BECAS DE CARÁCTER GENERAL 2024/2025

Con fecha 15 de marzo de 2024 se publicó en el BOE el extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan Becas de carácter general para el curso académico 2024-2025, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (Bachillerato, Formación Profesional, Grado, Máster y otros).

Plazo:

  • El plazo para solicitar la beca de la convocatoria general para el curso 2024/25 es del 19 de marzo de 2024 a las 9 h., hasta el 10 de mayo de 2024 a las 15 h. (horas peninsulares). No lo dejes para el final.
  • El plazo para pedir la ayuda de necesidad específica de apoyo educativo para el curso 2024/25 se espera que comience en mayo de 2024.

Importante: Las solicitudes de beca deberán presentarse, en todo caso, en los plazos indicados aunque dichos plazos no coincidan con el plazo de matrícula correspondiente. Pide tu beca aunque no sepas lo que vas a estudiar o incluso si vas o no a estudiar, ya que en septiembre tendrás la oportunidad de actualizar la información proporcionada ahora.

A quiénes va dirigida la convocatoria:

  • Al alumnado que durante el año académico 2024/2025 vaya a cursar estudios postobligatorios de Bachillerato, Formación Profesional, Grado, Máster y otros.

La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección sede.educacion.gob.es o en educacionyfp.gob.es

EL/LA ALUMNO/A siempre debe ser el TITULAR o COTITULAR de la cuenta corriente consignada en la solicitud. Sólo podrá pagarse la cuantía de la beca o ayuda a una cuenta de la que el/la alumno/a beneficiario/a sea titular o cotitular. En caso contrario no podrá tramitarse el pago.

Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el interesado o su representante legal en el caso de ser menor de 18 años con cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la sede electrónica y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.

Infórmate en https://www.becaseducacion.gob.es/portada.html

Gracias por vuestra atención.

Javier Marín, administrativo del IES Odiel

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