1. INTRODUCCIÓN
Según la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (LEA) Art. 26 recoge:
El Plan de Centro es un documento que estará constituido por: El proyecto Educativo, el Reglamento de Organización y Funcionamiento y el Proyecto de Gestión.
Este será un documento con carácter plurianual, obligará a todo el personal del centro y vinculará a la comunidad educativa, según el Art. 20 del Decreto 328/2010, de 13 de julio.
Nuestro plan de Centro expresará las señas de identidad de nuestro centro tal y como se recoge en el título IV (cap. I) de la LEA y en el decreto 328/2010 por el que se regula el reglamento Orgánico de los colegios y escuelas que imparten Educación infantil de segundo ciclo y la Educación Primaria.
Este documento es el auténtico referente, con carácter sistémico e integrado, del principio de autonomía pedagógica, de organización y gestión.
También la LEA, en su Art. 4, principios del Sistema Educativo Andaluz reconoce que autonomía, participación y responsabilidad son los elementos determinantes del funcionamiento y la gestión de los centros docentes.
De éste modo hemos conformado el diseño contextualizado del plan teniendo en cuenta los artículos de la ley que determinan el contenido de cada uno de los elementos integrantes (Art. 127, Proyecto Educativo, Art. 128 Reglamento de Organización y funcionamiento y Art. 129, Proyecto de Gestión).
La configuración de nuestro Plan de Centro nos permite trazar y en consecuencia llevar a cabo modelos de funcionamiento propios. Por ello incluye desde los desarrollos curriculares (a partir de unas pautas para la elaboración de las programaciones didácticas), hasta las medidas de Atención a la diversidad (de acuerdo con las necesidades Educativas de nuestro alumnado y las características del entorno en el que nos encontramos), los criterios para organizara el tiempo, los programas de intervención en el tiempo extraescolar, los procedimientos y criterios de evaluación, el plan de orientación y la acción tutorial, el plan de convivencia, las medidas para la mejora de la calidad educativa, el y plan de formación del profesorado.
A lo largo de los diferentes apartados iremos dando respuesta a través de la previsión de medidas y compromisos educativos con las familias y con las distintas instituciones de nuestro entorno. Todo ello persiguiendo la mejora de los rendimientos académicos de nuestro alumnado con una formación integral y equilibrada.
Nuestro Proyecto Educativo es el documento que constituye las señas de identidad de nuestro centro y expresa la educación que deseamos y que vamos a desarrollar en unas condiciones concretas, por lo que contemplaremos los valores, los objetivos y las prioridades de actuación, no limitándonos sólo a los aspectos curriculares, sino también a aquellos otros que, desde un punto de vista cultural, hacen de nuestro centro un elemento dinamizador de nuestra zona educativa (recogido en el Art. 21 Del Decreto 328/2010, de 13 de julio).
El proyecto Educativo definirá los objetivos particulares que nuestro centro se propone alcanzar partiendo de su realidad y tomando como referente la Ley Orgánica 3/2020 de 29 de diciembre y la ley 17/2007 de 10 de diciembre, acerca de los principios que orientan cada una de las etapas educativas que se imparten en el mismo y las correspondientes prescripciones acerca del currículo.
Uno de los aspectos principales que sustentan el Proyecto Educativo es que se adapta, en todo momento, al diagnóstico de la realidad y a las necesidades del centro, contando con la naturaleza de los recursos (humanos, materiales…) disponibles; a la vez que orienta otras planificaciones y programaciones de la actividad educativa.
Es por lo que, precisa revisiones que, por su carácter flexible, lo adecuen a distintas circunstancias, tales como la implantación de nuevas enseñanzas, a partir de los análisis que sugiera su proceso de aplicación.
Como señalábamos anteriormente, las modificaciones o adecuaciones más relevantes del Proyecto Educativo tienen que ver con la nueva configuración del currículo establecida en el marco normativo que adjuntamos en el apartado 3 de dicho documento.