Gratuidad / bonificación plaza

Procedimiento destinado a obtener el reconocimiento del derecho a la gratuidad/bonificación del precio público por el servicio de residencia escolar en enseñanzas posobligatorias.

Para obtener ese reconocimiento es necesario solicitar la gratuidad/bonificación en el plazo establecido.

La prestación del servicio de residencia escolar será gratuita para el alumnado de enseñanzas posobligatorias:

  • Que se encuentre en situación de dificultad social extrema o riesgo de exclusión.
  • Hijos e hijas de mujeres atendidas en los centros de acogidas para mujeres víctimas de violencia de género.
  • Víctimas del terrorismo.
  • Que se encuentre en situación de tutela o guarda por la Administración de la Junta de Andalucía.
  • Que le haya sido denegada la beca de residencia escolar del curso correspondiente, si los ingresos de la unidad familiar no superan el límite establecido para poder percibir el componente de residencia en la convocatoria general de becas y ayudas al estudio.
  • Miembro de familia monoparental, entendiendo por tal aquella en la que la patria potestad es ejercida por una sola persona o, cuando siendo ejercida por dos personas, exista orden de alejamiento de una de las con respecto a la otra con la que convive el alumno o alumna, si los ingresos de la unidad familiar no superan el límite establecido para poder percibir el componente de residencia en la convocatoria general de becas y ayudas al estudio, incrementado en un 50% .

El alumnado que curse enseñanzas posobligatorias que se encuentre en circunstancias distintas de las descritas anteriormente, al que se le haya denegado la beca de residencia escolar en la convocatoria general de becas y ayudas al estudio para el curso correspondiente y los ingresos de la unidad familiar superen el límite establecido para poder percibir el componente de residencia en la referida convocatoria, tendrá las bonificaciones que se recogen en el Anexo II al Acuerdo de 27 de marzo de 2018, del Consejo de Gobierno. Igualmente ocurre con el alumnado miembro de familia monoparental cuando los ingresos de la unidad familiar superan el límite establecido para poder percibir el componente de residencia en la convocatoria general de becas y ayudas al estudio, incrementado en un 50% .

 

CUÁNDO REALIZAR EL TRÁMITE:

La solicitud de gratuidad/bonificación al precio público de residencias escolares deberá presentarse entre el 10 y el 20 de septiembre de cada año, o en los tres días siguientes al de su incorporación a la residencia escolar, si esta se produce una vez cumplido el plazo citado (apartado 4 de la disposición adicional tercera de la Orden de 17 de abril de 2017)

 

ANEXO:

GRATUIDAD BONIFICACIÓN SERVICIOS RESIDENCIA POSOBLIGATORIA

 

 

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