1. INTRODUCCIÓN

Según la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (LEA)  Art. 26 recoge: 

El Plan de Centro es un documento que estará constituido por: El proyecto  Educativo, el Reglamento de Organización y Funcionamiento y el Proyecto de  Gestión.  

Este será un documento con carácter plurianual, obligará a todo el personal  del centro y vinculará a la comunidad educativa, según el Art. 20 del Decreto  328/2010, de 13 de julio. 

Nuestro plan de Centro expresará las señas de identidad de nuestro centro  tal y como se recoge en el título IV (cap. I) de la LEA y en el decreto 328/2010 por el  que se regula el reglamento Orgánico de los colegios y escuelas que imparten  Educación infantil de segundo ciclo y la Educación Primaria.  

Este documento es el auténtico referente, con carácter sistémico e integrado, del  principio de autonomía pedagógica, de organización y gestión. 

También la LEA, en su Art. 4, principios del Sistema Educativo Andaluz  reconoce que autonomía, participación y responsabilidad son los elementos determinantes del funcionamiento y la gestión de los centros docentes.  

De éste modo hemos conformado el diseño contextualizado del plan  teniendo en cuenta los artículos de la ley que determinan el contenido de cada uno  de los elementos integrantes (Art. 127, Proyecto Educativo, Art. 128 Reglamento de  Organización y funcionamiento y Art. 129, Proyecto de Gestión). 

La configuración de nuestro Plan de Centro nos permite trazar y en  consecuencia llevar a cabo modelos de funcionamiento propios. Por ello incluye  desde los desarrollos curriculares (a partir de unas pautas para la elaboración de  las programaciones didácticas), hasta las medidas de Atención a la diversidad (de  acuerdo con las necesidades Educativas de nuestro alumnado y las características del entorno en el que nos encontramos), los criterios para organizara el tiempo, los programas de intervención en el tiempo extraescolar, los procedimientos y criterios  de evaluación, el plan de orientación y la acción tutorial, el plan de convivencia, las  medidas para la mejora de la calidad educativa, el y plan de formación del  profesorado. 

A lo largo de los diferentes apartados iremos dando respuesta a través de la  previsión de medidas y compromisos educativos con las familias y con las distintas  instituciones de nuestro entorno. Todo ello persiguiendo la mejora de los  rendimientos académicos de nuestro alumnado con una formación integral y  equilibrada. 

Nuestro Proyecto Educativo es el documento que constituye las señas de  identidad de nuestro centro y expresa la educación que deseamos y que vamos a  desarrollar en unas condiciones concretas, por lo que contemplaremos los valores,  los objetivos y las prioridades de actuación, no limitándonos sólo a los aspectos  curriculares, sino también a aquellos otros que, desde un punto de vista cultural,  hacen de nuestro centro un elemento dinamizador de nuestra zona educativa (recogido en el Art. 21 Del Decreto 328/2010, de 13 de julio).

El proyecto Educativo definirá los objetivos particulares que nuestro centro se  propone alcanzar partiendo de su realidad y tomando como referente la Ley Orgánica 3/2020 de 29 de diciembre y la ley 17/2007 de 10 de diciembre, acerca de  los principios que orientan cada una de las etapas educativas que se imparten en el  mismo y las correspondientes prescripciones acerca del currículo. 

Uno de los aspectos principales que sustentan el Proyecto Educativo es que  se adapta, en todo momento, al diagnóstico de la realidad y a las necesidades del  centro, contando con la naturaleza de los recursos (humanos, materiales…) disponibles; a la vez que orienta otras planificaciones y programaciones de la  actividad educativa. 

Es por lo que, precisa revisiones que, por su carácter flexible, lo adecuen a  distintas circunstancias, tales como la implantación de nuevas enseñanzas, a partir  de los análisis que sugiera su proceso de aplicación.

Como señalábamos anteriormente, las modificaciones o adecuaciones más  relevantes del Proyecto Educativo tienen que ver con la nueva configuración del  currículo establecida en el marco normativo que adjuntamos en el apartado 3 de  dicho documento.

Volver al Índice