Beca 6000

          Es una Beca dirigida a apoyar al alumnado que se encuentra terminando la enseñanza obligatoria (ESO), que pertenece a familias con rentas modestas, para que puedan continuar con sus estudios de enseñanzas postobligatorias, compensando la ausencia de ingresos.

Información sacada desde la Resolución de 25 de noviembre de 2021. de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, por la que se efectúa la convocatoria pública de la Beca 6000 dirigida a facilitar la permanencia en el sistema educativo del alumnado de Bachillerato o de Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Inicial para el curso escolar 2021/2022.

CONVOCATORIA

¿PARA QUIÉN?

  • Alumnado de 1º o 2º de Bachillerato.
  • Alumnado de 1º o 2º de Ciclo Formativo de Grado Medio.

REQUISITOS

  • Participar en la convocatoria de Becas de carácter general para enseñanzas postobligatorias no universitarias.
  • Pertenecer a una familia en la que todos estén empadronados en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Estar matriculados en el curso completo en estudios presenciales.
  • No tener el título o los requisitos para obtener un título igual o superior a Bachillerato o Técnico.
  • Para el alumnado de 1 de Bachillerato o FPGM, deberá haber cursado estudios de ESO en régimen ordinario y haber obtenido el título de ESO el curso inmediatamente anterior a la participación en esta convocatoria.
  • Para renovar la Beca, deberá haber aprobado todas las materias del curso anterior.
  • Estar matriculado en el curso completo de Bachillerato o FPGM en modalidad presencial, encontrándose excluidos el alumnado en modalidad de educación de personas adultas.
  • Haber cumplido la edad legal para trabajar antes del 1 de enero del año que finalice el curso para el que se solicite la beca.
  • Tener una renta y patrimonio familiar que no superen los umbrales propuesto por el órgano competente en becas y ayudas.
  • No estar realizando ninguna actividad laboral ni estar inscrito como demandante de empleo.

Importante: Estos requisitos deberán mantenerse durante todo el periodo del curso académico para el que se solicite la Beca.

CUANTÍA:

Será de 6000 euros.

PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD:

1.- Cumplimentar la solicitud mediante el formulario electrónico disponible aquí:

Una vez cumplimentada deberá ser firmada por la persona interesada o por el representante legal (en caso de ser menor de 18 años).

Importante, guardar el resguardo de la solicitud, y tener en cuenta que sin este documento no se habrá finalizado la solicitud y, por tanto, no se habrá presentado electrónicamente.

2.- Deberán firmar el documento, tanto la persona solicitante como el resto de miembros de la unidad familiar.

3.- La persona solicitante o representante legal deberá declarar bajo su responsabilidad duna serie de ítems de la solicitud.

Obligaciones de las personas beneficiarias:

  • Destinar la beca a la finalidad por la que se concede.
  • Justificar el cumplimiento de requisitos y condiciones y con la matriculación, asistencia a clase, presentación de exámenes y realización de la práctica que haya motivado su concesión.
  • Someterse a actuaciones de comprobación y control financiero que justificasen los gastos de la cuantía adjudicada.
  • Comunicar si solicita otro tipo de subvenciones, ayuda, ingresos o recursos aportados por cualquier otra institución.
  • Devolver la ayuda en caso de no cumplir con los requisitos de uso.
  • Comunicar el cambio de domicilio o de la dirección de correo electrónico durante el periodo de la beca.
  • Informar de posibles cambios de estudios o ser beneficiario de becas en cursos anteriores.
  • Informar en caso de abandono de estudios en un plazo de 20 días hábiles desde el inicio de dicha situación.

Para más información ver el artículo 25, 26 y 27 de la Orden de 5 de julio de 2011*

    Art. 25: Obligaciones de la persona beneficiaria

    Art. 26: Forma y secuencia de pago.

    Art. 27: Seguimiento y control del alumnado beneficiario.

Causarán baja los siguientes supuestos:

  • Si el alumnado se da de baja antes de finalizar el curso académico.
  • No asistir a un 15% de las horas lectivas, computadas mensualmente.
  • No tener un progreso satisfactorio en las evaluaciones a lo largo del curso.

OTRA INFORMACIÓN DE INTERÉS

  • El alumnado de 1 de bachillerato deberá acreditar no estar repitiendo cursos y haber obtenido una nota media de 5 en cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria o prueba de acceso.
  • Si durante el plazo de presentación se presentan diferentes solicitudes, se dará por válida la última presentada, invalidando las anteriores
  • El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 3 meses.
  • Los trámites realizados se os comunicará de forma individualizada.

 

Enlaces para trámites

Acceso a Secretaria Virtual: https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/accesoTramite/387/

Documentos: https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/becas-y-ayudas/beca-6000/impresos

 

Resolución de 25 d noviembre de 2021, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, por la que se efectúa la convocatoria pública de la Beca 6000 dirigida a facilitar la permanencia en el sistema educativo del alunado de Bachillerato o de Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación profesional Inicial para el curso escolar 2021/2022.

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