NORMATIVA REGULADORA:
- Real Decreto 687/2010, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Superior en Dirección de Cocina y se fijan sus enseñanzas mínimas.
- Modificación: Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado superior y se fijan sus enseñanzas mínimas.
- Corrección: Corrección de erratas del Real Decreto 687/2010, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Superior en Dirección de Cocina y se fijan sus enseñanzas mínimas.
HORARIOS DISPONIBLES:
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Turno de Mañana: de 8:30 a 15:00 horas
- Turno de Tarde: de 15:15 a 21:30 (Aula Bilingüe de Francés)
SALIDAS PROFESIONALES
- Director / directora de alimentos y bebidas.
- Director / directora de cocina.
- Jefa / jefe de producción en cocina.
- Jefa / jefe de cocina.
- Segunda jefa / segundo jefe de cocina.
- Jefa / jefe de operaciones de catering.
- Jefa / jefe de partida.
- Cocinera / cocinero.
- Encargada / encargado de economato y bodega
Puedes trabajar en empresas, principalmente del sector de hostelería, específicamente en el subsector de restauración. En establecimientos pequeños, podrías actuar como propietario o propietaria y responsable de cocina simultáneamente.
MÓDULOS PROFESIONALES Y CARGA HORARIA
IMPORTANTE: El 25 % de las horas totales del ciclo formativo se desarrollan en empresas colaboradoras del sector.
MÁS INFORMACIÓN:











