Toda la información necesaria para la solicitud de esta beca la encuentras en este enlace.
Este documento puede aclarar algunas dudas.
IMPORTANTE PARA EL CURSO 2023/2024
Hay un cambio importante a partir del curso 2023/2024 que debes tener en cuenta para poder cobrar lo antes posible tu beca o ayuda, tanto para la Beca de carácter general como para las Ayudas para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
- EL/LA ALUMNO/A siempre debe ser el TITULAR o COTITULAR de la cuenta corriente consignada en la solicitud. Sólo podrá pagarse la cuantía de la beca o ayuda a una cuenta de la que el/la alumno/a beneficiario/a sea titular o cotitular. En caso contrario no podrá tramitarse el pago.
- Verificación de la cuenta corriente: a partir del curso 2023/2024 NO se hará la verificación de la cuenta corriente a través de la Secretaría Virtual. Cuando rellenes tu solicitud en la Sede Electrónica del Ministerio, autorizarás a la Administración competente a realizar los trámites necesarios para poder proceder al pago de la beca, por lo que esta Consejería tramitará el alta en Tesorería de la cuenta corriente consignada en tu solicitud.
- Modificación de la cuenta corriente: No es aconsejable modificar la cuenta corriente, no obstante si deseas cambiarla tendrás dos períodos para poder hacerlo:
- En la Sede del MEFP, cuando se vuelva a abrir el procedimiento para confirmar/modificar estudios (sept-oct).
- En la Secretaría Virtual de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, una vez se cierre el plazo para confirmar/modificar en la Sede del MEFP y se habilite la posibilidad de modificación en dicha Secretaría Virtual para el curso 2023/2024