Matriculación

¿Quién puede matricularse?

  • Los que han superado las pruebas de acceso y tengan plaza en su instrumento.
  • Alumnado del Conservatorio de otros cursos que ya están cursando en el Centro. 

 

¿Cuándo puedo realizar la matrícula?

      El periodo de matriculación del Conservatorio se abre exclusivamente entre del al 10 de julio de cada año. Si un alumno/a no realiza la matricula en la fecha mencionada, perderá el derecho a continuar sus estudios en el Centro.

¿Cómo me matriculo? 

     1º. Debe cumplimentar la solicitud de forma telemática en la Secretaría Virtual de la Conserjería de Educación a través de este enlace. Una vez cumplimentado, deberá adjuntar además la documentación que añadimos a continuación:

Solicitud preferencia HORARIOS

y

Autorizacion_Publicacion_Imagenes (si es menor de edad)

      2º. Debe realizar el pago de las tasas académicas y administrativas a través de la pasarela de pago pinchando en este enlace o realizando una búsqueda en Google escribiendo modelo 169 Andalucía.

     En el apartado Obligado al pago van los datos del alumn@ y es obligatorio rellenar. En el caso de los menores de edad, se deberá cumplimentar también el apartado de Representantes con los datos del padre o madre.

      Una vez cumplimentado el formulario 169, tiene dos opciones:

1.Pagarlo a través de tarjeta bancaria (online).

ó

2.Imprimir el formulario y llevando consigo el modelo 909 (generado con la impresión) presencialmente al banco.

      En ambos casos, deben presentar el comprobante del pago junto con la documentación de la matrícula en la Secretaría del Centro del 1 al 10 de julio, en horario de 9:30h a 13:30h de lunes a viernes. O enviarlo por e-mail a 41700488.Secretariadmin@g.educaand.es.

NOTA

El formulario de pago consta de 3 bloques:

PERSONA OBLIGADA AL PAGO  Se cumplimentará con los datos del/de la alumn@
LIQUIDACIÓN

Se cumplimentará con los datos relativos al Conservatorio, al concepto de pago y fecha.

Fecha de devengo: la fecha del pago

Código territorial: ED4106

Concepto de pago: 32EB (Aparecerá en la casilla “Concepto Enseñanzas Elementales Básicas y Profesionales Música/Danza”

Motivo de la exención de IVA: Aparecerá por defecto, Art. 20.1.9º Ley del IVA.

REPRESENTANTE Se cumplimentará con los datos identificativos de la persona representante, madre/padre/tutor/tutora del alumnado, cuando se trate de menores de edad. 

 

¿Cuál es el importe de la tasa que tengo que abonar?

 

ENSEÑANZA BÁSICA
CURSO ASIGNATURA PENDIENTE PAGO ÚNICO NORMAL PAGO ÚNICO BONIFICADO (descuento localidad de hasta 20.000 habitantes)
1º EE.BB.

0 116,00€ 58,00€
2 (Repite) 111,74€ 55,87€
2º EE.BB.


0 94,50€ 47,25€
1 146,07€ 73,04€
2 (Repite)  111,74€ 55,87€
3º EE.BB.
0 180,40€ 90,20€
1 231,97€ 115,99€
2 (Repite) 214,88€ 107,44€
4º EE.BB.


0 180,40€ 90,20€
1 231,97€ 115,99€
2 (Repite) 214,88€ 107,44€
4º EE.BB. CON SOLO UNA ASIGNATURA O UNA SOLA ASIGNATURA CON CONVALIDACIÓN 1 60,17€ 30,09€

 

EXENCIÓN Y BONIFICACÍON DEL PAGO DE TASAS

1. Exentos del pago

a) El alumnado miembro de familias numerosas de la categoría especial, presentando copia del carnet actualizado.

b) Las víctimas de violencia de género y las víctimas de terrorismo.

c) Las personas con discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33%.

2. Bonificación del 50%
a) Residentes en lo municipios con una población total de hasta 20.000 habitantes. Por ejemplo Cazalla de la Sierra, Constantina, El Pedroso, Alanís, Guadalcanal y San Nicolás del Puerto. Es necesario presentar el certificado del padrón actualizado

b) Familia numerosa de categoría general que tenga reconocida su condición, siempre que quede acreditado de conformidad con la normativa aplicable, presentando copia del carnet actualizado.

*Las reducciones de los precios públicos podrán acumularse siempre que se cumplan los requisitos de cada caso y sin contravenir la normativa, pudiendo alcanzar hasta el 100% del precio público.

 
Las condiciones exigidas en los apartados 1 y 2 deberán concurrir a la fecha del devengo de la tasa y para acogerse a la misma deberán presentar una copia del documento en cuestión que justifique dicha condición: carnet de familia numerosa e categoría especial o categoría general, certificado del padrón ACTUALIZADO, etc.

 

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