NORMATIVA REGULADORA:
- Real Decreto 1686/2007, de 14 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos y se fijan sus enseñanzas mínimas.
- Modificación: Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado superior y se fijan sus enseñanzas mínimas.
HORARIOS DISPONIBLES:
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Turno de Mañana: de 8:30 a 15:00 horas
SALIDAS PROFESIONALES
- Subdirector / subdirectora de alojamientos de establecimientos turísticos.
- Jefa / jefe de recepción.
- Encargada / encargado de reservas.
- Jefa / jefe de reservas.
- Coordinador / coordinadora de calidad.
- Gobernanta o encargada / encargado general del servicio de pisos y limpieza.
- Subgobernanta o encargada / encargado de sección del servicio de pisos y limpieza.
- Gestor / gestora de alojamiento en residencias, hospitales y similares.
- Gestor / gestora de alojamiento en casas rurales.
- Coordinador / coordinadora de eventos.
- Jefa / jefe de ventas en establecimientos de alojamientos turísticos.
- Comercial de establecimientos de alojamientos turísticos.
Puedes trabajar en empresas de restauración, grandes, medianas o pequeñas, del sector público o privado, bajo la dependencia de la dirección o gerencia del restaurante, o superior jerárquico equivalente.
MÓDULOS PROFESIONALES Y CARGA HORARIA
IMPORTANTE: El 25 % de las horas totales del ciclo formativo se desarrollan en empresas colaboradoras del sector.
MÁS INFORMACIÓN: