El papeleo es lo más complicado cuando se está en un país extranjero así que, por favor, pide ayuda en tu centro para que te echen una mano.
![](https://blogsaverroes.juntadeandalucia.es/auxiliaresconversacionsevilla/files/2021/10/canalJUBILACION_5-trámites-burocráticos-que-facilitan-las-gestoras-1280x720-1-300x169.jpg)
Si no eres ciudadana/o de la UE, tendrás que solicitar la «TARJETA DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO«. El trámite se llama «POLICÍA-TOMA DE HUELLAS (EXPEDICIÓN DE TARJETA«
Aquí tienes los datos de la Oficina de Extranjería en Sevilla donde harás todos los trámites:
Dirección: Plaza de España, S/N (Torre Norte) 41071 Sevilla Teléfonos: 955 56 94 45, 955 56 94 50, 955 56 94 96, 955 56 95 59 Policía de Extranjería.
La cita debe obtenerse a través de internet en el siguiente enlace:
https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus/index.html
Seleccionar SEVILLA / Aceptar/ En Trámites Cuerpo Nacional de Policia, desplegar el menú y seleccionar POLICÍA-TOMA DE HUELLAS (EXPEDICIÓN DE TARJETA)»/ Aceptar/ Entrar y cumplimentar el formulario/ Aceptar
Si la cita obtenida puede resultar tardía, visitar el portal que se actualiza permanentemente por si hubiese citas anteriores disponibles.
Éstos son los documentos que tendrás que presentar:
1.- Original y fotocopia del pasaporte en vigor.
2.- Original y fotocopia de la documentación enviada por la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía que acredite la asignación como auxiliar de conversación a un centro educativo y el documento Carta a oficina de extranjeria 21.22.
3.- Una fotografía en color, en fondo blanco, tamaño carné.
4.- Impreso de solicitud de tarjeta de identidad de extranjero en modelo oficial EX 17 por duplicado, cumplimentada con los datos de la persona solicitante.
5. – Tasas pagadas: Ejemplar destinado a la Administración del impreso de tasas abonadas (15,92 €), Impreso Modelo 790 de pago de tasas Código 012 ( ir al concepto «Tarjetas de identidad de extranjeros (TIE) y certificados de registro de residentes comunitarios» y seleccionar «TIE que documenta la primera concesión de la autorización de residencia temporal, de estancia o para trabajadores transfronterizos». ), que podrás pagar en cualquier banco. No hace falta tener cuenta bancaria para hacerlo ( en algunos bancos sólo se puede hacer en el cajero automático), y
¡ASUNTO CONCLUIDO!