Información

 

 

PRESENTACIÓN EN GENIALLY CON AMPLIA INFORMACIÓN DE LA ESPA

EDUCACIÓN SECUNDARIA PARA PERSONAS ADULTAS (ESPA)

I.E.S. VELAD AL HAMAR

 

ESCOLARIZACIÓN 2022-23

  Solicitudes de admisión: Del 1 al 15 de junio de 2021

Se realizará preferentemente de forma telemática (Secretaría Virtual)

 Matriculación para los alumnos admitidos:

  • Plazo ordinario: Del 1 al 11 de julio de 2022.
  • Plazo extraordinario: Del 1 de septiembre al 15 de octubre de 2022.

Se puede formalizar la matrícula cumplimentando y presentando el impreso correspondiente, preferentemente, a través de la Secretaría Virtual o en el propio centro.

La matrícula en estas enseñanzas no conlleva el pago de unas tasas.

De manera excepcional a lo largo del primer trimestre, si hubiera plazas disponibles, se podrá formalizar la matrícula. Es decir, si tras el procedimiento ordinario de matrícula quedarán plazas vacantes, la dirección del centro docente público podrá matricular por orden de llegada o por orden de recepción de la solicitud a aquellas personas interesadas que, incluso sin haber solicitado admisión en plazo, cumplan los requisitos.

Para cursar estas enseñanzas en su totalidad se dispone de seis convocatorias. Se debe tener en cuenta que no se contempla la anulación, renuncia o baja de matrícula, por lo que, una vez formalizada la matrícula, con cada curso, se agotan dos convocatorias.

 Oferta de este Centro: Nivel II en Modalidad Semipresencial.

 

REQUISITOS DE ACCESO:

 Requisitos de edad:

Para cursar estas enseñanzas en régimen de personas adultas debes ser mayor de dieciocho años o cumplirlos en el año natural en que comience el curso académico.

De manera excepcional, también puedes acceder a las enseñanzas de personas adultas si eres mayor de 16 años, o los cumples en el año natural en que comienza el curso académico, acreditando alguna de estas situaciones:

  • Ser persona trabajadora por cuenta propia o ajena de manera que no puedas acudir al centro educativo de carácter ordinario.
  • Ser deportista de rendimiento en Andalucía o de alto rendimiento o alto nivel.
  • Encontrarte en situación personal extraordinaria de enfermedad, discapacidad o cualquier otra que  te  impida  cursar  las  enseñanzas  en  régimen  ordinario,  quedando  incluidas  en  este  supuesto  las  personas víctimas de la violencia de género y las víctimas de terrorismo, así como sus hijos e hijas, y las personas que se encuentren en situación de dificultad social extrema o riesgo de exclusión.
  • Estar interno o interna en centros penitenciarios o de menores sujetos a medidas de privación de libertad por sentencia judicial.

Requisitos académicos para acceder al Nivel II:

  • Sin estudios previos o sin certificado de los mismos, tras haber realizado la prueba de valoración inicial y según criterio del centro.
  • 8º de EGB (Educación General Básica) y título de Graduado Escolar o Certificado de Escolaridad. Real Decreto  986/1991, de 14 de junio
  • Graduado Escolar. Ley 14/1970 de 4 de agosto
  • 1º de BUP (Bachillerato Unificado Polivalente). Ley 14/1970 de 4 de agosto
  • Bachiller Elemental. Ley de 26 de febrero de 1953, sobre ordenación de las Enseñanzas medias.
  • 4º de Bachiller completo, o 5º o 6º con materias pendientes. Plan 1957
  • 1º curso del primer ciclo experimental. Reforma de las Enseñanzas medias. Implantación anticipada de la Ley Orgánica 1/1990
  • 2º curso de educación secundaria obligatoria.
  • Primer ciclo de educación secundaria obligatoria en régimen de personas adultas.
  • Valoración positiva en uno o varios ámbitos para la adscripción a este nivel tras haber realizado la prueba de valoración inicial.

Si se realizaron estudios en el extranjero deben ser homologarlos previamente dirigiéndose a la Alta Inspección de Educación, en la Subdelegación de Gobierno de la provincia.

 El alumnado que tenga alguno/os ámbitos superados en las Pruebas Libres para la obtención del Título en Educación Secundaria Obligatoria o como consecuencia de la aplicación de la tabla de equivalencias de la Orden de 28 de diciembre de 2017 (BOJA de 30 de diciembre de 2017), no tendrán que matricularse de estos ámbitos.

La Educación Secundaria para Personas Adultas se regula en sus aspectos básicos por la Orden de 28 de DICIEMBRE de 2017 (BOJA de 30 de DICIEMBRE de 2017).

 

1. Estructura de la ESPA.

El currículo de la Educación Secundaria Obligatoria para Personas Adultas se estructura en los niveles I y II, organizados de forma modular en tres ámbitos. Los ámbitos constan de tres módulos de contenidos.

 

  Nivel I * Nivel II
Módulos Bloques Módulos Bloques
Ámbito de comunicación

 

I 1 y 2 IV 7 y 8
II 3 y 4 V 9 y 10
III 5 y 6 VI 11 y 12
Ámbito Científico-Tecnológico

 

I 1 y 2 IV 7 y 8
II 3 y 4 V 9 y 10
III 5 y 6 VI 11 y 12
Ámbito Social

 

I 1 y 2 IV 7 y 8
II 3 y 4 V 9 y 10
III 5 y 6 VI 11 y 12

*El nivel I no se imparte en este Centro.

