Información trámite solicitudes admisión / bonificación plazas

Para realizar la solicitud de admisión de forma correcta rogamos lean los documentos de los siguientes enlaces:

INFORMACIÓN GENERAL

PROCEDIMIENTO ADMISIÓN ALUMNADO

INSTRUCCIONES PRESENTACIÓN TELEMÁTICA SOLICITUDES

MUY IMPORTANTE: 

No olvide que, además de solicitar la plaza de residencia, deberá solicitar plaza en el centro educativo donde desea cursar sus estudios, en los plazos indicados para ello.

Documentación

Procedimiento de bonificación:

  • Aportar certificado de empadronamiento para acreditar la convivencia en el mismo domicilio de la unidad familiar a efecto de las bonificaciones a las que se refiere el apartado 1 del artículo 24 de la Orden de 17 de abril de 2017

Procedimiento de admisión:

  • Para acreditar el criterio de familia numerosa, cuando la Administración no haya podido obtener la información, la persona solicitante deberá aportar, previo requerimiento, copia autenticada del libro de familia numerosa
  • Para acreditar el criterio de discapacidad, cuando no se haya podido obtener la información por la Administración, previo requerimiento, la persona solicitante deberá aportar certificados de los dictámenes de discapacidad
  • Para acreditar la renta y patrimonio anual, cuando la Administración no pueda obtener la información, la persona solicitante deberá aportar, previo requerimiento, una certificación de haberes, declaración jurada o cualquier otro documento de cada una de las personas mayores de dieciséis años de la unidad familiar

Artículos 3 a 9 de la Orden de 28 de marzo de 2012. Artículo 25 y disposición adicional tercera de la Orden de 17 de abril de 2017

Requisitos

Procedimiento de bonificación:

  • Podrá solicitar la bonificación sobre el precio público del servicio de residencia escolar el alumnado que haya solicitado su participación en la convocatoria general de becas y ayudas al estudio o que no haya podido participar en la misma por haber obtenido su plaza de residencia escolar una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes
  • Cumplimentar la autorización a la Consejería competente en materia de educación para obtención de datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo previsto en el artículo 25.1 de la Orden de 17 de abril de 2017, en caso contrario no se tendrá derecho a la bonificación

Procedimiento de admisión:

  • Tener la edad requerida para cada enseñanza salvo que se trate de alumnos de altas capacidades intelectuales, cuando se hayan adoptado medidas de flexibilización de la duración de alguna etapa educativa, en cuyo caso la edad requerida podrá modificarse
  • Que para su progresión deportiva necesite el acceso a una residencia escolar para hacer compatible su escolarización con la práctica del deporte en el que ha sido seleccionado por un club o entidad deportiva de superior categoría que participe en competiciones oficiales
  • Que necesite ser residente para compatibilizar los estudios de educación secundaria con las enseñanzas profesionales de música o danza
  • Que sean hijos e hijas de mujeres atendidas en centros de acogida para mujeres víctimas de violencia de género
  • Que pertenezca a familias que se encuentren en una situación de dificultad social extrema o en riesgo de exclusión social, que repercuta gravemente en su escolarización
  • Que pertenezca a familias que, por motivos de trabajo o en razón de su profesión, pasen largas temporadas fuera de su lugar de residencia
  • Que no pueda asistir diariamente a un centro público o privado concertado que imparta las enseñanzas que desea cursar por lejanía del domicilio y la imposibilidad de la prestación gratuita del servicio complementario de transporte escolar
  • Podrá obtener plaza en una residencia escolar aquel alumnado que, residiendo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, vaya a cursar las enseñanzas obligatorias o estudios posteriores a las mismas de bachillerato, de formación profesional inicial, de artes plásticas y diseño, de enseñanzas deportivas, profesionales de música o profesionales de danza en un centro docente público o privado concertado
  • El umbral del patrimonio a que se refiere el artículo 3.1 de la Orden de 28 de marzo de 2012 se fija en 60.000 euros. (Dispongo Cuarto de la Orden de 10 de enero de 2019)

Articulo 82 del Reglamento de Residencias Escolares de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 54/2012, de 6 de marzo. Artículo 25 y disposición adicional tercera de la Orden de 17 de abril de 2017.

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