Alumnado becado y no becado

El alumnado de educación POSOBLIGATORIA (Bachillerato y Ciclos Formativos) admitido en la convocatoria de plazas de residencia para este curso, deberán solicitar OBLIGATORIAMENTE la Beca De Carácter General del Ministerio de Educación.

  • En el caso de que sea CONCEDIDO el componente de RESIDENCIA (2500€), este deberá ser abonado en su totalidad a través del Modelo 046 en un plazo de 15 días una vez que dicha cantidad sea ingresada en la cuenta corriente del becado. Este modelo les será facilitado por la residencia para que puedan proceder al ingreso.
  • En el caso de que sea DENEGADO el componente de RESIDENCIA, la Junta de Andalucía procederá al estudio de los ingresos familiares y podrá bonificar hasta el 100% de la cuantía denegada (2500€). En caso de no ser bonificados, se procederá a emitir los recibos de los meses de estancia en la Residencia Escolar. (250€/mes)

El alumnado de educación OBLIGATORIA NO tienen que solicitar la Beca del Ministerio de Educación, por ser esta etapa gratuita.

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