2. Contenidos de los ámbitos.

– Ámbito científico-tecnológico, que incluye los aspectos básicos del currículo de la Educación Secundaria Obligatoria referidos a las materias de Biología y Geología, Matemáticas, incluidas las académicas y las aplicadas en el segundo nivel, Física y Química, Tecnología y los aspectos relacionados con la salud y el medio natural recogidos en el currículo de Educación Física.

– Ámbito de comunicación, que incluye los aspectos básicos del currículo del currículo de la Educación Secundaria Obligatoria referidos a las materias de Lengua Castellana y Literatura y Primera Lengua Extranjera.

– Ámbito social, que incluye los aspectos básicos del currículo de la Educación Secundaria Obligatoria referidos a las materias de Geografía e Historia, Economía, Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial, Cultura Clásica, Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos y los aspectos de percepción recogidos en el currículo de Educación Plástica, Visual y Audiovisual, y Música.

3. Matriculación.

El plazo de presentación de solicitudes de admisión será el comprendido entre el 1 y el 15 de junio de cada año y el plazo de matriculación para los alumnos admitidos será del 1 al 10 de julio del mismo. En el mes de septiembre, si hubiera plazas disponibles, se admitirá a los alumnos que lo soliciten hasta completar éstas.

En Educación Secundaria para personas adultas no se contempla la posibilidad de anular matrícula.

Excepcionalmente procederá la anulación de matrícula en los casos excepcionales recogidos en la disposición adicional segunda, artículo 29, de la orden 25 de enero de 2018. En este artículo se describe también el procedimiento para solicitar la anulación a petición del alumnado.

4. Proceso de Valoración Inicial.

Durante el mes de septiembre se realizará un proceso de valoración inicial para aquellas personas sin requisitos académicos que se quieran matricular en la educación secundaria para personas adultas por primera vez. En este proceso se tendrán en cuenta la madurez personal, los aprendizajes no formales adquiridos, así como la experiencia laboral y tendrá como fin facilitar la orientación y adscripción al nivel correspondiente en cada ámbito de conocimiento. Si el alumnado no supera la prueba tendrá que realizar el Nivel I en otro centro educativo. 

5. Evaluación inicial.

Al inicio del curso se realizará una evaluación inicial para todo el alumnado, cuyos resultados orientarán sobre la adecuación del currículo a las características y conocimientos del alumnado. 

6. Evaluación.

La evaluación positiva en cada uno de los módulos supondrá la superación definitiva de los mismos. Esta evaluación positiva tendrá validez en todos los centros de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La evaluación positiva de cada uno de los ámbitos en cada nivel supondrá la superación definitiva del mismo. Esta evaluación positiva tendrá validez en todo el Estado Español.

7. Calificaciones.

Cada ámbito será superado cuando se obtenga calificación positiva en todos los módulos que componen el ámbito. La calificación del ámbito se establecerá teniendo en cuenta la media aritmética de las calificaciones obtenidas en los módulos que componen el ámbito.

8. Sistemas de recuperación.

El alumno/a que no supere algún módulo en la sesión de evaluación correspondiente, podrá recuperarlo antes de la finalización del curso escolar, haciéndose constar la calificación correspondiente a dicho módulo en la sesión de evaluación final del curso.

9. Información general.

Para cursar la Enseñanza Secundaria Obligatoria para personas adultas en modalidad Semipresencial tendrás que combinar ciertas clases presenciales de asistencia obligatoria con otras de docencia telemática.

Las sesiones presenciales son de 8 horas semanales (3 horas para el Ámbito de Comunicación, 3 horas para el Ámbito Científico Tecnológico y 2 horas para el Ámbito Social). El resto de actividades y trabajos los realizarás fuera del centro en el tiempo del que dispongas. De esta forma podrás formarte para la obtención de títulos y certificados oficiales del sistema educativo con menos tiempo de presencia física en el centro.

Durante las sesiones presenciales podrás recibir las ayudas pertinentes para la realización de tareas, resolver dudas, recibir orientación en el uso de las herramientas necesarias para esta modalidad de enseñanza, afianzar las interacciones cooperativas entre el alumnado, promover la adquisición de los conocimientos, competencias básicas o profesionales que correspondan y, en su caso, reforzar la práctica de las destrezas orales. Además, estas sesiones presenciales las puedes realizar en el IES o bien en el Centro de Adultos (CEPER o SEPER) de tu localidad a través del Plan Educativo de Tutoría de Apoyo al Estudio (TAE).

Para realizar la parte telemática en la modalidad semipresencial necesitarás acceso a un equipo informático y conexión a internet. Necesitarás también conocimientos de navegación básica por internet y correo electrónico.

La información para el acceso a dicha aula virtual, las herramientas y acciones básicas para la navegación por la misma se te facilitarán en el centro a principio de curso.

EQUIVALENCIAS ENTRE MATERIAS, MÓDULOS O ÁMBITOS DE DISTINTAS ENSEÑANZAS Y ÁMBITOS DE LA E.S.P.A.

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