretaría del centro y a través de cada una de las tutorías, con el inicio de cada curso, se solicitará de cada una de las familias la cumplimentación de una ficha de actualización de datos, esta ficha demandará información sobre la situación legal de los progenitores.
2.-Una vez que el centro tenga información aportada por alguno de los progenitores sobre situaciones legales que incidan en sus deberes y derechos sobre el menor, se pondrá en contacto por escrito con las partes a fin de dejar claro que para aquellas situaciones en las que las sentencias no especifiquen una actuación concreta, se actuará conforme establece la guía antes expuesta o incluso que para aquellos otros casos en los que ésta tampoco concrete, se deberá solicitar por escrito al centro con la antelación suficiente para consultar y tomar las decisiones oportunas en beneficio del menor y que no limiten los derechos de cada uno.
ARTÍCULO 98. Documentación.
1.-El centro deberá disponer de un documento genérico a través del que llevar a cabo las actuaciones referidas en el artículo anterior, siempre será necesaria la devolución firmada de la copia dejando así constancia de su entrega al interesado/a. Igualmente dispondrá de los oportunos modelos o plantillas para firma de autorizaciones y acuerdos entre las partes, de esa forma se facilitan actuaciones que deban llevar a cabo tutores/as.
2.-La secretaría del centro archivará y custodiará, previa supervisión de la dirección, toda la documentación que deba incluirse en el dossier al que hace alusión el capítulo I de este Título VI, hablamos de: sentencias, copias de las comunicaciones con las partes, informes tutoriales, …
3.–La dirección del centro podrá demandar informes al tutor/a sobre situaciones conflictivas acaecidas y provocadas por alguno de los progenitores en su relación con el centro o con la otra parte.
4.–La dirección del centro se encargará de remitir a los tutores que no tengan la guarda y custodia, una vez que éstos han facilitado una dirección postal o de correo electrónico, la documentación a que tengan derecho, no pueda ser distribuida por la aplicación Pasen o consultada a través de la web del colegio.
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