Plan de Apoyo a Las Familias

PLAN DE APOYO A LAS FAMILIAS ANDALUZAS - CEIP Las Salinas

Tanto el Decreto 137/2002, el Decreto 301/2009, de 14 de julio y la Orden 3 de agosto de 2010 contemplan estas medidas de apoyo a las familias de tal forma que con la oferta de los servicios complementarios de aula matinal, comedor y actividades extraescolares se ofrezca al alumnado y familias una jornada escolar completa que les permita conciliar la vida laboral y familiar, y a la vez contribuir a la formación integral del alumnado.

Anualmente y con anterioridad al inicio del plazo establecido para la presentación de solicitudes de admisión del alumnado, se publicará en el tablón de anuncios las plazas autorizadas para el aula matinal y comedor escolar y la oferta de actividades extraescolares, indicando días de realización y horario previsto para cada una de ellas, haciendo constar que la oferta está sujeta a una demanda mínima.

  • Aula Matinal

El tiempo comprendido desde las 7:30 horas hasta el comienzo el horario lectivo se considera aula matinal.

Para la vigilancia y la atención educativa que necesiten los escolares en función de su edad, serán atendidos por personal que estará en posesión de la titulación de

  • Técnico superior en Educación Infantil, en animación sociocultural o equivalente.
  • Técnico en atención Sociosanitaria o equivalente.

La ratio será de una persona por cada 30 usuarios/as o fracción. El aula matinal que atienda hasta 60 alumnos/as dispondrá de un técnico superior y un técnico de los citados anteriormente. Cuando el número de alumnos/as del aula matinal sea superior a 60, por cada 30 alumnos/as la fracción se incrementará, alternativamente, con un técnico superior un técnico de los citados.

Entre las responsabilidades del personal que atiende el servicio estará la de recoger, cuidar, atender y acompañar al alumnado, sobre todo a los más pequeños, a las clases de referencia, así como resolver cualquier incidencia que ocurra.

La programación de actividades a llevar a cabo en el aula matinal se realizará anualmente, en función de las edades del alumnado que demanden este servicio y, en todo caso, estará en consonancia con las actividades que se desarrolle en el centro.

  • Comedor

Este servicio se ofrecerá desde la terminación de las clases a las 14:00 horas hasta las 16:00 horas, organizando no solo el tiempo de la comida sino también la atención al alumnado en los tiempos anteriores y posteriores a la comida.

El comedor escolar deberá de cumplir con todas las exigencias establecidas en materia de seguridad e higiene, Real Decreto 640/2006, de 26 de mayo y Real Decreto 3484/200, de 29 de diciembre.

La modalidad que se lleva a cabo  es de comedor de gestión directa por lo que contamos con una cocinera y dos ayudantes de cocina.

En los menús deberán tenerse en cuenta las recomendaciones y las orientaciones dietéticas de la Consejería competente en la materia y la programación de los menús deberá estar expuesta en el tablón de anuncios y en ésta, nuestra web, y se entregará a las familias a fin de que la conozcan y puedan completar el régimen alimenticio de sus hijos/as de una forma saludable y equilibrada.

El menú será el mismo para todos los comensales que hagan uso del servicio. No obstante, se ofrecerán menús alternativos para el alumnado del centro que por motivos de salud, intolerancia a algunos alimentos u otras circunstancias debidamente justificadas requiera un menú especial.

La atención al alumnado se llevará a cabo por el personal laboral del centro que tenga recogida esta función en su convenio laboral, cuando lo haya, así como del personal docente que determine la dirección del centro de entre quienes lo soliciten. Si fuera necesario, dicha atención se completará con personal externo. Sus funciones serían:

  • Atender y custodiar al alumnado durante la comida, el tiempo anterior y posterior la misma, así como durante el traslado del alumnado desde sus aulas al comedor.
  • Resolver las incidencias que pudieran presentarse.
  • Prestar atención a la labor educativa del comedor: Hábitos saludables, higiénicos y correcta utilización del menaje.

La ratio del personal de atención al alumnado será:

  • Infantil, por cada 15 comensales o fracción superior a diez, una persona.
  • Primaria, por cada 25 comensales o fracción superior a 15, una persona.
  • En todo caso, el número de personas para la atención al alumnado será de dos como mínimo.
  • Para la atención al alumnado en tiempos anteriores y posteriores a la comida, el número mínimo de personas será el establecido para la vigilancia de los recreos, es decir, 1 persona por cada dos grupos.

La persona que ejerce la dirección del centro o la secretaría del centro tendrá derecho, por el desempeño de las tareas administrativas, y la responsabilidad de controlar el correcto funcionamiento de dicho servicio, al uso gratuito del mismo y a la gratificación por servicios extraordinarios.

Por otro lado, tendrán derecho al uso gratuito del comedor escolar el personal laboral del centro cuyo convenio colectivo tenga recogida la función de atender al alumnado en el comedor escolar y la desempeñe.

Estos servicios se solicitarán en la secretaría del centro en septiembre, cada año, o bien a lo largo del curso si fuera necesario.

Los documentos necesarios para formalizar dicha solicitud son los siguientes:

Para la Inscripción:

Anexo_II_Inscripcion_en_los_Servicios_de_AM_CE_y_AAEX

Junto a esta solicitud, deberán aportarse los siguientes documentos:

  • Certificado de empresa que justifique que se está trabajando (ambos padres o uno, según el caso)
  • Certificado de vida laboral de quienes trabajen

Para solicitar bonificación en el precio de los mismos (dicha bonificación cubrirá el precio del Aula Matinal, el Comedor y una actividad extraescolar):

Anexo_V_Solicitud_de_bonificacion_AM_CE_y_AAEX

En caso de baja en alguno de los servicios, deberá comunicarse por escrito en la secretaría del centro con el siguiente documento:

solicitud_baja_paf