EQUIPO DE EVALUACIÓN.
II. El equipo de evaluación
Artículo 28. Punto 5 del Decreto 327/2010 (BOJA 16-07-2010). Autoevaluación .
Para la realización de la memoria de autoevaluación se creará un equipo de evaluación que estará integrado, al menos, por el equipo directivo, por la jefatura del departamento de formación, evaluación e innovación educativa y por un representante de cada uno de los distintos sectores de la comunidad educativa elegidos por el Consejo Escolar de entre sus miembros, de acuerdo con el procedimiento que se establezca en el reglamento de organización y funcionamiento del centro.Es el encargado de confeccionar la memoria de autoevaluación, a partir de los datos obtenidos de la medición de los indicadores establecidos.
La composición del equipo de evaluación será la siguiente:
· El equipo directivo al completo
· Orientador/a del centro
· Un representante del sector padres y madres en el Consejo Escolar
· Un representante del sector alumnado en el Consejo Escolar
· Un representante del sector profesorado en el Consejo Escolar
· Representante AMPA del centro
· Los coordinadores de los planes y proyectos que el centro desarrolla.
Los representantes del Consejo Escolar en el equipo de evaluación serán elegidos a principio de curso, a fin de que junto al resto de miembros puedan realizar su labor con la antelación debida.
Los representantes del Consejo Escolar en el equipo de evaluación serán renovados cada año y serán elegidos en una sesión extraordinaria de dicho órgano colegiado, convocada al efecto.
Si en el centro existe una Asociación de Padres y Madres, su representante en el Consejo Escolar formará parte del equipo de evaluación.