Delegadas y delegados de familias

En el curso escolar 22/23, las delegadas y delegados de familias de los diferentes grupos son:

  • Infantil 3 años.- Dª Natalia Tirado Rienda

  • Infantil 4 años.- Dª Penélope García Puertas

  • Infantil 5 años.- Dª Rosa Mª Rendón Fraile

  • 1º.- Dª Lorena Ledesma Vázquez

  • 2º.- Dª Ana Mª Moreno Guzmán

  • 3º.- Dª Jenifer Aijón Peña

  • 4º.- Dª Patricia Villagrán Vargas

  • 5º A.- Dª Sara Calle Martínez

  • 5º B.- Dª Ana Mª Jiménez Pérez

  • 6º A.- Dª Marina Ramagge Zamora

  • 6º B.- Dª Agueda Esperanza Merino Acosta

Una delegada o delegado de padres y madres es aquella elegida de entre las familias de un grupo-aula del centro educativo, cuya responsabilidad es representarlas en las necesidades, intereses y expectativas de sus hijos e hijas de manera colectiva, e implicarles en la mejora de la convivencia y los rendimientos educativos. Todo ello, en coordinación con el tutor o tutora del grupo y con el equipo directivo del centro.

Tres son las características clave que se desprenden de su definición:

➠ REPRESENTAR a las familias del alumnado del grupo clase.

➠ IMPLICAR a las familias en el proceso educativo de sus hijos e hijas.

➠ COORDINARSE con la persona responsable de la tutoría de la correspondiente unidad escolar, para favorecer dicho proceso educativo.

La figura del delegado/a de familias, sus funciones y el procedimiento de elección se rige por el Decreto 328/2010, de 13 de julio, (BOJA del 16 de julio).

Las personas delegadas de las familias en cada grupo tendrán las siguientes funciones:

a)  Representar a las madres y los padres del alumnado del grupo, recogiendo sus inquietudes, intereses y expectativas y dando traslado de los mismos al profesorado tutor.

b) Asesorar a las familias del alumnado del grupo en el ejercicio de sus derechos y obligaciones.

c)  Implicar a las familias en la mejora de la convivencia y de la actividad docente en el grupo y en el centro e impulsar su participación en las actividades que se organicen.

d) Fomentar y facilitar la comunicación de las madres y los padres del alumnado con la tutora o tutor del grupo y con el resto del profesorado que imparte docencia al mismo.

e) Facilitar la relación entre las familias del alumnado del grupo y el equipo directivo, la asociación de padres y madres del alumnado y los representantes de este sector en el Consejo Escolar.

 f) Colaborar en el desarrollo de las actividades programadas por el centro para informar a las familias del alumnado del grupo y para estimular su participación en el proceso educativo de sus hijos e hijas, especialmente en las recogidas en los artículos 7 y 18.

g) Mediar en la resolución pacífica de conflictos entre el propio alumnado del grupo o entre éste y cualquier miembro de la comunidad educativa, de acuerdo con lo que, a tales efectos, disponga el plan de convivencia.

h) Colaborar en el establecimiento y seguimiento de los compromisos educativos y de convivencia que se suscriban con las familias del alumnado del grupo.

 i)  Cualesquiera otras que les sean atribuidas en el plan de convivencia del centro.

Las personas delegadas de las familias del alumnado en cada uno de los grupos serán elegidas para cada curso escolar por los propios padres, madres o representantes legales del alumnado en la reunión que el profesorado que ejerza la tutoría debe realizar con las familias antes de finalizar el mes de noviembre.

En la convocatoria de esta reunión deberá hacerse constar, como puntos del orden del día, la elección de delegado o delegada de padres y madres del alumnado, así como la información de las funciones que se les atribuye en la presente Orden y en el plan de convivencia del centro.

Las personas delegadas de los padres y las madres del alumnado en cada grupo se elegirán por mayoría simple mediante sufragio directo y secreto, de entre las madres y padres del alumnado de cada unidad escolar presentes en la reunión. Previamente a la elección, las madres y los padres interesados podrán dar a conocer y ofrecer su candidatura para esta elección. En este proceso, la segunda y tercera personas con mayor número de votos serán designadas como subdelegadas 1ª y 2ª, que sustituirán a la persona delegada en caso de ausencia o renuncia de la misma y podrán colaborar con ella en el desarrollo de sus funciones. En este proceso de elección se procurará contar con una representación equilibrada de hombres y mujeres.

 

 

 

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