CARÁCTER Y COMPOSICIÓN DEL CLAUSTRO DE PROFESORES
· El claustro, órgano propio de participación de los maestros en el centro, tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, decidir e informar sobre todos los aspectos docentes del mismo.
· El claustro estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicios en el centro.
SON COMPETENCIAS DEL CLAUSTRO:
a)Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del Plan de Centro.
b)Aprobar y evaluar los aspectos educativos del Plan de Centro.
c)Aprobar las Programaciones didácticas y las propuestas pedagógicas.
d) Fijar criterios referentes a la orientación y tutoría del alumnado.
e)Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación, de la innovación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
f) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director o directora en los términos establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y demás normativa de aplicación.
g)Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por las personas candidatas.
h)Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
i) Informar del reglamento de organización y funcionamiento del centro.
j)Informar de la memoria de autoevaluación.
k)Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar para que éstas se atengan a la normativa vigente.
l)Promover medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
m)Cualquiera otra que sea atribuida por el reglamento de organización y funcionamiento del centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.